El pasado martes 22.01.13, mucha gente vio con emoción que se retomara la discusión del proyecto de ley para regular los precios de los vehículos en este país. Ley que se hace necesaria por la altísima especulación y usura acometidas por los que están en el negocio de los vehículos, o carros como decimos en criollo. Hasta una ley debe hacerse en Venezuela, para tratar de controlar el abuso que cometen contra el noble pueblo venezolano esos muérganos e inescrupulosos comerciantes de vehículos nuevos o usados (excepción para los que no se sientan que pertenecen a este grupo). Venezuela, tal vez único país sobre este planeta, donde los carros de segunda mano suben de precios de manera inexorable. Eso lo sabemos todos, lo comentamos todos. En otros países, mientras un modelo de vehículo se hace más viejo, su precio va disminuyendo de manera sustancial. Claro, excepción para los carros de colección.
Ahora, con respecto a lo propuesto en la ley queremos expresar algunas consideraciones que nos parecen pertinentes tomar en cuenta. Una primera es sobre los precios de venta sugeridos o precios de venta al público, definido en el Art 4, en particular sobre la regulación de los precios de compra y venta sugeridos. Estos precios serían regulados por una comisión integrada, entre otros, por las ensambladoras y las importadoras. En esto habría que tener muchísimo cuidado. En parte por aquello de zamuro cuidando carne. Esto lo decimos porque si vemos los precios de ventas de algunas ensambladoras e importadoras en este país, en los actuales momentos sus precios de venta, colocados en sus páginas WEB oficiales, distan exageradamente de los precios para los mismos vehículos en otros países. En el nuestro, los precios son descaradamente elevados.
Como ejemplo para lo que queremos plantear, tomaremos una popular y tradicional marca transnacional en Venezuela: FORD. Tomaremos los precios mostrados para una modelo especifico mostrados en la WEB de la FORD en Venezuela (http://www.ford.com.ve/Camionetas/Explorer/Precios y lo compararemos con los precios de los mismos modelos mostrados en la WEB de la FORD en USA (http://www.ford.com/suvs/explorer/). En la WEB de la FORD en los Estados Unidos el precio de una EXPLORER XLT es de US Dólar 36.680,00. En la WEB de la FORD en Venezuela el precio de una EXPLORER XLT es de BsF. 543.324,05. Ahora bien, si tomamos en cuenta lo dicho por el diputado que presentó el proyecto en la AN, que a los que están en el negocio de los carros se les da el dólar a 4.30 y multiplicamos por los 36.680 dólares, tenemos que eso da como resultado exactamente 157.724 bolívares. Este debería sería, teóricamente, el valor de una EXPLORER XLT en Venezuela, es decir, 157.724 bolívares. Si restamos el precio dado en la WEB FORD de Venezuela para el mencionado vehículo, tenemos que 543.324,05 menos 157.724, da 385.600,05. Es decir, que los venezolanos estamos pagando 385. 600 bolívares demás por el mismo vehículo. Si dividimos este monto entre el dólar oficial tenemos que 385.600,05 entre 4.30 es igual a 89.674 dólares. Igual, al convertir en dólares el precio dado en la WEB de la FORD en Venezuela tenemos que 543.324,05 entre 4.30 da como resultado 126.354 dólares. Para ilustrar, una EXPLORER XLT le cuesta a los gringos 36.680 dólares y a nosotros nos la venden los comerciantes de carros venezolanos en 126.354 dólares.
En resumen los empresarios del automovilismo en nuestro país se están metiendo, de acuerdo con esta comparación, por cada vehículo de estos unos 89.674 dólares demás en sus bolsillos. Con lo que se compra una EXPLORER XLT en Venezuela pueden comprarse tres (03) EXPLORER XLT en los Estados Unidos y todavía sobran varios miles de dólares.
La pregunta inmediata que nos surge es cómo es que van a participar estos empresarios de vehículos en la regulación de precios si con los ejemplos anteriores vemos que son grandes especuladores. La otra inquietud que queremos dejar sentada aquí es que tenemos la sensación que a pesar de ser histórico estos precios especulativos, pareciera que son los que se van a tomar como precios de referencia, base: los precios sugeridos por las vendedoras de carros nuevos serán los precios de venta al público. Queda frustrada la esperanza, si esto no se corrige, que en Venezuela podamos adquirir vehículos con precios justos, igual como se venden en estos momentos en otras naciones del mundo. Pareciera entonces que esos precios especulativos quedarán allí para siempre. Hay la esperanza que por estar abusando y robando al pueblo, la ley obligue a esos especuladores a bajar los precios actuales con los cuales venden los vehículos. Por otro lado, por los bajos precios de la energía en nuestro país, fundamental para la industria automotriz, los precios de los vehículos ensamblados en el territorio nacional deberían ser más bajos aún que en muchos otros países.
En el Art 11, se indica que las empresas en el negocio de los vehículos deben mostrar en los medios “las listas de precios de venta sugeridos o precio de venta al público de los vehículos automotores establecidos por la casa matriz”. Esto llena de confusión cuando en el Art. 5, se señala que una comisión (sobre la cual hicimos la crítica en cuanto a los miembros que se proponen componerla), en función de varios criterios, será la que regule los precios. De ser así, los precios que deberían considerarse serían los establecidos por la comisión y no los que establezcan las casas matrices. También señala el Art. 11 que deben ser mostrados por las empresas de los vehículos los precios de 5 países de Latinoamérica - extrañamente excluye al cercano USA, que de alguna manera rige los precios a nivel americano y, como vimos, sus precios son mucho más bajos que los de aquí - “con la finalidad de comparar los precios con el mercado nacional”. Pueda que esto tenga más bien un efecto reflexivo, al principio. Pero más que “comparar los precios” debería ser con la finalidad sincerar y ajustar los precios del mercado nacional. Si queda así, no nos queda muy claro como ayudará esta comparación de precios a mantener, por ley, los precios reales de los vehículos en nuestro país.
Finalmente, no compartimos eso de hacer listas, pues como sea, se prestan para la trampa. Si me tiras algo, te pongo en la lista. ¿Cómo se controla eso?. Tampoco queda claro lo del control en los registros. Como sabemos, el precio que se registra pudiera ser la oficial, de acuerdo a lo propuesto en la ley, pero y con lo que hay que “bajarse aparte”, cómo se evita?. Vemos que las penalizaciones son casi todas monetarias. Muchas de ellas, fáciles de ser pagadas en este lucrativo y multimillonario negocio. Deberían ser mayores las multas. La cárcel, por varios años, sin derecho a salir bajo palabra, sería una buena opción.
Mosca pues con el buen espíritu de esta novísima ley, que no sea violada antes de nacer. Mosca que en las comisiones que van a controlar los precio se coleen los que hasta ahora han esquilmado con millones y millones de bolívares a los venezolanos. Sería la misma vaina!.
(*) Profesor Titular ULA
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