Diario de una Cuarentena: Capítulo Trescientos Veintisiete

Estadísticas y matemáticas que hacen inviable el Referendo Revocatorio contra Nicolás Maduro

A 678 días del inicio de la contingencia en la República Bolivariana de Venezuela producto de la pandemia global de la Covid 19, en la finalización de la semana 97, y siendo el sábado 22 de enero de 2022, un ejercicio de pedagogía política me convoca, para explicar nuevamente del por qué considero que el tema del Referendo Revocatorio no debe preocupar a la base chavista.

En la edición anterior señalé que esta columna alternará la propuesta con las alertas, y en este caso con algunas explicaciones que considero hay que dar, dada la preocupación que ha generado el tema del referendo revocatorio, el cual ha preocupado a ciertos sectores del chavismo, cayendo en la estrategia de guerra psicológica del enemigo histórico.

De ahí, que los que tenemos claro el panorama, contribuyamos a despejar las dudas y a contribuir a la paz y la tranquilidad de nuestro pueblo.

En el día de ayer viernes 21 de enero de 2022, el directorio del Consejo Nacional Electoral (CNE) acordó los términos y condiciones que regirán el procedimiento para la recepción de las manifestaciones de voluntad de las electoras y los electores interesados en solicitar un referendo revocatorio presidencial, tras la solicitud promovida por el Movimiento Venezolano por el Revocatorio (MOVER) y otras organizaciones adherentes.

Las organizaciones adherentes son las agrupaciones Todos Unidos por el Referendo Revocatorio y Derecha Democrática, así como la organización con fines políticos MIN Unidad.

De acuerdo a la decisión del cuerpo rectoral, la Jornada de Recepción de las manifestaciones de voluntades para el referendo revocatorio se llevará a cabo el próximo 26 de enero, en el horario comprendido entre las 6:00 am y las 6:00 pm, en mil 200 centros que serán habilitados en el territorio nacional, de acuerdo al peso electoral de cada entidad federal del país.

Ahora bien, es importante explicar cómo es el tema del 20% que señala el artículo 72 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dadas las múltiples y variadas interpretaciones con respecto a este tema.

Quedó establecido además que el Registro Electoral que será utilizado para validar el proceso de recepción de manifestaciones de voluntad será el mismo aprobado y auditado para las Elecciones Regionales y Municipales del 21 de noviembre del 2021, el cual consta de 20 millones 929 mil 987 electoras y electores.

Por otra parte, las manifestaciones de voluntad serán contabilizadas por cada una de las entidades del país, tomando en cuenta que para poder cumplir con el requisito de activación del referendo revocatorio presidencial se deberá alcanzar el 20% del registro electoral en cada una de ellas, tal como estableció la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia N° 147 del 17 de octubre del año 2016, con ponencia de la magistrada y en ese entonces presidenta de la Sala Electoral, Indira Alfonzo Izaguirre. La misma se puede leer a través del siguiente link: http://historico.tsj.gob.ve/decisiones/selec/octubre/190852-147-171016-2016-2016-000074.HTML

Y esto debe ser así, para evitar la predominancia de ciertas entidades federales con respecto de las otras, aplicando el principio de igualdad política entre los estados.

Si en esta etapa de recepción se logra este número de manifestaciones de voluntad, el CNE organizará entonces el Referendo Revocatorio. En caso contrario, dará por finalizado el proceso, con lo cual se activará la previsión constitucional que establece que solo podrá hacerse una solicitud de revocación durante el período para el cual fue elegido el funcionario.

Si bien la recepción de manifestaciones no constituye una elección, sino un trámite previo para cumplir con el requisito constitucional de que sea un número representativo de las electoras y los electores quienes activen este medio de participación, el CNE asegurará la transparencia y seguridad de este proceso al mantener garantías como la acreditación de testigos y la realización de auditorías.

En ese sentido, las agrupaciones de ciudadanos y las organizaciones con fines políticos promotoras del Referendo, así como las organizaciones con fines políticos que apoyaron al Presidente de la República tendrán testigos en los centros de recepción de manifestaciones de voluntad y también podrán acreditar sus técnicos para que participen en la auditoría de huellas que será realizada.

De esta manera el CNE cumple con el deber de garantizar el respeto de la voluntad de las distintas partes involucradas en este proceso: las electoras y los electores que decidan ejercer este medio de participación, el respeto de la voluntad de las electoras y los electores que eligieron al funcionario en ejercicio y el derecho de este último a culminar el período para el cual fue electo.

