Vacío de Poder en la Universidad Nacional Abierta por Renuncia del Rector

A finales de la semana pasada la comunidad universitaria de la Universidad Nacional Abierta se enteró que el Dr. Castro Pereira, Rector de esa universidad, había renunciado irrevocablemente a su cargo. La información que se ha hecho pública es que el Rector renunció ante el Consejo Directivo, dicho consejo le aceptó dicha renuncia y procedió a designar al Dr. Nestor Leal, actual Vicerrector Académico, como Rector encargado de manera transitoria. Es mi apreciación que esta situación crea un vacío de poder por la manera supuestamente ilegal en que se ha procedido en este caso.

Primero, el Rector debe presentar su renuncia ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia y el Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria. Por un lado, fue la Sala Electoral quien sentenció que las autoridades continuaran en sus funciones una vez vencido el período para el cual fueron electos. Es decir, se asume que esta Sala los designó como autoridades encargadas transitoriamente hasta que se realicen elecciones ajustadas a lo establecido en esta materia en la Ley Orgánica de Educación. Por el otro lado, la renuncia irrevocable y la consecuente falta absoluta de una o todas las autoridades de la UNA no está contemplada en el Reglamento de la Universidad Nacional Abierta. Se aplicaría en este caso el Artículo 143 de dicho reglamento donde se establece que “Los casos dudosos o no previstos en el presente Reglamento serán resueltos por el Ministro de Educación”.

Segundo, el Consejo Directivo no tiene facultad para designar a un Rector encargado para suplir la falta absoluta del Rector. Porque al igual que en el caso de la renuncia, esto no lo contempla el Reglamento de la UNA. Al igual que en el caso de la renuncia, se aplicaría el Artículo 143. Se debe consultar al Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria. Tampoco se aplica en este caso lo contemplado en la Ley de Universidades para las universidades autónomas, donde se establece que la falta absoluta del Rector la suple el Vicerrector Académico.

Por todo lo anteriormente expuesto, se puede afirmar que hay un vacío de poder en la Universidad Nacional Abierta. Que esta situación solo puede ser resuelta por el Ministerio del Poder Popular de la Educación Universitaria y el Consejo Nacional de Universidades. La comunidad de la UNA espera por la respuesta de ambos.


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Julio Mosquera


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