Réplica a Eustoquio

Réplica a https://www.aporrea.org/actualidad/n308163.html

Este distinguido ciudadano, autor del link de esta réplica, está, como tantos otros opinadores, muy apartado de la interpretación correcta. Debemos admitir que "la culpa no es del loco sino de quien le da el garrote".

Esas desviaciones oportunistas se las debemos al diputado y "segundo papá" del Presidente Chávez quien llegó a tenerlo en semejante estima... Se trata de Luis Miquilena; que en paz descansen.

Recogidas en el exordio del Título IX, y tomadas de la DISPOSICIÓN FINAL (Única) de la Constitución vigente, Luis Miquilena[1] dejó asentadas dañinas ambigüedades jurídicas que fácilmente podrían esgrimir las partes enquerelladas que pudieren sobrevenir como lo estamos presenciando en los actuales y trascendentales días muy relevantes para la tranquilidad del país como un todo, salvedad hecha, por supuesto, del pueblo clasista en y para el cual necesaria e inevitablemente sólo habrá una clase vencedora.

Entiéndase, de una vez por todas, que el referendo en cualesquiera de sus 4 modalidades previstas, Arts. 71 y siguientes, de la Constitución vigente, el referendo, decimos, en este caso concreto, son actos post féstum o posteriores a la reforma que haya realizado el pueblo soberano en Asamblea Nacional Constituyente, para la cual y debidamente el ciudadano Presidente de la República, Nicolás Maduro Moros, tomó la iniciativa de solicitársela al pueblo originariamente soberano, todo en estricta correspondencia con el articulado del referido TÍTULO IX de la Constitución ejusdem.


[1] Véase la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Título IX, y DISPOSICIÓN FINAL, Única, recogida en el exordio de dicho Título.

 

 



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Manuel C. Martínez


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