Ya el cronograma de recepción de esas manifestaciones de voluntad ha sido publicada por el CNE, la cual se puede leer en el siguiente link: http://www.cne.gob.ve/web/normativa_electoral/elecciones/2022/promocion_y_solicitud_de_referendo_revocatorio/documentos/cronograma/cronograma_recepcion_de_manifestacion_de_voluntad_enero_2022.pdf

Ahora bien. Me permito realizar las siguientes consideraciones:

1.- Si tomamos en cuenta que para activar el referendo revocatorio contra Nicolás Maduro, y de acuerdo a la sentencia comentada de la Sala Electoral, que se debe recoger el 20% del padrón electoral de cada entidad federal más el Distrito Capital. Un simple cálculo aritmético me arrojó que este debe ser el número de firmas que deben recogerse por cada uno de los estados más Caracas, para poder activar un eventual revocatorio contra Nicolás Maduro:

Amazonas: 23.082

Anzoátegui : 229.726

Apure : 75.181

Aragua: 259.120

Barinas:121.528

Bolívar :210.513

Carabobo:333.485

Cojedes:54.543

Delta Amacuro:25.975

Distrito Capital:341.206

Falcón :143.223

Guárico :111.998

La Guaira :62.624

Lara :270.563

Merida:128.192

Miranda: 446.502

Monagas:135.716

Nueva Esparta :77.378

Portuguesa :133.946

Sucre :139.030

Táchira: 178.611

Trujillo :111.415

Yaracuy :94.306

Zulia: 524.221

2.- Basta que una sola entidad federal no cumpla con estas cuotas, para que se declare el fin del proceso de convocatoria de referendo revocatorio contra Nicolás Maduro, que recordemos, sólo se puede intentar una sola vez, de acuerdo a lo preceptuado por el propio artículo 72 de la Constitución. Acá no aplica que la suma de 4.232.084 que sería el padrón electoral a nivel nacional o 20% que se necesitaría para "activar" un referendo revocatorio contra Nicolás Maduro. Pero esa no fue la interpretación que le dio la Sala Electoral del TSJ, y en la que los detractores de este criterio lo atacan al señalar que el cargo de Presidente o Presidenta de la República es un cargo nacional, y con este criterio se le equipara a como si fuera un cargo regional. Esto es parte de los debates que se han generado a este respecto.

3.- Evidentemente que ante la omisión legislativa que hay en el tema del referendo revocatorio, tanto la resolución N° 070906-2770, de fecha 06 de septiembre de 2007 y publicada en Gaceta Electoral N° 405 de fecha 18 de diciembre de 2007, más el numeral 1 del artículo 293 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, son las que regulan esta materia especialísima, en la cual se ha entrado en un debate profundo como ya lo he señalado, y que podría ser usado como pretexto por algunos sectores de la oposición para desestabilizar el país.

4.- Hasta donde he leído, el único rector del CNE que salvó su voto en el directorio del CNE celebrado ayer fue Roberto Picón (ya que Enrique Márquez, el otro rector opositor y vicepresidente del CNE no conozco hasta el momento que publicó estas líneas su posición) ha explicado 5 razones por las cuales consideró que el referendo revocatorio no será factible bajo las condiciones actuales, por esto:

a) "Se tendrían que procesar cinco electores por minuto, por 12 horas, en todas las máquinas del país, sin margen de error".

b) "Sin tiempo para notificar a la ciudadanía los puntos de recolección, que se definirán entre mañana sábado 21 y el lunes 23 de enero". Esto no es tan así, y constituye una manipulación para justificar el fracaso estrepitoso que se les avecina.

c) "El proceso se llevará a cabo sin auditoría del software que garantice integridad e inviolabilidad del proceso". También esto es falso, y es a los fines de descalificar y deslegitimar al árbitro, pero igual lo colocamos.

d) "Sin tiempo para nombrar testigos en los 1200 puntos". Falso. El PSUV y el Gran Polo Patriótico tienen capacidad de despliegue en esos puntos, pero el gasto y el esfuerzo lo deben hacer fundamentalmente los promoventes de esta solicitud, los cuales dificulto tengan la capacidad de logística y de movilización para esa jornada del miércoles 26 de enero. En Derecho hay una máxima que expresa: "Nadie alega su propia torpeza".

e) "Sin medias de bioseguridad. De haber convocatoria, habría colas de 300 personas en pleno pico de ómicron". También falso de toda falsedad porque el que ha participado en procesos electorales y en jornadas de atualización de datos y otras que el CNE ha organizado sabe muy bien que lo primero que se adopta son las correspondientes medidas de bioseguridad.

