La Asamblea Nacional incurrió en mora respecto a los trabajadores venezolanos

Dentro del primer año contado a partir de la instalación de la Asamblea Nacional, esta institución debió aprobar mediante la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, un nuevo régimen para el derecho a prestaciones sociales el cual integraría el pago de este derecho de forma proporcional al tiempo de servicio y calculado de conformidad con el último salario, asimismo, debió establecer un lapso de prescripción de diez años y un conjunto de normas integrales para regular la jornada laboral y propender a su disminución progresiva. Estas afirmaciones no son un capricho nuestro, son mandatos de rango constitucional dirigidos a la Asamblea Nacional, contemplados en el punto 3, numeral cuarto de las DISPOSICIONES TRANSITORIAS, de nuestra carta magna y cuyo contenido es el siguiente:

“Dentro del primer año, contado a partir de su instalación, la Asamblea Nacional, aprobará: ... Mediante la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, un nuevo régimen para el derecho a prestaciones sociales reconocido en el artículo 92 de esta Constitución, el cual integrará el pago de este derecho en forma proporcional al tiempo de servicio y calculado de conformidad con el último salario devengado, estableciendo un lapso para su prescripción de diez años. ...Asimismo, contemplará un conjunto de normas integrales que regulen la jornada laboral y propendan a su disminución progresiva, en los términos previstos en los acuerdos y convenios de la Organización Internacional del Trabajo suscritos por la República”.

La tardanza en el cumplimiento de esta obligación por parte de la Asamblea Nacional coloca a la misma en mora respecto a los trabajadores venezolanos. Esperamos que el próximo 1° de Mayo, la Asamblea Nacional nos sorprenda con el cumplimiento de esta obligación, en beneficio de la clase trabajadora de este país y no tengamos que conformarnos ese día, solamente, con el acostumbrado anuncio por parte del ejecutivo Nacional de un miserable aumento de salarios que está lejos de equipararse al costo de la canasta básica alimentaria.



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Carmen Alicia Hernández Rodríguez

Abogada. Investigadora de los movimientos sociales

 carmenaliciahr@yahoo.com

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