Como Colombia robó territorio venezolano

TRATADO SOBRE DEMARCACION DE FRONTERAS Y NAVEGACIÓN DE LOS RIOS ENTRE VENEZUELA Y COLOMBIA. (I)

Texto del Tratado mediante el cual Colombia despoja a Venezuela de la bicoca de 108.000 kms2 con la anuencia de gobernantes venezolanos antinacionalistas. Observe su redacción ambigua y altamente hipócrita.

"Los gobiernos de los Estados Unidos de Venezuela y de Colombia inspirados en el criterio de fecunda amistad que rige y debe siempre regir a sus dos naciones unidas por la identidad de su origen, por haber conquistado juntas su independencia y libertad en común esfuerzo, que constituye su mejor patrimonio de gloria, y por acordado el siguiente Tratado, que concluye, en lo que aún falta, la demarcación de sus fronteras, confirma para lo restante los pactos que regulan su alineamiento, y provee normas a su recíproco comercio y demás relaciones de vecindad y convivencia. Y al efecto han nombrado sus Plenipotenciarios, a saber:

Su Excelencia el Presidente de los Estados Unidos de Venezuela, al señor doctor Esteban Gil Borges, Ministro de Relaciones Exteriores, y al señor doctor José Santiago Rodríguez, Embajador en Bogotá, y Su Excelencia el Presidente de la República de Colombia, al señor doctor Alberto Pumarejo, Embajador en Caracas. Quienes, después de haberse comunicado sus plenos poderes, los que hallaron de debida forma, han convenido en lo siguiente:

Artículo 1. Los Estados Unidos de Venezuela y la República de Colombia declaran que la frontera entre las dos naciones está en todas sus partes definidas por los pactos y actos de alineamiento y el presente Tratado; que todas las diferencias sobre materia de límites quedan terminadas; y que reconocen como definitivos e irrevocables los trabajos de demarcación hechos por las Comisiones demarcadoras en 1901, por la Comisión de, expertos suizos, y los que se hagan de común acuerdo por los comisionados designados conforme al parágrafo cuarto de ese artículo.

Parágrafo 1. En la región del río de Oro, sección segunda, la frontera será el curso de dicho río desde su desembocadura en el Catatumbo, agua arriba, hasta donde el río de Oro se divide en dos ramales, uno del norte y otro del suroeste; y de allí seguirá por el ramal del norte, hasta donde recibe el primer afluente denominado "Río Intermedio " o "Duda " y luego por el curso más meridional de ese Diente denominado río Intermedio o Duda basta su origen en la serranía de Perijá -Motilones. En el mapa adjunto al presente instrumento se ha trazado, de acuerdo con esta descripción, la frontera convenida.

Parágrafo 2. En la sección quinta, región de los ríos Oirá y Arauca, la frontera será el curso de dicho río Oirá desde su origen en el páramo de Tamá basta el punto donde confluyen sus aguas con las de un río qué desciende de la cordillera de Tamá en dirección oeste-este, y desde ese punto, cuyas coordenadas se fijarán astronómicamente, una línea recta basta el punto considerado como desembocadura del Oirá en el Arauca por las Comisiones de límites en su Acta del Paso del Viento del 7 de junio de 1901.

Parágrafo 3. Para determinar la soberanía de la isla del Charo en el río Arauca, de conformidad con lo estipulado en el artículo 1, inciso d, del Convenio de Demarcación entre Venezuela y Colombia de 17 de diciembre de 1928, se determinará la vaguada de ese río…" José M. Ameliach N. Septiembre 2015



Esta nota ha sido leída aproximadamente 4463 veces.



José M. Ameliach N.


Visite el perfil de José M. Ameliach N. para ver el listado de todos sus artículos en Aporrea.


Noticias Recientes: