Del por qué es vital que la Revolución gane las elecciones de la Asamblea Nacional del 26 de septiembre (II)

Continuando con las reflexiones y comentarios acerca de la importancia capital de ganar las elecciones parlamentarias del próximo 26 de septiembre, continuamos con las funciones de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, que en el día de ayer quedamos en la función Nº 12 del artículo 187 de nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
 
13.- Autorizar a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros.
14.- Autorizar el nombramiento del Procurador o Procuradora General de la República y de los Jefes de Misiones Diplomáticas Permanentes. Igual comentario que el del Voto de Censura del Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva y de los Ministros o MInistras.
 
15.- Acordar los honores del Panteón Nacional a venezolanos y venezolanas ilustres, que hayan prestado servicios eminentes a la República, después de transcurridos veinticinco años de su fallecimiento. Esta decisión podrá tomarse por recomendación del Presidente o Presidenta de la República, de las dos terceras partes de los Gobernadores o Gobernadoras de los Estados o de los rectores o rectoras de las Universidades Nacionales en pleno.
 
16.- Velar por los intereses y la autonomía de los Estados. Pero una Asamblea Nacional volvería a la implementación de un régimen de descentralización que contribuya al desmembramiento de la República y atentatorio de su integridad territorial, como en otrora gobernadores se creían pequeños "reyecitos" de los Estados en los que gobernaban, claro, haciendo la salvedad que ello no ocurriría con nuestros gobernadores y gobernadoras bolivarianos y bolivarianas.
 
17.- Autorizar la salida del Presidente o Presidenta de la República del territorio nacional cuando su ausencia se prolongue por un lapso superior a cinco días consecutivos. Viajes necesarios a China, a Cuba, a Bielorrusia, a Irán, a Rusia, etc, no podría realizarlos el Presidente de la República, Comandante Hugo Chávez Frías, ya que una Asamblea Nacional oligarca no le daría el permiso que establece esta atribución de nuestro Poder Legislativo Nacional.
 
18.- Aprobar por ley los tratados o convenios internacionales que celebre el Ejecutivo Nacional, salvo las excepciones consagradas en esta Constitución, por supuesto, convenios internacionales en beneficio del país con Cuba, China, Rusia, Bielorrusia, Irán, Argentina, Brasil, etc. , serían saboteados desde esta función por una Asamblea Nacional oligarca y apátrida.
 
19.- Dictar su Reglamento y aplicar las sanciones que en él se establezcan.
20.- Calificar a sus integrantes y conocer de su renuncia. La separación temporal de un diputado o diputada sólo podrá acordarse por el voto de las dos terceras partes de los diputados y diputadas presentes. Así también, con una mayoría pluscuálida en la Asamblea Nacional, barrerían con los diputados que pudiéramos obtener, ya que el discurso de la conciliación y hermandad de la oligarquía, pudiéramos catalogarla de "trampa cazabobos", ya que de recuperar el poder, barrerían contra todo vestigio de la Revolución Bolivariana como hicieron el 11, 12 y parte del 13 de abril de 2002.
 
21.- Organizar su servicio de seguridad interna.
22.- Acordar y ejecutar su presupuesto de gastos, tomando en cuenta las limitaciones financieras del país.
23.-Ejecutar las Resoluciones concernientes a su funcionamiento y organización administrativa.
24.- Todas las demás que le señalen esta Constitución y la ley.
 
Por ello, cuando ejerzamos nuestro derecho el venidero 26 de septiembre, debemos tener muy en claro el camino a seguir. Si deseamos continuar y profundizar nuestro proceso revolucionario, socialista, de libertades que actualmente vivimos, o decidimos dar un salto al vacío, un salto hacia atrás, y volver a la época de la noche fría neoliberal y oligarca que lleno a este pueblo de sufrimiento, de explotación , de persecuciones y de muerte. Miremonos en el espejo del 11 de abril de 2002 y de Honduras, que es uno de los ejemplos más recientes, de que en el golpe militar que desalojo a Mel Zelaya de su cargo, tuvo una legitimación del Poder Legislativo de ese hermano país, dirigido por Goriletti. Ahí les dejo esa.
 
Patria Socialista o Muerte!!!
Venceremos y Estamos Venciendo!!!
 
*Abogado, Analista Político y militante del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV). Moderador de los Programas Informativos y de Opinión, "Micrófono Abierto", "Lo que se Habla" y "Caminos Libres", transmitidos de lunes a viernes de 12 m a 2 pm por la Emisora Comunitaria "Llovizna" 104.7 FM, y los días martes de 7 a 8 pm y domingos de 6 a 7 pm por la Emisora Cultural, Informativa y de Entretenimiento perteneciente a la Corporación Venezolana de Guayana (CVG, Corporación para el Socialismo) y del Sistema Nacional de Medios Públicos, "La Voz de Guayana" 89.7 FM, respectivamente. www.juanmartorano.blogspot.com , http://www.juanmartorano.tk/ . jmartoranoster@gmail.com , j_martorano@hotmail.com , juan_martoranocastillo@yahoo.com.ar 


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Juan Martorano

Abogado, Defensor de Derechos Humanos, Militante Revolucionario y de la Red Nacional de Tuiteros y Tutiteras Socialistas. Www.juanmartorano.blogspot.com , www.juanmartorano.wordpress.com , jmartoranoster@gmail.com, j_martorano@hotmail.com , juan_martoranocastillo@yahoo.com.ar , cuenta tuiter e instagram: @juanmartorano, cuenta facebook: Juan Martorano Castillo. Canal de Telegram: El Canal de Martorano.

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