En primer lugar, hemos de precisar el por qué la Oposición, siguiendo las directrices foráneas, aunque ha admitido en varias ocasiones, la más reciente en este fin de semana del 05 de mayo por boca de su ex candidato derrotado, que el sistema de cómputo del CNE sí arrojó los totales correctos; ahora insiste en que se debe auditar no sólo las actas y los comprobantes contra los votos electrónicos; sino que además exigen una inviable “auditoría” de firmas y huellas digitales (de los dedos) físicas en los cuadernos materiales.
Ese cambio en la exigencia inicial obedece a dos razones: una, que no pueden negar que los totales son los correctos, porque el sistema y la auditoría ya hecha al 54% y la que se acaba de emprender hoy 06 de mayo al 46% restante, así lo demuestran; y dos, porque, atendiendo a nuestra sugerencia, el PSUV publicó las imágenes escaneadas de todas las actas de cada mesa de votación con las firmas de los respectivos representantes del candidato dos veces derrotado, asociadas dichas actas a los respectivos centros y mesas de votación, actas donde consta la aceptación de los totales de cada mesa, los que al ser sumados dan los resultados publicados por el CNE.
Es por eso que ahora plantean “auditar” las huellas y firmas físicas en los cuadernos materiales, a sabiendas de que tal labor insumiría meses, con grandes costos y, por sobre todo, porque es obvio que las condiciones en que se tomaron esas huellas y firmas no excluyen el razonable margen de error humano de tales procesos manuales masivos y sin un control de calidad concomitante, esto es, en el mismo momento.
Es obvio que tales errores en, por ejemplo, falta de firma o huella, firmas o huellas solapadas, firmas o huellas incompletas o de difícil legibilidad NO invalidan el voto, ni su ocurrencia puede ser atribuida en perjuicio o beneficio de un candidato en particular; pero sería el pretexto buscado para intentar sustentar la hipótesis de invalidar, como ya han planteado, el acto electoral en su totalidad, basados en el porcentaje de error humano esperable.
Sin embargo, se debe hacer hincapié, y en esto han fallado todos los Poderes Públicos, especialmente el Poder Electoral y el Poder Ejecutivo, en que una hipotética “auditoría” de firmas y huellas digitales físicas, NO sería una auditoría del voto, sino de la identidad del votante, que es otro asunto.
En este punto, queda evidenciada otra falla comunicacional de dichos Poderes Públicos y del SiBCI; que no han rebatido el punto diciendo lo que es obvio: que el 100% de las huellas digitales y la identidad de cada votante fue auditada en las propias mesas de votación, por todos los miembros de las mismas, incluidos los representantes de la Oposición.
Desde el ingreso al Centro de Votación, cada electora o elector fue identificada o identificado mediante su respectiva cédula de identidad y ubicados en la página del cuaderno físico de esa mesa y de ese centro de votación, con independencia de algún error material en la toma de huella o firma.
Pero más aún, la huella digital de cada electora o elector fue auditada al 100% por los miembros de la respectiva mesa, ya que esa huella digital, escaneada por el dispositivo lector, era requisito controlado por la máquina, indispensable para activar dicha máquina de votación de cada mesa en cada oportunidad, y se comprobaba la cédula de identidad contra la identificación registrada en el sistema que correspondiese a la huella digital del portador de esa cédula; además de que ya quedaba bloqueada la posibilidad de que en ese misma mesa, o en cualquier otra del país, la misma huella digital pudiere de nuevo tener acceso a la posibilidad de votar en el mismo proceso de elección. Por eso, todas las huellas, el 100%, fueron auditadas en el mismo proceso; y se garantizó el principio de “un elector, un voto”.
Sin embargo, alguien pudiere alegar que hubo votos de una persona por otra; ya que el sistema hace imposible que se registren votos “fantasmas”, es decir, registrar votos sin presencia de algún elector; aspecto que además del resto de controles informáticos del sistema, sí está cubierto por el cotejo, ya hecho al 54% de las mesas, y que ahora se hará al 46% restante.
Estando claros ya que el asunto, a estas alturas, se circunscribe a un hipotético fraude en la identidad de los votantes; y dado que la revisión física de huellas entintadas y firmas no solventaría plenamente la duda alegada; existe y proponemos un medio fácil, directo de auditoría por la propia acción de contraloría social de todos los ciudadanos aptos para votar en los comicios recién celebrados.
El asunto es sencillo y es legal: El sistema garantiza el secreto del voto, eso lo ha admitido la Oposición. No obstante, los registros informáticos del CNE, también conocidos por los partidos y organizaciones políticas, permiten conocer los números de cédula de todos los más de 15 millones de personas que fueron registradas como votantes en la última elección.
El CNE por propia iniciativa, o por solicitud del PSUV, por ejemplo, o por orden judicial, debe poner a la disposición de todos en su página Web, un sencillo mecanismo de consulta, parecido al que ya ofrece; pero que mediante la introducción del respectivo número de cédula de identidad o pasaporte, cuando fuere el caso, más el respectivo Centro de Votación, el sistema indique los datos del elector y si aparece registrado como votante efectivo el día 14 de abril pasado, y permita imprimir un comprobante con un código único dado por el sistema informático, similar al que emite el SENIAT.
Esto es perfectamente factible desde el punto de vista jurídico y tecnológico, y de hecho existen sitios privados asociados a la Oposición que manejan esta data. Además, es sencillo, de rápida implementación y muy bajo costo. La misma opción también sería implementada mediante consulta telefónica grabada al una línea telefónica automatizada de acceso gratuito, similar a la que usan los bancos para la consulta o ejecución de operaciones; algo también sencillo.
La implementación de esta expedita propuesta, la cual recomendamos que sea establecida como procedimiento normativo estándar en futuros comicios, permitirá acabar con la polémica, dejando sin argumento válido a cualquiera de los actores políticos y a los ciudadanos en general, de todas las tendencias.
Mediante la consulta directa, todas las ciudadanas y los ciudadanos podrán comprobar si habiendo votado, no aparecen como votantes o aparecen en otro centro de votación (posibilidad muy remota por los otros controles); o, caso contrario, si no votaron y sí aparecen votando en el centro de votación en el cual estaban registrados.
Es un control al 100%, directo, sin intermediarios, para cubrir la faceta del hipotético fraude electoral, extensible incluso a los electores ya fallecidos, si la consulta la hacen sus familiares interesados, cuya comprobación sobre la exclusión del Registro Electoral sí es posible hacerla desde hace años vía Internet en la página del CNE.
Así, eventuales afectados cuando fuere el caso, podrán, con la planilla codificada impresa o con el código obtenido vía telefónica, ejercer la acción PARTICULAR de reclamo ante el CNE; en el entendido, y así debe hacerse saber, que una falsa denuncia acarrearía las penas previstas en la ley. Por eso, el código de la consulta efectuada es un elemento de control necesario que debe ser presentado por el interesado, par que sea cotejado con los datos que ofreció el sistema al momento en que fue ejecutada esa consulta.