5.- Pero además de la gran capacidad de movilización y de logística que deben tener los promoventes de una iniciativa de revocatorio contra el Presidente de la República en todo el país, además deberán enfrentar los que acudan a firmar el denominado "síndrome tascón" (aunque en realidad esa famosa lista que le mal colocaron el apellido del diputado revolucionario ya fallecido, fue creada por "Súmate" de María Corina Machado) como otro elemento que le pondrá cuesta arriba a los promoventes del referendo revocatorio lograr su cometido. Por eso en anteriores escritos señalé que será interesante ver a la cara y a los ojos a muchos opositores y opositoras a este gobierno que el día 26 de enero vayan a firmar y a colocar su huella siendo beneficiados con bolsas CLAP, apartamentos de la Misión Vivienda Venezuela, que contaron con los beneficios de "Mi Casa Bien Equipada", de vehículos Orinoco y Chery otorgados por este gobierno, además de los bonos y contar con todo un sistema de protección social garantizado por el Gobierno Bolivariano de Nicolás Maduro, que con aciertos y errores, virtudes y defectos, es el que le garantiza que pese al asedio y el bloqueo, garantizar su derecho a la salud, a la educación, a la alimentación y a la calidad de vida a la que tienen derecho.

6.- Además de ello, no hay unidad de criterios ni de acción dentro de la dirigencia de las oposiciones en el país. Por ejemplo, mientras César Pérez Vivas, Nicmer Evans, Nelson Chitty La Roche andan promoviendo el revocatorio; Guaidó nada dice de este mecanismo constitucional y Manuel Rosales y Enrique Ochoa Antich que han expresado no estar de acuerdo con el revocatorio (¿Posible consideración de precandidaturas presidenciales en 2024?) esto incrementa aún más las posibilidades de que no prospere la solicitud de activación de un referendo revocatorio de mandato contra Nicolás Maduro.

7.- Pero aún más. Hagamos un ejercicio matemático uniformando la jornada del próximo miércoles (si en el ínterin los promotores de esta iniciativa no desisten de la misma, lo cual debería hacer que se les impongan sanciones debido a la inversión de tiempo y recursos por parte de una instancia como el CNE a una jornada con estas características, por eso lo acertado de establecerlo durante un día o 12 horas continuas como en efecto se hizo). Como son 1.200 centros a nivel nacional, cada centro debe obtenerse por lo menos 3526 firmas, 293 firmas por hora, 4,88 firmas por minuto. Por lo que veo muy cuesta arriba que el objetivo planteado por ciertos sectores de la oposición de convocar un referendo revocatorio de mandato contra Nicolás Maduro no se logre, y la frustración sea muy grande.

8.- Pero además de ello, no podemos obviar que el CNE debe verificar que cada firma sea la que se manifiesta, porque en dos intentos que ha tenido la oposición para convocar un referendo revocatorio, no olvidemos que la oposición apeló a las denominadas "firmas planas" (firmas calígrafas, donde una persona firma varias veces por otras, usurpación de identidades, firmas de fallecidos, menores de edad, etc) y para ello, la Junta Nacional Electoral tendrá 15 días hábiles de acuerdo a la resolución. Por lo que se estima que el 13 de febrero (eso está en el cronograma) el CNE anuncie al país si convoca o no al Referendo Revocatorio, una vez verificados los extremos que preceptúa el artículo 72 del texto constitucional y la Resolución del CNE comentada párrafos más arriba para su activación y convocatoria como ya he expresado.

9.- Como conclusión, puedo señalar sin que me quedé nada por dentro, que esta iniciativa de referendo revocatorio (mecanismo constitucional que reivindico como logro y conquista de la Revolución) está muerta antes de nacer, podría ser catalogada como un aborto. Y el empeño de esos sectores opositores en esa iniciativa les hará perder un tiempo necesario y valioso además para organizarse y buscar la unidad y el candidato presidencial o candidata presidencial para el año 2024.

Por ello, y para concluir este escrito, sin caer en triunfalismos, es que les señaló a nuestras bases a seguir con nuestra propia agenda política de este año 2022 y a no desgastarnos en el tema del referendo revocatorio. El miércoles si, estemos pendientes de quienes serán los osados y osadas que pretendan firmar contra Maduro y que de aquí al miércoles que eventos puedan tratar de generarse para impulsar esa jornada. Pero más allá de eso, nervios de acero, calma, cordura y serenidad para posteriormente con máxima conciencia, proceder a la movilización si fuese necesario para defender nuestra Revolución.

Esa es la tarea.

¡Bolívar y Chávez Viven! ¡Y sus luchas y la patria que nos legaron siguen!

¡Independencia y Patria Socialista!

¡Viviremos y Venceremos!



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Juan Martorano

Abogado, Defensor de Derechos Humanos, Militante Revolucionario y de la Red Nacional de Tuiteros y Tutiteras Socialistas. Www.juanmartorano.blogspot.com , www.juanmartorano.wordpress.com , jmartoranoster@gmail.com, j_martorano@hotmail.com , juan_martoranocastillo@yahoo.com.ar , cuenta tuiter e instagram: @juanmartorano, cuenta facebook: Juan Martorano Castillo. Canal de Telegram: El Canal de Martorano.

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