Así es Camaradas: Ha pasado más de una década, para que algunos se den cuenta, del engaño que les hicieron al pueblo Venezolano cuando nos metieron la grandísima mentira de que el Poder popular, radica en el pueblo, (SOBERANIA). Pero como dijo un letrado, el que hace la ley hace la trampa. Pero también me acuerdo que alguien una vez dijo; Esta Constitución le va a quedar pequeña al pueblo al pueblo, porque a raíz de su evolución y despertar como está empezando a ocurrir. Y lo expresa bien claro el artículo escrito por el Ciudadano (Artículo 5 ¡Soberana Mentira! - Por: Leandro Rodríguez Linárez) y fue publicado por www.aporrea.org. Pero como estamos consciente de que, el que hace la ley hace la trampa, la cual hicieron y es legal porque está establecida en el mismo artículo 5 de la Carta Magna, (CRBV) que al final del texto dice textualmente lo siguiente “ la Soberanía reside en el Pueblo quien la ejerce dentro lo estipulado en el marco constitucional y las leyes- Ahora la pregunta es ¿Quién hace y aprueba las leyes. Acaso no es el poder representante, el modelo de gobierno EUROPEO,
Soberanía que podría estar en manos del pueblo si la Asamblea Nacional quisiera darle el poder el pueblo, y aclaro no sería cosa de otro mundo ni estarían violando el marco constitucional, Solo se le estaría dando cumplimiento al artículo 168 de nuestra Carta magna ( CRBV).
El cual establece que el Municipio tiene las siguientes atribuciones:
1) la de elegir las autoridades
2) la administración
3) la de establecer impuestos.
Por lo tanto que el Municipio (pueblo) debe ser el que dicte los parámetros de administración a través de una Ordenanza a través de un proceso constituyente municipal; La Asamblea Nacional debe reformar la ley del Poder Publico Municipal y adaptarla a los principios de la constitución fundamentada en la participación ciudadana democrática y protagónica, la cual el mismo marco jurídico constitucional contradice en los artículos 174 y 175, pero que tampoco serian una piedra de tranca para que la Asamblea Nacional a través de la reforma de la le del Poder Publico Municipal, haga las correcciones para que de verdad aquí exista una participación democrática y protagónica del pueblo, Reforma que sería de lo más fácil. La Constitución establece en el artículo 174 que el alcalde será electo como el administrador y primera autoridad del Municipio, pero la ley puede desarrollar las atribuciones del pueblo establecidas en el articulo 168 y establecer que el alcalde: será lo que establece el 174 pero supeditado al Pueblo como soberano expresos e los parámetros establecidos en la Ordenanza de administración y funcionamiento del Municipio la cual emanaría de la soberanía del pueblo. Atraves de una constituyente Municipal-
Y no sería gran cosa lo que haría la Asamblea Nacional. Solo sería reformar la ley del poder publico municipal y darle al pueblo un poder establecido en el marco constitucional, Para que el pueblo deje de hacer el papel de tonto útil como lo ha venido haciendo a lo largo de más de 500 años.
Pero este sería solo un paso hacia el proyecto de Chávez, pero el puerto es constituir el Estado Comunal, donde se constituiría el nuevo modelo de gobierno original.
AUTOR Amado Rivero