Una urgente reflexión cultural

La Legislación Cultural de Venezuela, de acuerdo a una moción de organización y distribución temática del ordenamiento estatutario y normativo está constituida: primero: por las Disposiciones Culturales Constitucionales, expresadas en la Carta Magna del año 1999. Segundo: por un Sistema de Regímenes Legales Culturales, los cuales son: el Régimen de Derecho de Autor y Depósito Legal. El Régimen Legal de los Recursos Culturales. El Régimen Legal de los Medios de Comunicación Social y el Régimen Fiscal de las Obras de Arte, pertenecientes al Patrimonio del Estado. Este último régimen sería sistematizado por el Dr. Pedro Manuel Guédez (1981). Hasta donde conocemos, quizás la primera vez que se realiza un ordenamiento selectivo de la legislación cultural en Venezuela, estuvo coordinado por el Dr. Edwin Harvey, a propósito de sistematizar la normativa cultural tanto fundamental como específica de los países signatarios del Pacto Subregional Andino: "Este trabajo de ordenamiento y sistematización legislativa, dispuesto por las autoridades del Convenio Andrés Bello en 1975, dio lugar a un proceso de recopilación que fue afortunadamente completado en 1982, después de 4 años de trabajo. Es una obra de 8 volúmenes que representa el mayor esfuerzo realizado hasta el presente en el Mundo de ordenamiento de un repertorio de legislación cultural comparada en 7 países, es decir, de los 6 originarios del Convenio más Panamá" (Harvey, 1992).

Esta investigación resulta histórica y fundamental, la cual debería actualizarse. Por ejemplo, ya la República Bolivariana de Venezuela tiene una Ley Orgánica de Cultura. De igual manera, se actualizó la Ley de Artesanías y ello constituye, de alguna manera, un avance. No obstante, resulta necesario renovar la normativa cultural, por ejemplo, como la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural, sólo para citar un ejemplo. Las leyes culturales de los Estados y las ordenanzas de igual naturaleza de las entidades locales, los municipios están en mora. Una infinita tardanza se ha instalado en las gestiones culturales legislativas, pero también en las ejecutivas culturales. Aun teniendo unas disposiciones culturales revolucionarias no se ha emprendido un trabajo legislativo cultural revolucionario en los Estados y Municipios. El asunto anda estacado, escandalosamente lento e incluso descuidado.

Se requiere emprender, resueltamente, una revolución legislativa cultural, que transforme toda una normativa cultural, que parece no estar en sintonía con la Constitución de 1999. Un exministro de Cultura llegó a decir: Hay que crear una institucionalidad revolucionaria, a propósito de la cultura. (Farruco Sesto, 2010). A estas alturas del partido caben las interrogantes ¿Se logró una institucionalidad del Poder Popular para la Cultura? ¿Se ha alcanzado una institucionalidad cultural revolucionaria? Hemos afirmado, categóricamente, que la revolución cultural de la República Bolivariana se inició con los preceptos culturales constitucionales, pero en términos de gerencia y realización de institucionalidad cultural la situación resulta crítica, lenta, estacada. ¿Qué se ha logrado desde el punto de vista culturalmente revolucionario? La respuesta resulta comprometedora. Si partimos de aquella máxima de que por los frutos los conoceréis, el asunto podría resultar comprometedor y lleno de abundantes críticas. ¿Qué es de la vida de los gabinetes culturales? No queremos emprender una crítica malsana, desproporcionada e irresponsable. Esos atriles ni de vaina nos interesan. Es necesario e imprescindible ser objetivos. El asunto de la gestión cultural no anda bien. En todo caso anda cojo. No hay audacia ni pegada. ¿Se ha realizado una revolución cultural más allá de los preceptos constitucionales? O nos sinceramos o nos vamos al carajo. ¿Qué pasó con la gran lograda batería de revistas? ¿Se siente, se percibe, una acción cultural pública revolucionaria? Las interrogantes son muchas y demasiadas, quizás alarmantes. Una revolución cultural tiene que producir un impacto espiritual, social y definitivo en el quehacer cultural cotidiano. ¿Se ha logrado eso, se siente socialmente? Las dudas nos toman por asalto y la preocupación se ha tornado permanente. No es posible observar una reflexión crítica y contundente al respecto. Quien crea que está haciendo una revolución cultural, por tener, por ejemplo. una gran orquesta académica, sencillamente, no entiende la dimensión del asunto cultural. ¿Las culturas populares, constitutivas de la venezolanidad, tal como lo precisa la Carta Magna, gozan de atención especial en la práctica, en el quehacer cotidiano?

Es indudable que la nueva Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, particularmente las Disposiciones Fundamentales relacionadas con la Cultura y la Comunicación, han producido un cambio en la base fundamental y en el asidero conceptual de los Regímenes Legales Culturales del país. El período comprendido entre los años 1999- 2000 significó la sanción, aprobación y entrada en vigencia de un conjunto de postulados superiores culturales, en general, y de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, en particular, que determinan cambios vitales y fundamentales en el Sistema de Regímenes Culturales, en su totalidad, y concretamente en el Régimen Legal de los Medios de Comunicación Social. No obstante, la aprobación, por la vía habilitante, de la Ley Orgánica de Cultura fue un parto mal parido. Perdió su condición popular, de consulta, de participación protagónica de los dolientes. Eso constituyó una gran cagada de los oportunistas. Un aborto hecho con los cinco agravantes del crimen: premeditación, alevosía, nocturnidad y ventaja física. Valga la reflexión jurídica como una gran metáfora.

La inferencia propuesta es la siguiente: si las nuevas Disposiciones Culturales Constitucionales y los Postulados en Comunicaciones específicos determinan un significativo cambio conceptual en el Sistema de Regímenes Legales Culturales del país; entonces es indudable que la normativa cultural fundamental y específica de las entidades federales experimentará cambios proporcionales y en la misma dimensión. La acción legislativa cultural anda, desde hace rato, paralizada. La voluntad política para con la cultura también está extraviada y el producto legislativo cultural no se ve por ningún lado: ni en los municipios, tampoco en los estados y a nivel nacional anda cojo. Proponemos emprender una reflexión autocrítica de lo que está sucediendo con la gestión pública cultural, sin tapujos ni complejos: menos lisonjería. Parece impostergable emprender una reflexión crítica cultural revolucionaria, es la propuesta. Seguiremos sobre el tópico.



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Efraín Valenzuela

Católico, comunista, bolivariano y chavista. Caraqueño de la parroquia 23 de Enero, donde desde pequeño anduvo metido en peos. Especializado en Legislación Cultural, Cultura Festiva, Municipio y Cultura y Religiosidad Popular.

 efrainvalentutor@gmail.com

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