Como ya es conocido el servicio comunitario del estudiante de educación universitaria nace en el proceso constituyente de 1999, el cual se debatía que papel debían jugar las universidades del siglo XXI si mantenerse en el tradicional modelo educativo o buscar un método donde la universidad realmente se vista de pueblo o mejor dicho que el estudiante y el profesor se reencuentren con su rol como comunidad el cual mediante un aprender haciendo y tomando aspectos transcendentales del ser humano como la solidaridad, integración y la fusión del aprendizaje científico con los saberes populares, conciban el asumir la educación popular relacionado con lo expresado por el maestro Simón Rodríguez "o inventamos o erramos" que si bien esta frase no se refería a la educación exactamente si hablaba de salir de las viejas costumbres muchas veces impuestas y crear lo nuevo, en ese sentido Domínguez 2007 deduce: "La educación tradicional se centra en contenidos y lo importante es depositar contenidos, por eso Freire la llama bancaria. La educación liberadora, en cambio se basa en procesos y por esa razón es una educación para hacer emerger no para depositar contenidos. Por eso trata de otra lógica y de otros métodos" (p. 7)
En relación a esa búsqueda de emerger y no para depositar contenidos como tradicionalmente se forma en el país, en nuestra carta magna se llama al pueblo para asumir la democracia participativa y protagónica, incluyendo a la comunidad universitaria, el cual desde décadas viene jugando un papel de espectador ante las necesidades de transformación social en nuestra nación, es así como mediante los artículos 132 y 135 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela las casas de estudios universitarias son llamadas a salir de esa caja de cristal estableciéndose en los mencionados artículos que, toda persona tiene el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social así como quienes aspiren al ejercicio de cualquier profesión, tienen el deber de prestar servicio a la comunidad durante el tiempo, lugar y condiciones que determine la ley.
Esa ley es la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior (2005), el cual su artículo 2 define que "se regirá por los principios constitucionales de solidaridad, responsabilidad social, igualdad, cooperación corresponsabilidad, participación ciudadana, asistencia humanitaria y alteridad" Ahora bien si realmente se busca construir lo nuevo como una alternativa ante el draconiano modelo impuesto por los factores de poder con currículos extranjeros que nos alejaron de nuestra identidad y hasta nos hicieron creer que el esequibo es Guyana y no Guayana, ¿es suficiente con los principios constitucionales ya mencionados? aunque Freire hablo que la "educación es un acto de amor" también es cierto que la educación tienen un carácter estratégico tanto para la dominación como para la liberación, en ese sentido Ander 1977 refiere "El problema de la educación no puede ser considerado aisladamente del contexto político, social, económico y cultural en que se da. Hoy es un lugar común de la sociología de la educación correlacionar la educación con el mismo sistema social vigente. En todo país la educación responde o es reflejo del tipo de sociedad existente;" (p. 13)
Ahora bien de acuerdo al artículo 4 de la ley de servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior se define al Servicio Comunitario como: "A los efectos de esta Ley, se entiende por Servicio Comunitario, la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la comunidad, para cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar social, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en esta Ley" si tomamos en cuenta que la universidad de hoy en su mayoría siguen navegando bajo los viejos y limitados prototipos, entenderemos que la aplicabilidad de los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica no serán de mayor relevancia si realmente se quiere transformar la sociedad, desde antes de la llegada de la revolución bolivariana ya era necesario un proceso de transformación universitaria para aportar a la nueva y necesaria sociedad, en relación a lo planteado la Ley de Universidades de 1970 plantea en su artículo 2 "las universidades son instituciones al servicio de la nación y a ellas corresponde colaborar en la orientación de la vida del país mediante su contribución doctrinaria en el esclarecimiento de los problemas nacionales" sin embargo así como la universidad está llamada a contribuir a la orientación de la vida del país, debe no solo preparar sino prepararse para brindar tales aportes, en ese sentido Picón Medina 1994 plantea "La institución universitaria puede y debe jugar un rol protagónico en la preparación del hombre para ese cambio. Pero para esto debe prepararse ella misma, como organización inmersa también en el torbellino de nuestra época, para cambiar al ritmo de los tiempos y para orientar esos cambios desde una postura crítica que se inspire en los valores más trascendentales de esa misión ecuménica" (p. 3)
