Principios indeclinables de la nueva Ley de Educación Universitaria

Interesante la forma en que la nueva Ministra Universitaria, Yadira Córdova, plantea reiniciar el debate sobre la nueva Ley que habrá de sustituir  la moribunda Ley Caldera, surgida tras el allanamiento militar de la UCV y aprobada con los votos de los parlamentarios de  AD y Copei en los años 70. La Ministra Córdova ha planteado lo que considera los “puntos de honor”, sí así llamó a lo que consideramos, en otros términos, como los Principios establecidos en nuestra Constitución y la LOE, razón que les da el carácter de “indeclinables”. Pero, cuáles son esos elementos de principio que no deben quedar por fuera del nuevo marco legal que regulará nuestras instituciones universitarias, siendo el primero: “La Constitución garantiza el derecho al estudio y la educación. Y para nosotros es un punto de honor garantizar el ingreso universal. Si los estudiantes necesitan que se creen condiciones para que su ingreso sea de una manera más adecuada tendremos que crear estas condiciones, pero todas las personas que culminan la educación media tienen derecho al ingreso…”(Ciudad CCS, 18-01-2011). Esto implica, sin duda, como lo afirma la propia Ministra Yadira Córdova, en esa entrevista: “Si estamos diciendo que el ingreso universal es la expresión del derecho a la educación que está contenido en la Constitución, las pruebas internas se convierten en un elemento de exclusión…”, más claro imposible, la nueva Ley debe contener la manifestación expresa de nuestra Constitución: “La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria…” (Artículo 102).

  Siguiendo en la línea principista, la nueva Ministra Universitaria redunda en el carácter profundamente Democrático que debe regir la vida universitaria, no la falsa democracia que actualmente las regula, sino la verdadera Democracia, la Participativa, al efecto señala como un principio que debe estar contenido en el nuevo marco legal:  “La democracia participativa no es un discurso vacío, sino que debe concretarse en los mecanismos específicos que garanticen que todos los que hacen vida dentro de las universidades tengan la opción de participar en las decisiones de la política académica, de política interna, y una de las vías es el voto y yo diría que no es el único. Nosotros tenemos que garantizar diferentes mecanismos para que se profundice y, en algunos casos, para que se cree la democracia participativa…”, en la entrevista profundiza más en la temática, precisando que: “Creo que el voto debe ser en igualdad de condiciones. Todavía hay algunos que señalan que debe ser voto paritario. Es decir, de acuerdo a las proporciones de cada uno de los sectores. Pero mi posición es que todos tienen derecho al voto…”, con ello, sale al paso, precisamente, a quienes tienen una visión corporativa de la institución universitaria y se plantean que el sistema de votación universitario debe conformarse por sectores, al estilo Fedecámaras; valga decir, por estancos: a cada sector de la comunidad se le daría un peso dentro de la totalidad de la votación general, con lo cual se estaría corporativizando el sistema electoral universitario, diferenciándolos y propiciando su inequidad, al respecto, la Sentencia del TSJ, del 11 de agosto de 2010, con Ponencia del Magistrado Juan José Núñez Calderón que, a estos efectos, se convirtió en Jurisprudencia, es muy clara al respecto: “el Reglamento que al efecto se ordena dictar, deberá permitir la participación de todos los individuos de la comunidad universitaria (profesores -independientemente de su condición y categoría-, estudiantes, personal administrativo, personal obrero y egresados) en los procesos de elección y nombramiento de las autoridades universitarias de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado”, enunciadas en el articulo 34 numeral 3 de la Ley Orgánica de Educación, e, igualmente, garantizar su participación “plena” y en “igualdad de condiciones”, como lo ordena esa Ley Orgánica, razón por la cual, tampoco podrán establecerse diferencias numéricas del voto profesoral respecto al voto del resto de los integrantes que conforman la comunidad universitaria, incluyendo el voto estudiantil, ya que así lo estableció el legislador en ejercicio de su potestad discrecional, y en virtud de la prevalencia de la Ley Orgánica de Educación sobre el mandato contenido en la Ley de Universidades y el Reglamento Ejecutivo de la UCLA. Así se decide.” 

  Otro principio que debe contener, indubitablemente la nueva Ley de Universidades es el del Estado Docente, enunciado en nuestra Constitución: “La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad…” (Artículo 102). La LOE desarrolla este principio constitucional en los términos siguientes: “El Estado docente es la expresión rectora del Estado en Educación, en cumplimiento de su función indeclinable y de máximo interés como derecho humano universal y deber social fundamental, inalienable, irrenunciable, y como servicio público que se materializa en las políticas educativas. El Estado docente se rige por los principios de integralidad, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad. En las instituciones educativas oficiales el Estado garantiza la idoneidad de los trabajadores y las trabajadoras de la educación, la infraestructura, la dotación y equipamiento, los planes, programas, proyectos, actividades y los servicios que aseguren a todos y todas igualdad de condiciones y oportunidades y la promoción de la participación protagónica y corresponsable de las familias, la comunidad educativa y las organizaciones comunitarias, de acuerdo con los principios que rigen la presente Ley. El Estado asegura el cumplimiento de estas condiciones en las instituciones educativas privadas autorizadas…” (Artículo 5). Hemos de suponer que, la nueva Ley de Educación Universitaria mantendrá este principio, como bien lo ha expresado la nueva Ministra Universitaria, Yadira Córdova: “el Estado debe definir las prioridades, y al Ministerio de Educación Universitaria le corresponde que los recursos se orienten hacia esas prioridades. Si nosotros definimos una prioridad y no le garantizamos el financiamiento es como si no lo fuese. O al revés, si le damos el financiamiento a aquellos aspectos que no son prioritarios aunque en el discurso estemos señalando alguna prioridad. Ese es el valor político que tiene el financiamiento. El financiamiento es un instrumento de política pública y debe estar cónsono con aquello que el Estado está definiendo como prioridad. Eso no significa que en una Universidad no se puedan establecer otros aspectos que a la institución le interesa, pero necesariamente debe responder a prioridades que tiene el Estado…” 

  Democratización de la vida universitaria, a todos sus niveles: en el ingreso de sus estudiantes, en la elección de sus autoridades, rendición de cuentas o transparencia en el manejo de los recursos públicos, regencia de las políticas educativas por el Estado Docente, pertinencia social de las instituciones universitarias, forman parte de los Principios irrenunciables que deberá contener la nueva Ley que habrá de surgir del debate de ideas que hoy mueve las conciencias de los/las comunidades universitarias y que, esperamos, trascienda el ámbito de las academias y se enclaustre en cada rincón de nuestra Patria, en las fábricas, en los mercados, en los liceos y escuelas, en las iglesias, en las plazas, en los cafetines, en fin, en todos y cada uno de nuestros espacios de convivencia comunal.

  No permitamos que el debate se enclaustre como pretenden aquellos que, en pleno diciembre, gritaban a los cuatro vientos que la vetada Ley era inconsulta y fue aprobada de madrugada, pero que, ahora pretenden negar el acceso al debate de las ideas a sus obreros/obreras, empleados/empleadas y estudiantes que disienten de sus posiciones derechistas, No, con la verdad por delante, ganemos a la mayoría de nuestro pueblo para que surja una Ley que reafirme nuestros Principios constitucionales, legales y Revolucionarios.

henryesc@yahoo.es

Caracas, 20 de enero de 2011



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Henry Escalante


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