Últimamente han venido oyéndose opiniones en contra del Derecho de Autor en términos que contribuyen a fortalecer al enemigo ideológico y confundir a quienes dentro de nuestras filas no son versados en la materia.
Lo grave es que a diferencia de lo que había venido ocurriendo , los argumentos provienen del campo revolucionario y no de las corporaciones del imperio que amasan inmensas fortunas apoderándose de los productos de la cultura y la creatividad individual, gracias a legislaciones sobre propiedad intelectual como la que heredamos de la cuarta república.
Suponiendo buena fe en quienes han venido cuestionando la vigencia y validez de este derecho humano esencial- consagrado en la carta correspondiente signada por todos los Estado del planeta, incluído obviamente el Estado Venezolano - intentemos aclarar el panorama. .
Es probable que la confusión se inicie en que estamos acostumbrados al término “Derechos de Autor” cuando sería mas preciso decir , “Derechos “del” Autor ”.
En efecto , mientras que en el primer caso nos estaríamos refiriendo genéricamente a un conjunto de derechos morales y económicos derivados de la actividad creadora de los individuos , la segunda se aplica exclusivamente a quien ( “persona natural” ) origina el derecho: el individuo creador.
Noción central en la doctrina en la que se asienta la jurisprudencia sobre propiedad intelectual, válida para cualquier legislación en cualquier parte del mundo, porque sólo una “persona natural” crea.
Es decir ; no existe algo como una “persona jurídica”( compañía o corporación transnacional) creadora de una “obra de ingenio” (ya sea literaria, audiovisual , científica, tecnológica o de cualquier otra naturaleza) porque ello es algo que
-insistimos- solo producen los individuos .
El caso es que las trasnacionales de la industria del entretenimiento ( la tal “Industria Cultural”), la de agroquímicos, las de medicamentos , etc, que son las que imponen el “Diktat” en materia de Propiedad Intelectual, viven precisamente del despojo del producto del ingenio del hombre o la mujer creadores, y como puede constatarse en “Confesiones de un Sicario Económico” de John Perkins ,cada vez disponen de mas armas y menos escrúpulo para ello,
De allí que para la OMC (Organización Mundial del Comercio) sea de importancia vital homogeneizar todas las legislaciones del mundo para ayudar a este propósito, elemento estratégico en las guerras de cuarta generación.
Gracias a sus sicarios económicos y los cipayos criollos, desde los tiempos de Jaime Lusinchi tenemos una ley (hoy inconstitucional) de Derechos de Autor que en el artículo 59 dispone que : “salvo pacto expreso en contrario , los autores de las obras creadas en relación de trabajo o por encargo , han cedido al patrono o al comitente, según los casos, en forma ilimitada y por toda su duración , el derecho exclusivo de explotación ( de la obra)”
Lo grave es que esta disposición permea toda la estratégica legislación cultural : Ley de Fomento al Desarrollo Artesanal, Ley de Defensa y Protección al Patrimonio, Nacional , Ley de Cinematografía Nacional , Ley de Ciencia , Tecnología e Innovación etc.
Por fortuna , en nuestra Carta Magna ,y gracias a que en la Asamblea Constituyente estaban compatriotas como Earle Herrera , logramos introducir en su capítulo VI (De los Derechos Culturales y Educativos) una norma que incluso da una dimensión adicional a la jurisprudencia sobre el tema por cuanto habla de la “protección legal de los derechos del autor o de la autora”.
De esta manera conseguimos que se le devolviera a “la persona humana que crea la obra” lo que por justicia y derecho le corresponde , despejando el camino para la eventual derogación de la ley ALCA introducida en nuestra legislación cultural desde el gobierno de Jaime Lusinchi por el buffete que hoy representa a las mas conspicuas corporaciones de la “Industria Cultural” imperial.
Mas recientemente un nutrido grupo de creadores y cultores pudimos echar atrás el proyecto de Ley Orgánica de Cultura- aprobada en primera discusión en la A.N. de la cohabitación con el enemigo- por cuanto entre otras cosas ,en su texto no se recogía el principio constitucional y se insistía en reconocer la confiscatoria ley vigente.
. En lo personal , se nos tildó de inquisidor ( es decir contrarrevolucionario, y si lo empujas, agente de la Cia ) cuando por ese mismo motivo denunciáramos la Ley de Cinematografía; la misma que hoy es vapuleada por sus propios autores y propulsores, que puestos en evidencia, se tiran el muerto entre ellos e hipócritamente ahora se suman a quienes hemos venido reclamando su derogación.
Mantener hoy, a mas de siete años de Revolución Bolivariana, una ley feudal, confiscatoria , regresiva , y neoliberal , es decir: contrarrevolucionaria como la actual Ley de Derechos de Autor , es inexcusable.
Si de verdad nos proponemos impulsar revolucionariamente “los poderes creadores del pueblo” , ahí la A.N. tiene una buena oportunidad - sin disparar un tiro- de devolver al pueblo lo que se le ha robado.
“La revolución , es cultural, o no es”