La reciente decisión de una jueza accidental de otorgar beneficio procesal al monstruo de Llaguno, preso por cometer crímenes de Lesa Humanidad, los cuales, según nuestra Constitución Bolivariana: "(…) quedan excluidos de los beneficios que puedan conllevar su impunidad, incluidos el indulto y la amnistía" (CRBV, artículo 29), han generado una polémica contradictoria en filas de los revolucionarios y revolucionarias patriotas, mientras que en los apátridas, solo alegrías. Siendo el temor generalizado, que el monstruo de Llaguno se escape fuera del país, logrando así su libertad, tal como lo hicieron el resto de los participantes en el golpe de abril de 2002. El Presidente Nicolás Maduro, ha sido reiterativo en su postura de respeto al mandato constitucional: "El señor Simonovis está en manos de la justicia; solo el Poder Judicial puede dictar una medida si el caso lo amerita. Yo estoy impedido por la ley porque él cometió delitos de lesa humanidad. Fue el que dirigió la masacre del 11 de abril" (…) "Ya todos los perdones que se iban a dar por todas las conspiraciones que se hicieron hasta el 2007 los dio el Comandante Hugo Chávez" (…) "Yo tengo esa limitación. Yo no hablo de eso en público porque lo respeto y respeto su familia, como respeto el dolor de los que más nunca podrán ver a sus padres porque cayeron ese día" (El Nacional, 31-12-2013). Y esa, ha sido una conducta del camarada Maduro, no solo de ahora como Jefe de Estado, sino cuando era Vicepresidente de la República y antes como Canciller, valga decir, ha sido una conducta innegociable, recta como el agua clara.
Ese tipo de decisiones, emanadas del Poder Judicial, no son nada novedosas. Recordemos que, el 14 de agosto de 2002, ya no un juez o jueza accidental, sino la Sala Plena del TSJ, dictaminó el sobreseimiento de la causa contra los militares que dieron el golpe fascista de abril de 2002 y designaron a Pedro Carmona Estanga, como presidente provisional, quien disolvió ipso facto todos los poderes públicos. El argumento empleado por esos 11 magistrados, que hicieron la mayoría en la Sala, para sobreseer a los militares golpistas: Efraín Vásquez Velasco, Pedro Pereira Olivares, Héctor Ramírez Pérez y Daniel Lino José Comisso, entre otros, no pudo ser más banal, aduciendo que éstos actuaron "preñados de buenas intenciones" y que, para completar su tarea patriótica, señaló el TSJ en su veredicto, "mantuvieron bajo custodia con extremado celo al presidente (para protegerlo) y eligieron según sus propias reglas un nuevo gobernante". Tamaña grosería, emanada del TSJ, si bien tuvo sus respuestas del Presidente Chávez, quien, en su momento, la denominó como una "plasta". En respeto de la división de los poderes públicos, Chávez llamó al pueblo venezolano a respetarla y acatarla, sin que al Comandante Infinito, se le denigrara, mucho menos, se sugiriera que, dicha Sentencia, formara parte de una negociación para liberar a los golpistas, propiciando con ello, la impunidad.
Importante tener ese referente, para comprender en su exacta dimensión, la campaña que, desde factores autodenominados de izquierda, se impulsa para desacreditar la imagen y el compromiso con los familiares de las víctimas, que siempre ha mantenido el camarada Presidente Maduro. La postura política del Presidente Maduro, viene a ser la misma que mantuvo el Presidente Chávez ante tal posibilidad, no ha habido variante. No obstante, desde factores de la izquierda del teclado, se le ataca ferozmente: "Con una decisión como esta, por parte del poder judicial, no tengo duda que se ha cedido, se ha dado concesión en el marco del diálogo político, entre un sector de la oposición y el gobierno, apostando a una aparente gobernabilidad y que creo que es un error de cálculo político, lo que se está evidenciando en este momento, porque ningún voto opositor se va a sumar a poder apoyar al presidente Maduro, por una medida como esta y por el contrario dentro del chavismo, hay sectores que no están de acuerdo…y pareciera que la mayoría del chavismo no está de acuerdo con una medida como ésta" (Aporrea, declaraciones de Nicmer Evans, 25-09-2014). Por más que se tongonea, se le ve el bojote, el de la cizaña y el descrédito a la figura del camarada Maduro. Adosa Evans, la decisión de una jueza accidental, al Presidente de la República, coloca en entredicho la división de poderes, valga decir, vivimos en una dictadura, afirmación nada nueva, sobre todo en el lenguaje opositor. Adosa Evans, esa decisión, a los diálogos de paz, ya fenecidos y, en el marco de los cuales, la oposición planteó esa propuesta, negada entonces por el propio Presidente Maduro; diálogos saboteados y suspendidos, por la propia oposición. Asume Evans, lo que siempre ha dicho la oposición, que el chavismo está dividido, con lo cual, evidencia su intencionalidad de crear fisuras a lo interno de las filas revolucionarias, con su mensaje divisionista y cizañero. Evans, no hace otra cosa sino el trabajo de la derecha desde las filas de la izquierda, con lo cual se explica, las fotos y el reciente video aparecido en las redes sociales, en que su camarada Gonzalo Gómez de Marea Socialista, aparece junto a María Corina Machado y demás dirigentes de Voluntad Popular, Un Nuevo Tiempo y Copei, reunidos en Congreso Ciudadano, analizando todas y todos, la nueva "salida": "la constituyente", cuando los extremos se juntan!
