El presidente Maduro anunció, en cadena nacional, la propuesta de reformar la Constitución para lograr la "ampliación y perfeccionamiento de la democracia participativa protagónica y de la democracia directa..." También habló de: "la incorporación del poder comunal, social y popular a los tres niveles de poderes existentes..." de "La construcción de una nueva sociedad..." Y de "Un Nuevo Modelo Económico diversificado..."
Veamos lo que dice el artículo 136 de la Constitución: "El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que les incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado."
A la luz de lo anunciado por Maduro "lo comunal" ingresaría a la Constitución como uno más de los tres poderes públicos existentes, como lo quería Chávez cuando, en el 2007, llamó al pueblo a darle constitucionalidad a la "Nueva Geometría del Poder". Ese llamado, diáfanamente delineado como nuevo poder, debe ser nuestra guía. Veámoslo:
-"La unidad política primaria de la organización territorial nacional será la ciudad, entendida esta como todo asentamiento poblacional dentro del Municipio, e integrada por áreas o extensiones geográficas denominadas Comunas.
-Las comunas serán las células sociales del territorio y estarán conformadas por las comunidades, cada una de las cuales constituirán el núcleo espacial básico e indivisible del Estado Socialista Venezolano.
-A partir de la comunidad y la comuna, el Poder Popular desarrollará formas de agregación comunitaria político-territorial, las cuales serán reguladas en la Ley, y que constituyan formas de autogobierno y cualquier otra expresión de democracia directa.
-La Ciudad Comunal se constituye, por decreto del Presidente de la República en Consejo de Ministros, cuando en la totalidad de su perímetro, se hayan establecido las comunidades organizadas, las comunas y los Autogobiernos Comunales."
Ahora bien, el primero de estos cuatros puntos propuestos por Chávez modifica radicalmente el artículo 168 de la Constitución pues, ese artículo señala: "los municipios constituyen la unidad político primaria de la organización nacional..." Esta es la clave fundamental de su propuesta porque, Chávez, preservando la estructura municipal, coloca a las ciudades como la unidad política primaria del territorio nacional. Esto pasa por reconocer a la ciudad -junto a los caseríos y las tierras productivas y naturales que le tributan- como el espacio donde los ciudadanos viven, se relacionan y producen.
Al constitucionalizar ese ámbito vital, como parte de la escalera comunal construida por Chávez, entraremos en una relación dialéctica que nos lleva a profundizar la democracia mientras subimos al cielo socialista.