En el marco de esa búsqueda de que la universidad pueda prepararse ella misma para posteriormente o simultáneamente asumir un espacio de vanguardia en la transformación social del país, esta primero que nada debe definir qué modelo formativo tomara, entre el tradicional que forma asalariados y una especie de lumpen burgués o formar emprendedores mediante una educación socio productiva, en relación a lo planteado el Vicerrectorado Académico de la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez en 2009 planteaba: "en la planificación curricular los ejes fundamentales en la formación universitaria deberán orientarse a la integración de: lo ético-filosófico y político; lo organizativo comunal; lo productivo social y la identidad latinoamericana, desde la experimentación, la construcción colectiva y pertinencia social." (p. 22)
En concordancia, el artículo 12 de la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior y el artículo 15 de las normas que rigen el servicio comunitario en la UNESR plantean dictar un taller preparatorio para asumir la practica comunitaria, aun así en la actual coyuntura es insuficiente, ya que primeramente el servicio comunitario es una acción política donde el estudiante universitario se relaciona con el entorno social de las comunidades y mediante los aprendizajes adquiridos en su formación escolarizada y permanente debe generar una propuesta o acción de emprendimiento para el desarrollo de la comunidad, por otro lado si la acción formativa se reduce solo a un taller, independientemente el esmero y la visión social que se aplique se seguirá viendo como un requisito para la obtención del título de pregrado ya que realizar un taller, una investigación de campo, la aplicación de la acción comunitaria, transcribir el proyecto en un solo periodo académico o semestre, no solo se convertiría en una carrera contra reloj sino que no generaría el impacto deseado en la comunidad ni en el estudiante universitario que forma parte de una comunidad.
En ese sentido desde mi punto de vista el cual pudiera o no ser acreedor de la verdad, sería más pertinente:
1. La inserción en los pensum de estudios Cursos o Materias relacionadas a:
a) Democracia Participativa y protagónica como una pertinente herramienta para entender el deber social del estudiante universitario en la construcción y fortalecimiento de la sociedad necesaria, enalteciendo los valores de identidad nacional, cultura de paz, soberanía, participación inmersos, en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Plan de la Patria.
b) Planificación estratégica para el desarrollo comunitario, la planificación estratégica se puede concebir como un proceso de planeación o ejecución de planes para el logro de metas y objetivos, no obstante al agregarle el ítem "para el desarrollo comunitario" es con la finalidad que los estudios de los procesos de planeación estén visionados ideológicamente, a la creación de significativas y pertinentes relaciones de producción, distribución, y consumo a través de la integración comunidad-universidad
2. La implementación del servicio comunitario en dos periodos académicos, como garantía de la concienciación del estudiante universitario, el fortalecimiento de las relaciones entre las comunidades o el poder popular y la universidad, auspiciar la integración de entes públicos como: gobernaciones, alcaldías, empresas del estado en el involucramiento de los planes y proyectes próximos a emprender en la comunidad y con la comunidad, establecer los procesos de sensibilización y seguimiento de la gestión del proyecto en ese sentido:
a) Primer Periodo: Diagnostico Participativo Comunitario y Planificación estratégica para el desarrollo comunitario, en este orden el diagnostico participativo comunitario puede referirse como la visión veras oportuna y precisa que realiza el estudiante universitario prestador del servicio comunitario en la comunidad en presencia y con el acompañamiento de los integrantes de la comunidad, mediante esta acción no solo se denotara las problemáticas o problemática a resolver sino las potencialidades con que cuenta la comunidad como estrategia oportuna sino para involucrar a los integrantes de esta en aras de hacer factible no solo la solución sino la siembra de la integración y cultura socio productiva desde y para el lugar delos hechos, esta visión permitirá un proceso de planificación efectiva en donde los integrantes de la comunidad estarán inmersos garantizando el desarrollo comunitario desde sus mismos integrantes.
b) Segundo Periodo: la puesta en marcha de la planificación estratégica resultada del diagnóstico participativo comunitario realizado no solo en la comunidad sino con los integrantes de ella, posteriormente en este mismo lapso no solo se realizara el seguimiento de la gestión emprendida y la visualización de los resultados, sino también optimizar los procesos de integración y alianza estratégicas para la realización conjunta de planes y proyectos donde ambos se vean beneficiados.