Este planteamiento pro privatización de nuestras instituciones universitarias que hace Ferreira, vicerrector administrativo de la UC, es consecuente con la propuesta de LEU que hiciera la oligarquía profesoral de la Averu, y que presentaron ante la Asamblea Nacional en diciembre pasado. El artículo 158 de dicha propuesta de Ley es muy claro: “En concordancia con los principios de solidaridad social y corresponsabilidad del Estado y los ciudadanos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los egresados de las instituciones de educación universitaria contribuirán económicamente, a través de sus empleadores, con un Fondo Solidario de Desarrollo Institucional de las instituciones de educación universitaria de la cual sean egresados, que cada una de ellas creará en virtud de su autonomía, según los parámetros que establecerá para tal fin el Consejo de Coordinación del Sistema Nacional de Educación Universitaria…”
La Constitución Bolivariana que nos dimos a partir de 1999, consecuente con la expresión rectora del Estado en la educación, el Estado Docente, a los fines de garantizar la gratuidad de los estudios universitarios hasta el pregrado, concibe el financiamiento de nuestras instituciones universitarias como una obligación del Estado: “La educación es obligatoria en todos sus niveles, desde el maternal hasta el nivel medio diversificado. La impartida en las instituciones del Estado es gratuita hasta el pregrado universitario. A tal fin, el Estado realizará una inversión prioritaria, de conformidad con las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas. El Estado creará y sostendrá instituciones y servicios suficientemente dotados para asegurar el acceso, permanencia y culminación en el sistema educativo…” (C.R.B.V., Artículo 103).
Deja abierta la posibilidad de financiamiento privado nuestra Constitución Bolivariana, solo en los siguientes casos: “Las contribuciones de los particulares a proyectos y programas educativos públicos a nivel medio y universitario serán reconocidas como desgravámenes al impuesto sobre la renta según la ley respectiva…” (C.R.B.V., Artículo 103). Es decir, solo se podrá dar financiamiento privado a determinados proyectos y programas educativos, más, no sería procedente, en cuanto a gastos de funcionamiento de las instituciones universitarias, tal como lo plantea el vicerrector administrativo de la UC; ya que de hacerlo algún privado, eso le permitiría influir –a los privados- sobre los planes de formación de los futuros profesionales de nuestras instituciones universitarias, sus programas de investigación, lo que, en el fondo, no es más que incitar a la violación del principio de Autonomía Universitaria y de Libertad de Cátedra.
Esta propuesta que viene impulsando la oligarquía profesoral de la Averu, busca abrir una brecha que les permita resquebrajar el financiamiento público de nuestra educación, abrirles cauces de acceso al financiamiento privado, tal cual lo planteó en reciente foro en Últimas Noticias, el estudiante presidente de la FCU-UCV, Diego Scharifker, quien manifestaba su preferencia porque los planes de estudios de nuestras instituciones universitarias los definieran las transnacionales al gobierno de turno en nuestra Patria.
Sin duda, la oligarquía profesoral con dicha propuesta busca obtener el mismo resultado que lograron con la Ley que Reserva al Estado la Industria y el Comercio de los Hidrocarburos, elaborada por la Comisión Presidencial de la Reversión Petrolera y presentada al Presidente de la República, en acto solemne, el 23 de diciembre de 1974, en la que introdujeron el famoso Artículo 5º: "En casos especiales y cuando así convenga al interés público, el Ejecutivo Nacional o los referidos entes podrán, en el ejercicio de cualquiera de las señaladas actividades, celebrar convenios de asociación con entes privados, con una participación tal que garantice el control por parte del Estado y con una duración determinada. Para la celebración de tales convenios se requerirá la previa autorización de las Cámaras en sesión conjunta, dentro de las condiciones que fijen, una vez que hayan sido debidamente informadas por el Ejecutivo Nacional de todas las circunstancias pertinentes.", fue precisamente ese artículo, el que permitiría años después iniciar el proceso privatizador de Petróleos de Venezuela, mediante la llamada “apertura petrolera”, hasta que llegara Hugo Chávez e iniciara la reversión de esa política de entrega de nuestros recursos naturales a las transnacionales, renacionalizando nuestro petróleo.
Las diputadas/diputados revolucionarios, deben estar ojo pelao con estas pretensiones de la burguesía de impulsar vía Ley de Financiamiento, su acceso a nuestras instituciones universitarias y poder influenciarlas desde sus lujosas oficinas.
Pero, así como pretenden privatizar nuestras instituciones universitarias mediante propuestas de leyes, a lo interno de nuestras universidades han creado diversos mecanismos para desviar recursos públicos obtenidos de los presupuestos otorgados por el Estado, hacia Fundaciones de “carácter privado”, como osan llamarlas. Esta forma de actuación es totalmente contraria a disposiciones legales contenidas en la Ley Contra la Corrupción, específicamente en lo concerniente a los Delitos contra el Patrimonio Público, a tal efecto, el artículo 54 de dicha Ley: “El funcionario público que, indebidamente, en beneficio particular o para fines contrarios a los previstos en las leyes, reglamentos, resoluciones u órdenes de servicio, utilice o permita que otra persona utilice bienes del patrimonio público o en poder de algún organismo público, o de empresas del Estado cuya administración, tenencia o custodia se le haya confiado, será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años…”, este delito se ha generalizado en nuestras instituciones universitarias sin que la Contraloría ni Fiscalía hagan nada para impedirlo.
Un ejemplo de ello, lo constituye el caso del Instituto de Inmunología, reconocida institución de nuestra UCV, que ha montado sendo centro de investigación con tecnología de punta, siendo uno de los principales del país. Pues bien, la mentalidad mercantil que priva en la oligarquía profesoral que dirige esa universidad ha puesto sus ojos en los buenos dividendos que pueden obtenerse de la venta de servicios a terceros. Para saltarse los controles de la Contraloría, esa oligarquía profesoral creó Inmunología Asociación Civil (IAC), inscrita en la oficina subalterna, cuarto circuito de registro público, municipio Libertador de Distrito Federal, bajo el Nº 2, protocolo primero, tomo 13, en fecha 25 de mayo de 2000.
Inmunología Asociación Civil, IAC, utiliza personal de la UCV, equipos de la UCV, servicios básicos de la UCV (luz, agua, telefonía) y los recursos que obtenga serán manejados en conjunto con el Instituto de Inmunología, en cuenta conjunta entre ambas instituciones; ¿para qué se crea una Asociación Civil si el Instituto puede perfectamente, dentro de sus facultades legales manejar recursos obtenidos mediante la prestación de servicios a terceros? La respuesta que tenemos no es otra, sino privatizar las ganancias, obtenidas de la explotación de recursos de personal, equipos y servicios que pertenecen a todas/todos los venezolanos, en otras palabras, recursos del patrimonio público. Así están las cosas, en nuestras instituciones universitarias, tan iguales a la alcaldía de Maracaibo.
henryesc@yahoo.es
Caracas, 21 de febrero de 2011