Ley de Educación permitirá construir la República Bolivariana

     El texto constitucional es el Programa de la Revolución Socialista Bolivariana, entendiendo por Programa y en palabras leninistas: es lo que se aspira y por lo que se lucha, pero es a la vez Plataforma de Lucha, porque lo expuesto en el texto constitucional no debe quedar como una quimera, hay que dar las batallas que exige la lucha de clases para imponernos, en otras palabras: ¿estamos con los oprimidos o con los opresores?; pero es urgente también teniendo claro lo anterior esclarecer el término: la Política, que a nuestro criterio, es la preparación y formación del pueblo para las tomas de decisión de la gestión pública y que incida en su desempeño bio-psico-social de su espacio territorial próximo, regional o nacional en una concepción de participación protagónica para hacer dicho contenido programático una realidad con el fragor diario de la consciencia de la lucha clases, en los ámbitos social, político, económico, en el compromiso y en la organización consciente del pueblo. 

      En Venezuela estamos en presencia de dos Estados que cohabitan y que están en pugna por imponerse uno al otro. Nos referimos a un Estado que no termina de morir y otro que no termina de nacer. El primero, el Estado de la Oligarquía que es un Estado de Opresión y la contraparte, el Estado Bolivariano, que es un Estado de Liberación. Cada Estado crea sus valores y principios y todo su ordenamiento que lo justifican de manera histórica y jurídica. Los Estados expuestos se expresan -el inicial- el Oligárquico, en una Democracia Burguesa Representativa, y el Estado Bolivariano, en una Democracia Participativa y Protagónica.  

      En los Principios Fundamentales del texto constitucional, el Artículo 2 dicta: “Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia” y expone los valores que le son inherentes a dicho Estado Bolivariano.

      El Estado Bolivariano tiene como fines esenciales:

*La defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad,

*El ejercicio democrático de la voluntad popular,

*la construcción de una sociedad justa y amante de la paz,

*la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo,

*la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución.

Artículo 3. CRBV. 

      El accionar revolucionario y transformador cotidiano de los y las revolucionarias debe apuntar a la concreción de los fines esenciales del Estado Bolivariano. Si dicho esfuerzo revolucionario no consolida los fines esenciales del Estado es y será un esfuerzo en vano. Y el mismo Artículo 3 precisa, los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines son la Educación y el Trabajo. 

      El Estado Bolivariano como pauta el Artículo 4 del texto constitucional es además, federal descentralizado y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad.  

      Impone el Artículo 2 que Venezuela debe ser un Estado Humanista y Ético que propugna “como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, (…)”.  

      El Artículo 5 en imperativo jurídico dicta: Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos. La Soberanía del pueblo es intransferible y la ejerce de forma directa o mediante el sufragio ante los órganos que ejercen el Poder Público. 

      La reivindicación histórica obtenida a través De los Derechos Políticos del Programa y de la Plataforma de Lucha constitucional expresada en el Artículo 62 da cuenta de estricto cumplimiento que: Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, (…). La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica. 

      En lo atinente al Régimen socio-económico y de la función del Estado en la economía, Artículo 299 en su segunda parte, (…) para lograr una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica democrática, participativa y de consulta abierta. 

      De manera que podemos concluir por adelantado que el pueblo ha sido conferido por y con rango constitucional de Poder, Participación, Protagonismo y Soberanía cuya acción consciente y organizada incidirá e impactará en la búsqueda y concreción del Estado Bolivariano, de lo que se trata es de la asunción del pueblo en la refundación y conducción de la República Bolivariana de Venezuela, he allí el vasto espacio para crear y recrear con una planificación revolucionaria y bolivariana insurgente en la transición del Estado constituido al Estado por constituir; es decir, el Estado Socialista. 

Definición de la República Bolivariana de Venezuela

      Operativizar la definición de la República Bolivariana de Venezuela la cual está  subyacente en el texto constitucional pero que es necesario extraer de los Principios Fundamentales y exponer para que entonces hablemos con los mismos valores y principios de la ética, con las mismas unidades lingüísticas en el necesario, urgente e impostergable diálogo e intercambio de saberes y con el reconocimiento tácito del liderazgo del Comandante Presidente Hugo Chávez Frías. 