En fin, es la derecha la que habla al chavismo a través de Evans, eso es importante tenerlo claro, no le permitamos que nos confundan. Pues, así como en 2002, era Luis Miquilena, quien hablaba a través de once magistrados, los mismitos que lo liberaron de la causa que se le seguía por "tráfico de influencias, malversación específica o sobregiros presupuestarios y falsedad en la declaración jurada de patrimonio"; es la oposición y, cierta nueva "izquierda", coaligada a ellos, quien habla a través de una jueza accidental, quien, seguramente, nada tendrá que ver con el chavismo y mucho con el oposicionismo.
Esa sentencia, otorgando beneficio procesal a un asesino que cometió Delitos de Lesa Humanidad, crea un precedente jurídico que la Sala Constitucional debe revisar, ya que la Doctrina judicial del país se mantenía incólume en la aplicación del Principio Constitucional: "En ese sentido, cabe acotar que de acuerdo a la anterior disposición normativa, no puede un Tribunal de la República otorgar medidas cautelares sustitutivas a la medida preventiva privativa de libertad a una persona que se encuentra procesada por un delito de lesa humanidad, por cuanto ello pudiera conllevar a su impunidad, al permitirse que un imputado tenga la posibilidad de ausentarse en el juicio penal. Al respecto, esta Sala, tomando en cuenta lo señalado en el artículo 29 constitucional asentó que "(...) [l]os delitos de lesa humanidad, las violaciones punibles de los derechos humanos y los delitos por crímenes de guerra, quedan excluidos de beneficios como lo serían las medidas cautelares sustitutivas, en caso que el juez considerare que procede la privación de la libertad del imputado" (vid. sentencia N° 1712, del 12 de septiembre de 2001, caso: Rita Alcira Coy). El COPP, no puede estar por encima del mandato Constitucional. Con esa decisión del TSJ, se verifica, una vez más, lo mucho que a la Revolución le falta por hacer, en este caso, en el ámbito del Derecho y la Justicia. "Cuánto vale un juez, fue un libro que apareció publicado por vez primera en mayo de 1995, escrito por el periodista William Ojeda. De portada roja con una desfigurada foto del entonces Palacio de Justicia venezolano. Estábamos en pleno gobierno del ex presidente Rafael Caldera, quienes inmediatamente mandaron a recoger el texto y a encarcelar por varios meses al comunicador social. En aquellas páginas, el país confirmó lo que desde hace muchas décadas se ocultaba pero se sabía y era que el sistema de justicia estaba inundado de tribus, desigualdades, palancas y mucho dinero sin importarles del estrato de donde proviniera, coronando a la cosa más horrible que sociedad alguna haya cargado en su rostro: la impunidad" (http://ensartaos.com.ve/un-periodista-ojeda-un-periodista-finol).
Así, como sobreviven, en nuestra sociedad en transición, el modelo capitalista rentístico que caracterizó la cuarta república y el modelo inclusivo socialista bolivariano; aún, en el ámbito judicial, sobreviven el modelo inclusivo, socialista, expresado en leyes revolucionarias y el modelo excluyente, privativo de justicia para los más desposeídos y corrompido que caracterizó la justicia en toda la cuarta república. Es la dialéctica que caracteriza nuestra sociedad transicional, en donde el pasado y el presente, en permanente pugna, transversalizan todos los procesos sociales que caracterizan nuestra vida en Revolución, una vida en permanente pugna, en la que lo nuevo no termina de nacer, y lo viejo no termina de morir. La esencia de la ley de la unidad y lucha de los contrarios, consiste en que a todas las cosas y procesos, les son inherentes aspectos internos contradictorios, que se encuentran en unidad irrompible y, a la vez, en lucha incesante. Esta lucha de los contrarios es, precisamente, la fuente interna, la fuerza motriz del desarrollo. Lenin, dio a esta ley la denominación de esencia, núcleo de la dialéctica. "La identidad de los contrarios (¿no sería más justo decir su "unidad"?, aunque la diferencia de los términos identidad y unidad no tiene, en este caso, una importancia esencial. Ambos términos son justos en cierto sentido), constituye el reconocimiento (el descubrimiento) de la existencia de tendencias contradictorias, que se excluyen mutuamente y antagónicas en todos los fenómenos y procesos de la naturaleza (entre ellos también los del espíritu y los de la sociedad). La conditión para conocer todos los procesos del mundo en su "automovimiento", en su desarrollo espontáneo, en su vida real, es conocerlos como unidad de contrarios. El desarrollo es "la lucha" de los contrarios" (En Torno a la Cuestión de la Dialéctica, V. I. Lenin, 1915).
Caracas, 28-09-2014