Hay un trabajo que realizó un equipo de investigadores de Colombia[i], que debimos haber leído o que debemos leer, para entender que el asunto del avión presidencial de Santo llevándose a Felipe González, es un incidente, no tan complicado y grave como lo que describen estos investigadores colombianos.
Tenemos entonces que sucedió el incidente con el avión presidencial de Santos que vino a llevarse a Felipe González hacia Colombia. Se pidió explicación y Santos manifestó que "Felipe González era un amigo incondicional y un actor clave en la paz de Colombia" Busco en mi memoria y no veo a Felipe González terciando por la paz en Colombia. Lo que si tengo en mi memoria es a Chávez y a Maduro apostando por esa paz sin avión presidencial.
Pero a decir verdad, no creo que el incidente del avión presidencial que entró y salió del país muy tranquilamente, sea el incidente mayor en unas relaciones que son como un yoyo: se alarga y recoge.
En materia tributaria y asunto vinculados con este tema no sé absolutamente nada. No sé entonces, nada de aranceles y de esos pagos que están obligados a realizar una persona cuando importa para que los bienes y servicios (mercancías) que son objeto de esa importación puedan ofrecerse y venderse libremente. No sé, cómo se compra una ropa íntima por Amazon.
Intuyo que si en Venezuela se vende algún bien que es traído por los caminos verdes, ese bien califica como contrabando y las autoridades están obligadas a producir el decomiso y las personas involucradas, deberían ser procesadas ante alguna instancia legal. Si me detengo en lo que generalmente veo en las redes sociales y las opiniones que son públicas, deduzco entonces, que hay contrabando desde Venezuela hacia Colombia. El contrabando pude estar sucediendo a espaldas de dos países, pero el que sucede de Venezuela a Colombia, allá es legal o como legal. En Colombia hay ciudades donde estos productos se venden libremente. Si entiendo la cosa del contrabando; me explico que en esto, Colombia se hace la desentendida y alguna razón política tendrá para hacerse la desentendida. Económicamente, ningún país puede interesarse por promover el contrabando porque esa práctica tiene su impacto negativo en el país que es receptor del contrabando.
Algo similar, pero un poco más grave viene sucediendo con la gasolina. Hay una legislación en Colombia que logró transformar el contrabando de gasolina en un tipo de negocio que suele conocerse como "contrabando Técnico". Esto acontece con el concurso de la empresa ECOPETROL. Para los que son interesados en los datos, es bueno dar a conocer, que en Colombia entre el 2002 y el 2011, las estaciones que venden gasolina se incrementaron en un 104,54% al pasar de 2.200 estaciones en el 2002 a 4.500 en 2011[ii]. Colombia tiene un parque automor menor que Venezuela.
Este dato es muy curioso. Se incrementan las estaciones de servicio, pero el negocio de vente de gasolina descendió al pasar "de 96.000 galones por mes en promedio a sólo 44.00" ¿Cómo así, diría un hermano colombiano? ¿Se dejó de vender gasolina en Colombia o se creó un mecanismo legal que permitió el incremento de las estaciones y la venta de gasolina venezolana?
Esta investigación realizada por un equipo de técnicos colombianos, ponen en evidencia, que la legislación colombiana favorece el contrabando de combustible, aunque dicho negocio, produzca perdidas a la nación colombiana pero hace de este negocio una gran oportunidad para una mafia que con las jugosas ganancia que les produce, se dan la oportunidad de financiar la desestabilización en Venezuela. Es un poco como el mecanismo del dólar Today.
Hay estaciones de servicios que no retienen ningún impuesto. En la ley colombiana 681 se lee en la exposición de motivos lo siguiente:
A pesar de acotar la diferencia de precios entre Venezuela y Colombia, con la exención del IVA e Impuesto Global en las Zonas de frontera, continúan subsistiendo diferencias que fomentan la importación ilegal de combustibles o "contrabando puro"… Al establecer precios diferentes para un mismo producto dentro del territorio nacional se institucionaliza y fomenta el "contrabando técnico", que es el fenómeno que permite adquirir lícitamente a Ecopetrol combustibles exentos para luego desviarlos hacia el interior. En consecuencia el mecanismo establecido en la Ley 488 no sólo no fue suficiente para atacar el fenómeno del contrabando puro sino que sirvió para crear un nuevo fenómeno más grave que el anterior puesto que se extiende a todo el territorio nacional, que es el denominado "contrabando técnico" Lo están reconociendo
Existe una norma (decreto) que regula el sistema de estaciones de servicio. Hay unas estaciones que están obligadas a tener identificación del proveedor y otras, que son donde se vende el diferencial entre 96 mil galones y 44 mil galones, que no están obligadas a tener identificación. O sea, los alimentos producidos en Venezuela se venden libremente allá y la gasolina también encontró su forma de legalizarse, aunque ambos negocios, les produzcan pérdidas a Colombia.
En la investigación que mencioné anteriormente puede leerse lo siguiente:
La Ley 681 de 2001, que tenía por objetivo confrontar el contrabando ordinario y crear condiciones que facilitaran el control policivo por parte de las autoridades competentes, generó otro negocio ilícito, incentivado por el diferencial de precio interno y por la metodología de asignación de cupos. El desvío de combustibles podría costarle al fisco nacional alrededor de $240 mil millones, mientras que las exenciones tributarias otorgadas a través de la Ley 681 alcanzan los $647 mil millones[iii]
Todo este proceso tiene un efecto negativo para el país, que luce peor que el incidente del avión. Por este contrabando, mucho del cual es legalizado por Colombia, Venezuela pierde dos millones cuatrocientos veinte y nueve mil seiscientos ochenta y siete US$ anuales[iv]. Esta es una manera de desangrar a Venezuela.
Referencias
[i] GARCÍA, Orlando y Otros: La Ley de la Frontera y su efecto en el comercio del combustible líquido: http://www.prodem.net.ec/images/documentos/9leyfronterasysuefecto.pdf
[ii] Los datos en cuestión fueron tomadas de una conferencia que ofreció el Profesor David Paravisini en el Consejo Legislativo del Estado Anzoátegui.
[iii] GARCÍA, Orlando y Otros: La Ley de la Frontera y su efecto en el comercio del combustible líquido: http://www.prodem.net.ec/images/documentos/9leyfronterasysuefecto.pdf
[iv] Dato tomado de la Conferencia Ofrecida Por David Paravisini en el CLEANZ.