Para que no haya manipulación mediática

Así deberá quedar el artículo 230 en la propuesta de enmienda constitucional

A continuación cito textualmente al artículo 230 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:

 “El período presidencial es de seis años. El Presidente o Presidenta de la República puede ser reelegido o reelegida, de inmediato y por una sola vez, para un nuevo período”.

 En su desaforado afán por responder a los más oscuros interese que atentan contra la PATRIA, y utilizando las manipulaciones mediáticas, vemos cómo la oligarquía criolla ya anda anunciándole al mundo entero que el Presidente Chávez lo que busca es perpetuarse en el poder,  imponiendo una propuesta de reforma, que según ellos, fue derrotada el 2 de diciembre de 2007, cuando en realidad lo que el PUEBLO plantea, es una propuesta de enmienda constitucional, que por derecho permita la postulación a elecciones presidenciales, a toda persona que ejerza dicho cargo.

 Por las razones expuestas, la propuesta de enmienda constitucional del artículo 230 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, debería quedar de acuerdo al siguiente enunciado:

“El período presidencial es de seis años. El Presidente o Presidenta de la República, puede ser postulado como candidato a sucesivas reelecciones”.

 Sin más que agregar, acá les dejo nuestras consignas:

¡PATRIA SOCIALISTA O MUERTE!

¡VENCEREMOS!

¡CON CHÁVEZ VAMOS CON TODO!

¡HASTA LA VICTORIA SIEMPRE!

freddygermanp@yahoo.es

freddygermanp@gmail.com



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Freddy Germán


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