Después de la aprobación de varias leyes que amplían los mecanismo de participación

La Reforma de la Ley del Poder Público Municipal es ineludible

El mes de Diciembre ha sido el mes de la revolución, donde el nacimiento de estas cinco leyes, que le incrementan los espacios de participación al pueblo organizado, para que este dé un salto cualitativo, que he propiciado con la aprobación de la ley del Poder Popular porque es esta ley la que norma la participación ciudadana. La otra ley es la de las Comunas, Una ley atacada por la oposición basada en que en el artículo 173 de nuestra Constitución Bolivariana, establece muy claramente que la creación de nuevas identidades es atribución del Municipio, ¿PERO ACASO EL MUNICIPIO NO ES EL PUEBLO? Claro está que la ley del Poder Publico Municipal que una copia al carbón de la ley de la cuarta república en el sentido de las atribuciones de los alcaldes. Lo cual los convierte en el “Señor Rey “Una total contradicción a los principios de la Constitución Bolivariana. Pero siendo justo vamos a reconocer, que para cuando fue creada dicho marco jurídico el pueblo no estaba capacitado para asumir el rol de protagonista, o más claro no estaba listo para ser creador a nivel del Municipio de su propia Ordenanza de administración y funcionamiento de sub dicha identidad local.

Pero después de 11 años el pueblo (Municipio) se merece que la Asamblea Nacional ahora, que eminentemente tiene que reformar la Ley del Poder Publico Municipal y reconocer que el Municipio es el pueblo y como este puede crear las Comunas. Como una identidad local y dentro de esta ejercer el auto gobierno Comunitario. No sería nada del otro mundo el de reconocerle sus derechos constitucionales al pueblo como está estipulado en el artículo 168 de nuestra Carta Magna (C R B V). Cuando leemos la ley mencionada (LPPM) En el artículo 56 están definidas las atribuciones del Municipio, Pero igualmente en el articulo 76 (LPPM) establece que la organización y el funcionamiento del municipio se desarrollara a través de un marco jurídico denominado Ordenanza. Y es aquí donde pregunto si el Municipio es el pueblo y la soberanía radica en este, porque estas ordenanzas que rigen la organización y función del mismo “Debería EMANAR DEL PUEBLO”. A través de una Asamblea Municipal Constituyente. Si en los principios de nuestra Constitución Bolivariana, establece que los poderes públicos emanan de la soberanía del pueblo y a esta soberanía están sometidos. Aquí vale preguntar y quiénes son los sometidos. “Ellos o Nosotros”. Camaradas Revolucionarios, donde está la voz de protesta, que no la oigo ni las leo. A lo mejor la reforma que le va a hacer la A.N Es para modificar algunos artículos y uno de ellos es que las identidades nacen sobre la base de una Ordenanza, como nace la Parroquia. A esto hay que darle la vuelta porque las Comunas como los Consejos Comunales nacen bajo del soporte jurídico de una ley.


Autor Amado Rivero los aporreadores tenemos que ser más radicales la lucha es vencer Patria Socialista o Muerte del proceso.


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Amado Rivero

Luchador social promotor de la constituyente municipal ex candidato de la constituyente 2017 , escritor. Administrador del blog las comunas de Venezuela. Vocero principal del corredor 4 de febrero

 amadorivero2000@hotmail.com

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