Llegó la hora de no andar con media tinta ni reformista

En el 2007 cuando Nuestro máximo líder Hugo R Chávez promovió la reforma de la Constitución hace una década, tenia sus razones y una era que nosotros estábamos acostumbrado al modelo impuesto de gobierno colonialista y debía ir hacia un cambio de este modelo fracasado, hoy después de 10 años con un pueblo con una madures política que le permitió a nuestro Presidente Nicolas Maduro, tomar la iniciativa y convocar al poder soberano a una Constituyente Nacional un proceso muy distinto a la del año 99; Hoy tenemos la participación de un pueblo a nivel sectorial y territorial un pueblo que esta claro de que aqui no ha fracasado el socialismo dado que aquí solo existe un sistema de gobierno representativo y un estado de social democracia y con el objetivo o proyecto de ir hacia un Estado Comunal, y que los que hablan y defienden esta constitución es por dentro de ellos existe la aspiración el deseo de llegar algún día a ser gobierno (Alcalde) para solucionar su vida y no la del pueblo,

En el 2007 el objetivo era abrir el camino para ir hacia la construcción del Estado Comunal dado que no existía ni una comuna, y para Chávez como líder de esta revolución estaba bien claro que se debía salir de este modelo administrativo donde los personajes de turno en la administración a inventado las argucias para utilizar el poder para eso fruto propio cobrando supuestamente comisiones por cada contrato de obra que se ejecuta un dinero que podría servir para suplir la necesidad del pueblo, hoy el objetivo debe ser la construcción del Estado Comunal dado que tenemos mas de 1800 Comunas constituidas.

En el 2007 Chávez proponía que se incluyera como lo proponía en el proyecto de reforma, cito- Propuesta: Se incorpora el Poder Popular como parte del Poder Público

El artículo 136, recordemos, 136, en el título IV. Ya estamos por el título cuarto del Poder público.

136; este es un artículo muy importante. De la forma como está, donde sólo aparece lo clásico, aquí no salimos de lo clásico, tenemos: el Poder Municipal, Estadal y el Poder Nacional, Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. Ahora pasamos a lo siguiente, propongo que se redacte de la siguiente forma: El Poder Público se distribuye territorialmente en la siguiente forma: El Poder Popular (lo ponemos de primero), el Poder Municipal, el Poder Estatal y el Poder Nacional. Con relación al contenido de las funciones que ejerce, el Poder Público se organiza en: Legislativo, Ejecutivo, Judicial,Ciudadano y Electoral.

El pueblo es el depositario de la soberanía, y la ejerce directamente a través del Poder Popular, éste no nace del sufragio ni de elección alguna, sino que nace de la condición de los grupos humanos organizados como bases de la población.

El Poder Popular se expresa constituyendo las comunidades, las comunas y el autogobierno de las ciudades (pido que nos fijemos en estas tres escalas, primero la comunidad, segundo las comunas, y tercero las ciudades), a través de los consejos comunales, los consejos obreros, los consejos campesinos, los consejos estudiantiles, y otros entes que señale la ley ; Termina así, recóndito, creo yo, modestamente lo digo, el artículo 136. Incrustando en el alma de la Constitución el Poder Constituyente, el Poder Popular, y todos los demás poderes deben estar sujetos a la voluntad del Poder Popular. termina la cita.

En el 2007 este planteamiento era lógico era una reforma que se le estaba haciendo a la Constitución Bolivariana en aras repito de abrir el Camino hacia la construcción del Estado Comunal. E ir después hacia una constituyente nacional para construir el estado comunal.

Hoy 2017 no es simplemente modificar un articulo como lo es el 136 de la actual constitución, para que aparezca el nombre de los Consejos Comunales y Comunas como expresión del Poder Popular; y engañarnos de nuevo; No señores: No podemos andar con media tintas ni con reformista es la hora de crear un nuevo texto Constitucional donde exista un Titulo donde se desarrolle la organización atribuciones y el funcionamiento de la soberanía del pueblo ( Poder Popular) en todo lo relativo al ejercicio de su soberanía, es crear la Asamblea Nacional Ciudadana del Poder Popular como la máxima autoridad de la República Bolivariana de Venezuela, donde una de sus atribuciones sea activarse como poder constituyente en el momento que el pueblo así lo requiera, la de interpelar, de pedir cuentas a los administradores de las riquezas de nuestra nacion.

En el 2007 Chávez proponía, cito -Propuesta: se incorporan las misiones como figura alternativa de Administración Pública

La administración pública. Este tema es fundamental, la lucha contra el burocratismo, contra lacorrupción, ese es un cáncer que tenemos nosotros dentro de la administración pública. Hemos hecho algunos cambios, pero para nada, ni siquiera cercanos a los que necesitamos.

. El Artículo 141, aquí estamos incluyendo las misiones, esto es algo estratégico. He tenido el cuidado de incluir las misiones, y ruego que tengamos cuidado de incluirlas, es necesario incluirlas en la Constitución como una figura alternativa de administración pública, pero sin encadenarlas, sin burocratizarlas, sin limitarlas por exceso de legalismo o de estructuras jurídicas. Lo leo, Artículo 141:

Las administraciones públicas son las estructuras organizativas destinadas a servir de instrumento a los poderes públicos para el ejercicio de sus funciones, y para la prestación de los servicios. Las categorías de administraciones públicas son (aquí entro a dividir en dos lascategorías de administraciones públicas, esto es una figura novedosísima): Las administraciones públicas burocráticas o tradicionales, que son las que atienden a las estructuras previstas y reguladas en esta Constitución y las leyes. Y las Misiones constituidas por organizaciones de variada naturaleza, creadas para atender a la satisfacción de las más sentidas y urgentes necesidades de la población, cuya prestación exige de la aplicación de sistemas excepcionales, e incluso, experimentales, (muchas de estas cosas son experimentales), los cuales serán establecidos por el Poder Ejecutivo mediante reglamentos organizativos y funcionales.

Fíjense que está expresamente previsto que las misiones no se encierren en una Ley, no; la Constitución las establece, aquí no aparecen obviamente. Pero luego vamos a reglamentos que son mucho más flexibles, fáciles de cambiar y de acoplar al avance de esas misiones. Porque son, como se dice en la definición, aplicación de sistemas excepcionales, e incluso, experimentales, y organizaciones de variada y cambiante naturaleza. fin de la cita. Esta era la propuesta de nuestro máximo líder Chávez.

Ahora 2017, que estamos en el proceso constituyente para la creación de un nuevo Estado Comunal, y como digo nuestro presidente Nicolás Maduro no debemos tener miedo se debe crear el Estado Comunal y en este sentido las necesidades de un ser humano o de las familias no deben depender de una misión, no puede ser que si el gobierno no activa la misión una familia no tendrá una vivienda, la seguridad de una familia no puede depender de una misión, debe ser un derecho constitucional y una obligación del Estado como gobierno o administrador de los recursos del país, en dotar de una vivienda aquellas familias de bajos recursos, que no pueden construir su vivienda e igualmente la misión amor mayor debe ser un derecho constitucional que todo adulto mayor sea pensionado. Y otras necesidades.

Debemos estar claro como lo estaba nuestro máximo líder, que esta nación la esta matando la corrupción, el burocratismo y la cultura dependiente de la renta petrolera.

ex candidato constituyente

 



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Amado Rivero

Luchador social promotor de la constituyente municipal ex candidato de la constituyente 2017 , escritor. Administrador del blog las comunas de Venezuela. Vocero principal del corredor 4 de febrero

 amadorivero2000@hotmail.com

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