El común de la calle, parece tener la impresión de que nuestras cárceles están pobladas principalmente por ladrones peligrosos, homicidas, violadores y secuestradores y que por lo tanto, éstos están donde deben estar. Si tal circunstancia fuese exacta, se justificaría tal conclusión, pero por desgracia no es así. Los dos tercios de la totalidad de los reclusos en el país, que alcanza a 21 mil aproximadamente, están procesados por delitos contra la propiedad sin violencia, tales como hurto simple, falsificación, estafa y hurto de automóviles. Los procesados por homicidios, violación o secuestro, no llegan al 15 %, el resto ha perpetrado hurtos con violencia y otras variedades de delito.
Algunos de los reclusos son, sin lugar a dudas, enemigos viciosos e irrecuperables de la sociedad y un número considerable constituido por individuos mental y físicamente incapacitados. Otros son desviados sociales, que consideran al trabajo como la maldición del hombre blanco, surgidos bajo condiciones desfavorables de nuestras populosas ciudades víctimas del alcohol, estupefacientes o barbitúricos. Los establecimientos carcelarios no cuentan con psiquiatras suficientes, para brindar asistencia profesional a quienes lo necesitan.
Superpoblación significa ocio y en algunas cárceles una cifra que llega al 70 por ciento, permanece inactiva en sus celdas o deambula por los patios. Así, lo que debería ser un período que habilitará para un nuevo comienzo, se convierte en una pausa que embrutece y esteriliza. Los efectos de la superpoblación son más destructivos cuando no hay labor reeducadora.
El Código Orgánico Procesal Penal (1999), prevé los juicios orales ofreciendo a los tribunales un modo práctico para reducir el número de reclusos, fijando una condena dentro de los límites legales con la admisión de los hechos, que reduce considerablemente la pena y los acuerdos reparatorios que permiten seguir gozando de libertad, siempre y cuando se repare el daño causado. También establece la presunción de inocencia, hasta tanto no se establezca la culpabilidad mediante sentencia firme.
Los planes de alfabetización hasta profesionales y culturales de los reclusos, atenúa el delito y permite que las cárceles cumplan esa labor reeducadora, en lugar de considerarla como depósito de residuos sociales. Se debe echar una mirada sobre las personas que están encarceladas y liberar a todos los que no deberían estarlo. Y hasta la próxima, si Dios quiere.
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