Mueran los partidos, vivan las ONG

El financiamiento de los partidos políticos es una cosa muy delicada en el marco de una democracia. Dado que la actividad que éstos ejercen tiene incidencias directas en el ámbito del gobierno de un país y del futuro de sus ciudadanos, el control de las fuentes de financiamiento de estas organizaciones reviste una importancia trascendental.

Si el sistema electoral no controlara las fuentes de financiamiento de los partidos políticos son muchas las situaciones peligrosas, tanto en el ámbito institucional como, incluso, en lo que concierne a la seguridad nacional, que podrían sucederse.

Por ejemplo, algunas organizaciones podrían recibir financiamiento del narcotráfico, con todo lo que ello implica. Otros podrían también ser financiados por terroristas, grupos guerrilleros o paramilitares.

Otros podrían costear sus respectivas campañas con el apoyo económico de grupos de delincuencia organizada. Del mismo modo, las grandes trasnacionales, interesadas en recibir prebendas en contrataciones y concesiones, podrían invertir en la campaña de algún candidato que les asegurara su futuro; o los gobiernos de las grandes potencias que tuvieran intereses especiales en el país, podrían brindar su apoyo económico a una determinada tendencia partidista, lo cual obviamente violentaría la soberanía nacional.

Leyes que regulan el financiamiento de los partidos

Previendo cualquiera de estas situaciones e incluso otras más que nuestra imaginación podría crear para ejemplificar, y que pondrían en peligro el libre ejercicio de la actividad democrática, es que, desde el año 1965, nuestro país cuenta con la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones.

Desde entonces, los legisladores de nuestra, todavía, incipiente democracia se dieron cuenta de los peligros que podría enfrentar el sistema si no se controlaba el financiamiento de las organizaciones partidistas.

Para ello, se establecen en dicha ley, disposiciones tan interesantes como la del artículo 25, numeral 4, que prohíbe a los partidos “aceptar donaciones o subsidios de las entidades públicas, tengan o no carácter autónomo; de las compañías extranjeras o con casa matriz en el extranjero; de empresas concesionarias de obras públicas o de cualquier servicio de bienes propiedad del Estado; de Estados extranjeros y de organizaciones políticas extranjeras”.

Por si fuera poco, en el numeral 5, se determina que los partidos políticos deberán “llevar una documentación contable en la que consten los ingresos y las inversiones de los recursos del partido. A los efectos de esta disposición, las directivas nacionales de las organizaciones políticas deberán presentar ante el Consejo Supremo Electoral y las Directivas Regionales por ante la Gobernación del estado, un libro diario, un libro mayor y un libro de inventario, los cuales deben ser encuadernados y foliados. La autoridad electoral o el secretario de Gobierno regional, según el caso, dejará constancia de los folios que éste tuviere, en el primer folio de cada libro, fechada y firmada; y en los siguientes folios hará estampar el sello de su oficina, y devolverá los libros a los interesados en un término no mayor de diez días. Estos libros de contabilidad y sus respectivos comprobantes deberán ser conservados durante cinco años por lo menos, contados a partir del último asiento de cada uno de ellos”.

Es decir, no sólo la ley dice, de manera taxativa, cuáles son las fuentes de financiamiento que se prohíben, sino que además indica el modo en el cuál los partidos políticos deben llevar su contabilidad, para que la máxima autoridad electoral pueda realizar las revisiones que considere convenientes.

Pero lo interesante es que la ley todavía pide más. Previendo que un financiamiento ilegal no sólo puede producirse a través de un partido político, sino que también pueden recibir dinero prohibido las autoridades de la organización, el legislador establece en el numeral 6 que los partidos deberán “participar por escrito al Consejo Supremo Electoral, en cada oportunidad, los nombres de las personas que integran los supremos organismos directivos del partido y los cargos que dentro de ellos desempeñen”, es decir que, eventualmente, los dirigentes de una determinada organización también pudieran ser auditados.

Por otra parte, la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política y el Reglamento para el Control del Financiamiento de las Organizaciones con Fines Políticos y del Financiamiento de las Campañas Electorales, especifican todavía más el modo en que la autoridad electoral podrá ejercer los controles que considere pertinentes en función de evitar el financiamiento ilegal de los partidos políticos.

Lobos disfrazados de corderitos

Hasta aquí todo iría muy bien si no fuera porque, de un tiempo a esta parte, han surgido ciertos grupos que se hacen llamar a sí mismos organizaciones no gubernamentales, pero que en el fondo no son más que partidos políticos disfrazados de organizaciones civiles.

Una verdadera ONG se supone que es una organización no financiera, y no partidista, que dedica su esfuerzo en función de trabajar por el interés común en un área específica.

Obviamente estas organizaciones tienen el derecho de recibir financiamiento de distintas fuentes que están explícitamente prohibidas para los partidos políticos:
organismos gubernamentales, empresas trasnacionales o gobiernos extranjeros. Estas organizaciones tampoco están obligadas a presentar sus libros contables ante el CNE, puesto que sus actividades no están incluidas en las leyes anteriormente mencionadas.

El problema es que algunos partidos políticos, que no quieren cumplir con las leyes que existen en Venezuela y en todos los países democráticos y que regulan el financiamiento de las campañas electorales, se inscriben públicamente como ONG para evitar tener que rendir cuentas de sus ingresos y para no declarar que reciben financiamiento ilegal para cualquier partido político.

Actúan como partidos, llevan adelante todas las actividades de los partidos, pero dicen que son una ONG para violar descaradamente las leyes.

El caso más escandaloso es el de Súmate, partido que ha llegado al colmo de dirigir a tal punto los destinos de la oposición que se creen con el destino manifiesto de organizar las primarias para escoger al presunto candidato único.

Pero ahora vemos como Primero Justicia también recibió financiamiento de Pdvsa, supuestamente porque existía una ONG con ese nombre que, por pura casualidad tenía los mismos dirigentes que el ahora partido político.

Propuesta en serio

Por todo lo anteriormente expuesto, y en vista de que esto se ha convertido en un relajo, propongo formalmente que el MVR, el PPT, Podemos, el Partido Comunista, el MEP y todas las demás organizaciones pertenecientes al bloque bolivariano, renuncien a su condición de partidos políticos y se conviertan, a partir de ahora, en una ONG. Esto, a menos que el Poder Electoral, la Fiscalía y el Poder Judicial tomen cartas en el asunto y castiguen a los responsables de violar estas leyes, enviando una señal clara para todos aquellos que pretendan seguir este mismo camino de disfrazarse de ONG pero actuar como partidos políticos.

Porque la ley, o es para todos o no es para nadie.


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Mary Pili Hernández

Ex-ministra de la Juventud, ex-viceministra de Relaciones Exteriores para América del Norte, y ex-concejal por el Municipio Libertador. Cristiana, Periodista, Socialista, Bolivariana, Antiimperialista y Chavista.

 mphopinion@yahoo.com      @marypilih

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