El Juzgado
de Primera Instancia en lo Penal, cuarto en función de Juicio, del
Estado Aragua, a cargo de la Jueza Maryori Calderón, conjuntamente
con Dos (2) ciudadanos Escabinos, en representación del pueblo de Venezuela;
dictaron una sentencia, aunque tardía, pero apegada a derecho y sobretodo,
lo mas importante, justa.
Podemos decir,
con la mayoría del pueblo de Simón Bolívar, el Libertador, que aunque
tardía, por culpa de un sistema de justicia fallo, se hizo justicia
con quienes murieron injustificadamente aquel 11 de abril del 2002,
en donde unos facinerosos de derecha dieron un putsch, por orden imperial,
para sacar del poder a un gobierno de corte nacionalista y popular e
instaurar un régimen fascista de ultra derecha.
El Palacio
de Miraflores se encontraba rodeado y protegido por militantes bolivarianos
revolucionarios para impedir que pasara una supuesta marcha dizque pacifica,
cuyo fin era penetrar en Miraflores y asesinar al Presidente electo
constitucional y democráticamente, mostrar su cadáver ante el mundo
y alegando un “vacío de poder” (Vacío provocado por ellos mismos),
nombrar una junta cívico militar de facto e instaurar una dictadura
de derecha y entregarle el país a los gringos.
Bandas armadas
de AD, COPEI, Primero Justicia y Bandera Roja, eran las falanges de
esa marcha que tenia como fin abrirse paso entre los militantes revolucionarios
que se encontraban custodiando el palacio y protegiendo al Presidente,
pero esa banda armada fue ineficaz e insuficiente, y es allí cuando
Guaicaipuro Lameda, Pablo Medina y Alfredo Peña, este ultimo como Alcalde
Mayor, deciden utilizar a la Policía Metropolitana como brigada de
choque para separar a la militancia bolivariana de los alrededores de
Miraflores, y allí es cuando entran en acción el Simonovis, Forero
y Vivas, en sus condiciones de jefes jerárquicos directos de la Policía
Metropolitana; la cual “No Pasó”, gracias al heroico y bravo pueblo
bolivariano de Caracas, quien en la mas preciosas de las legitimas defensas,
la legitima defensa de la patria y la constitucionalidad, y con armas
en las manos y los cojones bien puestos, impidieron que estos esbirros
de la PM lograran dispersar a los manifestantes y asesinaran al Presidente-Comandante.
Pero en el intento de pasar, dejaron una estela de muertos y asesinados;
y por esos delitos, hoy, 3 de abril, después de casi 7 años (Por 8
días no son 7 años exactos), bastante tardío por cierto, se hace
justicia y un tribunal mixto de juicio penal de Aragua, reivindica a
las victimas de un golpe estado de la derecha pro-imperialista y fascista
venezolana.
LO HISTÓRICO
DE LA SENTENCIA LLEGA MÁS ALLÁ
Pero la sentencia,
en donde están dos ciudadanos escabinos, llegó mucho mas allá de
lo que ha llegado el TSJ y la Fiscalía General misma; y es que reconoce
que los hechos del 11-A, por los cuales se condena acertada y pertinentemente
a Simonovis y otros, se cometieron en la ejecución de un golpe de estado
(Putsch), es decir, que esta sentencia histórica, en donde en mayoría
está el pueblo sentenciando abre las puertas para reabrir el caso del
golpe del 11-A, caso que la Fiscalía General, sobretodo, y el TSJ,
han sido ineficaces en reabrirlo, a pesar que existe una sentencia de
la Sala Constitucional que anuló la sentencia indigna y bochornosa
del 14 de agosto del 2002 que negó la existencia de un golpe.
Se debe extraditar
o en su defecto abrirle juicio en ausencia, para que con una sentencia
condenatoria sea perseguido en todo el globo terráqueo por INTERPOL,
en caso que no se pongan a derecho o se “pongan a buen resguardo”
a Carmona Estanca, Alfredo Peña, Pablo Medina, Guaicaipuro Lameda y
los Oficiales que salieron en un video declarando una rebelión militar,
como primer paso, para por fin, y gracias a dos ciudadanos administrando
justicia, conjuntamente con la jueza Maryori Calderón; como primer
paso para que el 1-A no quede impune ante la historia.
Igualmente
la Asamblea Nacional, debe anular el decreto de amnistía que emitió
el Presidente en enero del 2008, para que asi sean apresados los putchistas
Enrique Mendoza, Leopoldo Lopez y Capriles Radonsky y demás militares,
que aunque no aparecieron en el grupo inicial declarando la rebelión
militar, lo hicieron por cuenta gotas esa misma noche del 11-A, una
vez fracasado el plan inicial de asesinar al Presidente en tumulto o
lo que se conoce como delito de las masas, que originaria el verdadero
“vació de poder”, o que hizo a la acción de la madrugada del 12-A,
un golpe de estado militar neto.
Igualmente se debe reformar el código penal para implantar o adaptar a la rebelión de las derechas los delitos de conspiración, subversión y conspiración, en donde juega un rol primordial en la desestabilización el factor mediático; ya que nuestros códigos solo castigan las subversiones de las izquierdas.