Pronunciamiento

Panamá / Rechazamos la Ley “Vende Patria”, que cede nuestra soberanía marítima y territorial

Con la aprobación de la Asamblea Nacional en tercer debate del proyecto de Ley No. 637 por el cual se fijan las líneas de base para la medición de la anchura del mar territorial de la República de Panamá en el Mar Caribe y el Océano Pacífico, los denominados "padres de la patria" a través de este proyecto, no solo definen las 12 millas de mar territorial, las 12 de zona continua, sino que ceden el restante de las 200 millas panameñas, como área económica "promundi beneficio", exclusiva y con el derecho a las trasnacionales, a explotar todas las riquezas y demás actividades productivas, como la pesca y demás riquezas minerales allí existentes como lo consigna el denominado "pacto mundial".

De acuerdo a Euclides Tapia, profesor de la escuela de Relaciones Internacionales de la Universidad de Panamá, "de forma ambigua, (los legisladores) conciben conceptos diferentes como Mar Territorial y Plataforma Continental, que terminan confundiendo a la opinión pública nacional".

Y a razón de ello, "Panamá con la nueva ley cumpliría ‘con un mandato de la Convención de Derecho del Mar de 1982. (Convemar, 1982)". Perderíamos nuestra soberanía sobre las aguas más allá de las 12 millas mencionadas más arriba".

Por otra parte, Meredith Pinedo, funcionaria de la AMP, "Lo que estamos haciendo es definir nuestro espacio marítimo. Ni estamos quitando espacio, ni agregando", en alusión a quienes defienden la idea de que con esta decisión el país cedió soberanía sobre sus aguas en ambas costas.

Contrario a ese planteamiento el profesor Tapia señala que aunque se plantee que "tendríamos derecho a una Zona Contigua de otras 12 millas", realmente en esa dimensión y espacio marítimo no seríamos plenamente soberanos.

Este anteproyecto de Ley No. 637 que apoya la determinación Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Covemar), firmada en el año 1996, pasa por alto aquel rechazo que en su momento hicieron los geógrafos de la Universidad de Panamá, por considerarla lesiva a la soberanía nacional, ya que en el artículo tres de dicho documento disponía lo siguiente: "Todo Estado tiene derecho a establecer la anchura de su mar territorial hasta un límite que no exceda de 12 millas marinas medidas a partir de líneas de base determinadas de conformidad con esta Convención".

Rechazo que tuvo su justificación en el sentido que señalaba que era la "Panamá necesitaba de un Mar territorial con la anchura adecuada para asegurar la defensa de su territorio y para mantener la neutralidad de la vía interoceánica, según un tratado de 1952 entre Chile, Ecuador, Perú y el Istmo, por su situación geográfica especial".

Según la propia Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP), En 1958, la República de Panamá extendió su Mar Territorial a 12 millas náuticas mediante la Ley No. 58, del 18 de diciembre de 1958. La misma Ley ordenaba al Ejecutivo proceder a su reglamentación.

Sin embargo, en 1967, la República de Panamá por medio de la Ley 31, de 2 de febrero de 1967, (Gaceta Oficial No.15.803, Panamá, 14 de febrero de 1967), estableció que el Mar Territorial panameño se extendía a una zona de 200 millas náuticas de las costas panameñas, sobre las cuales ejercería su soberanía al igual que al lecho y subsuelo de dicha zona y al espacio aéreo que la cubre.

Esta Ley No. 31, de 2 de febrero de 1967, modificó y adicionó la Ley No.58 de 18 de diciembre de 1958, especialmente con el artículo 1° que a la letra dice: "La soberanía de la República de Panamá se extiende más allá de su territorio continental e insular y sus aguas interiores, a una zona de mar territorial de doscientas (200) millas náuticas de ancho, al lecho y al subsuelo de dicha zona y al espacio aéreo que la cubre".

Con relación a la aprobación maratónica en la Asamblea de Diputados, el abogado Luis Zúñiga, en un artículo publicado en el diario La Estrella, calificó la adhesión de Panamá a Covemar "como la pérdida de la mayor extensión territorial que istmeño alguno pudo imaginar. Ahora, de un solo plumazo, se aspira a definir los límites del gran despojo"

Marco Gandásegui (hijo), también en la Estrella de Panamá, sobre este tema expone que: "todavía no tenemos la ley publicada en la Gaceta Oficial; por lo que nuestro territorio marítimo se extiende 200 millas (370 kilómetros) de las costas… con la nueva ley reduciría las aguas bajo soberanía panameña a solo 12 millas (22 kilómetros) de las costas. ¿Cómo se explica esta iniciativa que a todas luces parece absurda? Los políticos no podían dar explicaciones. Los empresarios menos. Se preguntaban ¿dónde estaba el negocio? ¿Podían recibir alguna comisión por la entrega de aguas marítimas a intereses extranjeros?

Desde el Polo Ciudadano, comprendiendo entonces que la extensión de nuestro Mar Territorial desde un inicio, obedeció al principio político que todo estado tiene hoy día como objetivo asegurar una extensión humana, digna y decorosa a toda su población, tomando en cuenta una serie de providencias como es la protección y explotación de los recursos naturales que se encuentran dentro de ella, agotando todos los medios a su alcance.

Con esta Ley No. 637 a espaldas del pueblo y a tambor batiente por los "Padres Vende Patria", nos deja claro que estos además de desconocer esos principios históricos, continúan actuando en función de sus intereses económicos y personales; y ahora más que nunca en función de apetitos y negociaciones electoreras en función de las elecciones que se avecinan para mayo del 2019.

Panamá, 2 de agosto de 2018.



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