Con motivo de celebrarse el día del abogado, tuvimos en gran placer contar en una sesión especial del Consejo Legislativo del estado Nueva Esparta, con el Dr. Hermann Escarra como orador y este servidor tuvo el honor de ser su presentador. Pero, como en todo, siempre hay quienes se dedican a criticar. Primero critican a Escarra por haber asumido en algún tiempo una posición contraria al gobierno revolucionario, pero tenemos muchos que fueron hombres de confianza de Chavez, que en determinados momentos asumieron posiciones contrarias y hoy día gozan de mucho respeto en las filas de la revolución y el alto gobierno, así como con Chavez hasta su muerte. Por otra parte mencionan que por qué no fue un Abogado de la isla el Orador, lo cual no lo critico, pero ¿cómo podemos asumir esas posiciones?, teniendo, en mi criterio, al mejor Abogado Constitucionalista con que cuenta el país. Así mismo ¿cómo se va a decir que fue el antojo de un solo Legislador tal decisión?, para que sepan, estas decisiones en el Consejo Legislativo se deciden por mayoría, y la designación de Escarra como Orador conto con el apoyo de seis de los siete legisladores, se abstuvo uno de la oposición.
Escarra en su discurso habló sobre la evolución del Estado Constitucional de Derecho, que nace con la declaración de los derechos y libertades fundamentales, la noción de soberanía, el control de constitucionalidad, la idea de Constitución, la doctrina republicana, la organización territorial del Estado, la idea Federal, la organización del Poder Legislativo y de la Alta Corte de Justicia, así como la creación de Consejos de Estados Consultivos, pero sobretodo una noción clara de los Derechos del Pueblo donde reside la Soberanía Nacional.
Según Hermann, la Constitución basa su legitimidad no sólo en el contenido mismo de las normas o por su justicia, sino porque emana de la voluntad soberana del pueblo. Una constitución es algo previo y superior al Gobierno y al Estado mismo, un Gobierno, sus atribuciones, competencia y organización no es sino la creación de una Constitución de allí, que la constitución no puede ser un acto de gobierno ni de una persona o grupo o sector, es el acto más sagrado de un pueblo cuando decide ser libre y hacer respetar su dignidad.
Escarra alabo la reciente aprobada Constitución del estado Bolivariano de Nueva Esparta, que baso su principio fundamental en la soberanía del pueblo e incorporo el Poder Popular, así como las Comunas, Consejos Comunales y demás manifestaciones de ese poder popular.
El Abogado Constitucionalista nos dice que si la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, ante cualquier eventualidad todo ciudadano investido o no de autoridad tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia. Ciertamente se escuchan voces bien entonadas con más capital que vergüenza, que hacen un mal uso de la libertad sin recordar que la tolerancia es el respeto reciproco entre mujeres y hombres iguales en derechos y libertades.
Escarra termino su discurso con un compromiso público e irrefutable con la revolución que nos dejo sembrada el comodante eterno Hugo Chavez Frías.