- ¿Cómo aspiran los electores revolucionarios que sea su representante en el parlamento en estos tiempos?
- ¿Cómo debe ser el accionar del diputado revolucionario del 2010-2015?
Dos interrogantes
que tal vez ameritan un serio y profundo debate a lo interno y con las
bases de la militancia del PSUV, y que a lo mejor contribuya a despejar
caminos y a aligerar la carga en todo cuanto tiene que ver con las próximas
elecciones internas del mes mayo.
Sin embargo, el
espacio y tiempo resulta corto, por lo que trataré de ser breve pero
conciso en responder desde mi óptica, y al mismo tiempo animar a quienes
leen y/o escriben en este valioso portal, a aportar sus ideas con la
finalidad de enriquecer este debate.
En relación con la aspiración
nuestra como electores planteo lo siguiente:
- El (la) aspirante a
diputado(a) debe vivir, conocer, y sufrir la problemática del(los)
circuito(os) donde sea postulado. Con eso ya se ganaría el calificativo
de “Nuestro(a)” diputado(a).
- Debe exhibir una conducta
privada y pública sin tachadura alguna, además de una sólida formación
y disciplina ideológica-administrativa.
- Debe contar con la
consideración y respeto de la comunidad y el Poder Popular
a quien consagrará su TAREA LEGISLATIVA hacia la construcción
del socialismo.
En cuanto a la pregunta
No.2 respecto al accionar de nuestro Diputado revolucionario del 2010-2015,
este deberá:
-Ser intérprete permanente
de las más sentidas demandas del pueblo, y articulador eficiente con
las distintas instancias de ejercicio de los poderes del estado en la
búsqueda de respuestas concretas a las exigencias del soberano.
-Asumir el estudio, la
lectura y la formación como el motor ideológico de la revolución,
con lo cual ayudará al desarrollo de nuevos liderazgos en las comunidades,
lo cual implica hacer presencia permanente en las comunidades que conforman
su circuito electoral.
-Actuar como el más
eficiente CONTRALOR SOCIAL, para como decía el Che, “evitar
que se liquide el gran espíritu de la revolución, para que esta no
duerma, no disminuya su ritmo” , en esta ardua tarea, el poder popular,
comunas y consejos comunales serán sus aliados naturales.
Todo ello sin perjuicio a lo que dicta
la CRBV en sus artículos 187, 188 y el 190 y 197 los cuales rezan:
Artículo 190.CRBV Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional no podrán ser propietarios o propietarias, administradores o administradoras o directores o directoras de empresas que contraten con personas jurídicas estatales, ni podrán gestionar causas particulares de interés lucrativo con las mismas.
Durante la votación
sobre causas en las cuales surjan conflictos de intereses económicos,
los o las integrantes de la Asamblea Nacional que estén involucrados
o involucradas en dichos conflictos, deberán abstenerse
Artículo 197 (CRBV).
Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional están obligados y
obligadas a cumplir sus labores a dedicación exclusiva, en beneficio
de los intereses del pueblo y a mantener una vinculación, permanente
con sus electores y electoras, atendiendo sus opiniones y sugerencias
y manteniéndolos informados e informadas acerca de su gestión y la
de la Asamblea. Deben dar cuenta anualmente de su gestión a los electores
y electoras de la circunscripción por la cual fueron elegidos y elegidas
y estarán sometidos o sometidas al referendo revocatorio del mandato
en los términos previstos en esta Constitución y en la ley sobre la
materia.
Ahora, en momentos en
que quienes han ocupado esos curules, algunos van de salida y otros
aspiran a ser reelectos, seria todo un detalle, que hicieran cada uno
de ellos, el ejercicio reflexivo correspondiente, en base a las interrogantes
aquí planteadas. Esto va igual para los miles de nuevos aspirantes.
El voto popular hablará
fuerte y claro cuando le corresponda.
(*) Trovador.