Suenan aun las cadenas jurídicas de la globalización

Comparto el artículo de Luis Brito García, publicado en Aporrea OSCURIDAD PARA LA CASA, CLARIDAD PARA LAS TRANSNACIONALES, articulo que desnuda una realidad que llevamos años alertando y que partiendo de un personaje como el bien pudiera significar un aporte a lo que hemos venido planteando, Pues si bien es cierto que la actual constitución en el artículo 301 establece "el Estado se reserva el uso de la política comercial para defender las actividades económicas de las empresas nacionales públicas y privadas. No se podrá otorgar a personas, empresas u organismos extranjeros regímenes más beneficiosos que los establecidos para los nacionales".

También es cierto que en la misma carta magna el articulo 113 deja abierta claramente esa posibilidad "Cuando se trate de explotación de recursos naturales propiedad de la Nación o de la prestación de servicios de naturaleza pública con exclusividad o sin ella, el Estado podrá otorgar concesiones por tiempo determinado, asegurando siempre la existencia de contraprestaciones o contrapartidas adecuadas al interés público."

De su propio texto se infiere el carácter privatizador no solo en lo que se refiere a la explotación de los recursos naturales, sino también a la prestación de servicios públicos como salud, educación, electricidad, agua, entre otros. Articulo al cual cabe reconocer también Luis Brito ha hecho referencia y ha llamado la atención en anteriores artículos que hemos compartido.

Se pregunta y alerta Luis Brito ¿por qué la Ley de Protección de la Inversión Extranjera presentada hoy por la Asamblea Constituyente concede a los extranjeros todos los privilegios que niega a los venezolanos? Me atrevo a responder tal vez por la misma razón que nos opusimos a que el Presidente Chávez decidiera respetar el proceso de convenios internacionales que recibimos de la entreguista y cuestionada Apertura Petrolera de Caldera cuya clausula decima sextina acordaba entre otras cosas"… el modo de resolver controversias en materia que no sea de competencia del comité de control y que no pueda dirimirse por acuerdo entre las partes, será el arbitraje, el cual se realizara según las reglas de procedimiento de la CAMARA INTERNACIONAL DE COMERCIO, vigentes al momento de la firma del convenio" decisiones que como Luis Brito señala se mantiene pendientes y que solo bastaría una racha de sentencias adversas para herirnos de muerte. Por estas mismas razones también nos opusimos al Contrato Marco que rige la creación de las muy glorificadas Empresas Mixtas, en cuyo andamiaje también se vislumbra el arbitraje internacional como privilegio a las compañías trasnacionales petroleras.

Alertados estamos que la Ley de Protección de la Inversión Extranjera apunta a favorecer la sangría de capitales de las venas abiertas de nuestra economía. Proyecto de Ley que es propuesta nada más y nada menos que por la no muy trasparente Asamblea Constituyente.

Nos hacemos eco de esta alerta de Luis Brito García, prestos a acompañar cualquier acción que la contrarreste tal como lo hicimos ayer cuando acompañamos a Luis Brito junto a Fermín Toro en su demanda contra el Tratado del no pago de la doble tributación entre Estados Unidos y Venezuela y el Tratado de Protección de Inversión entre Estados Unidos y Venezuela, proyectos que impedía entre otras cosas proteger económicamente a las empresas y personas nacionales, así como defender aspectos amenazados y vitales de la soberanía nacional.

Hoy en medio de un escenario de distracción muy bien estructurado se pretende reeditar tan lesiva jurisprudencia a la par de la más vil entrega de nuestros recursos y el mayor daño ecológico de nuestra historia.

Suenan aun las cadenas jurídicas de la globalización, nos quedan muchas batallas por librar contra la esclavitud jurídica y la dependencia para considerarnos definitivamente libres.



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Natali Vásquez


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