(1.-) “la república bolivariana es el estado nacional,  (2.-) federal descentralizado,           (3.-) democrático y social, (4.-) ético, de derecho y de justicia donde (5.-) la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo quien la ejerce directamente y se fundamenta, (6.-) en la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo”(7.-) con una justa distribución de la riqueza (reorganizando la producción) mediante una planificación estratégica democrática, participativa y de consulta abierta, (8.-)(en) solidaridad con la emancipación de los pueblos y cooperación por el bienestar de la humanidad. 

     En la República Bolivariana, “La Educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo  y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social, consustanciados con los valores de la identidad nacional y con una visión latinoamericana y universal. El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana, de acuerdo con los principios contenidos en esta Constitución y en la ley”. Artículo 102. CRBV

      En toda las dinámicas de interacción formativa – informativa, en los espacios y niveles formales e informales, la ética y la moral educativa del Socialismo Bolivariano ha de promover “todas aquellas actividades pedagógicas dirigidas al conocimiento y estudio de esta Constitución, al amor a la patria, a las virtudes cívicas y democráticas, a los valores trascendentales de la República y a la observancia y respeto de los derechos humanos”. Artículo 278. CRBV.  

     Quién puede construir una república, preguntamos; pues la respuesta es que son las personas con consciencia ciudadana, consciencia republicana, con consciencia revolucionaria, consciencia transformadora y por supuesto con una consciencia radical, porque va a las raíces para determinar del por qué la explotación capitalista y del por qué tenemos que enrumbarnos al socialismo, tener consciencia del dilema: barbarie o socialismo”.  

     Venezuela tiene unas asimetrías en su desarrollo y que aún tienen su peso adverso y cuando menos presentan reticencia e incidencia en el diseño de la construcción de la República Bolivariana. El desempeño geopolítico se sustentó en una economía de puertos, de allí, que su franja norte costera está densamente poblada, asentando en esa porción de territorio el tejido industrial empresarial, la parte norte llanera, con un incipiente desarrollo y no decir del sur, omisión total de cualquier desarrollo industrial, tecnológico, educativo y sin ningún incentivo. 

      El gobierno bolivariano se ha planteado revertir la fatídica herencia y ha implementado interesantes iniciativas geo – económicas que las resumimos en el lema: Nuestro norte es el sur, en el carácter nacional como internacional. 

      Sentencia el Libertador Simón Bolívar: “Las naciones marchan hacia su grandeza con el mismo paso en que camina su educación”.  

A manera de conclusión abierta: 

      Gobernar, así como ejercer poder, soberanía y la participación protagónica entraña una interpretación ética y moral del momento histórico que se vive y de las relaciones y del modo de producción, la ética y la moral dimana de cada tramo histórico, allí la psicología, la pedagogía y la etnografía, así como las Ciencias Jurídicas y Políticas le sirven de soporte y piso. El texto constitucional es el Programa y la Plataforma de lucha y con énfasis ratificamos: Dentro de la Constitución todo! fuera de la Constitución nada! Mantenerse en ese cauce es lo ético y lo moral fuera de ella triunfaría la traición, regodearnos con la vacilación, es perdernos en los valores y principios de la contrarrevolución y del capitalismo- imperialismo.  
 

*Periodista - Profesor

gaspar_velasquez@yahoo.es



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Gaspar Velásquez Morillo*

Perfil de Gaspar Velásquez Morillo. Venezolano. Lic. en Periodismo egresado de la Universidad de la Habana Cuba. Master en Periodismo por la UNESCO. Candidato a Doctor en Ciencias para el Desarrollo Estratégico. Línea de Investigación: Gestión Pública Bolivariana. Especialista en Políticas Públicas. Especialista en Ciencia Política. Profesor Universitario en Pre y Postgrado. Facilitador de Procesos Socio-Políticos y Educativo. Asesor Político Comunicacional. Consultor de la Asamblea Nacional 2001 2005 en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y Ley de la Defensoría. 1er Secretario del Consejo Legislativo del estado Trujillo en la República Bolivariana de Venezuela, año 2000.

 gaspar_velasquez@yahoo.es      @gasparvelasquez

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