Desde Nueva Esparta damos un total apoyo a la propuesta formulada este miércoles por el Abogado Constitucionalista Herman Escarra; desde este momento estamos un grupo de Abogados en contacto para actuar en consecuencia.
En reiteradas oportunidades he manifestado que si nos ceñimos a lo que establece el reglamento para el proceso revocatorio, solo tomando en cuenta los tramites que debe realizar la oposición, es muy cierto que habría oportunidad de realizar el Revocatorio este año; pero en todo Proceso Legal hay dos partes, sino estaríamos en un estado de indefensión; por cuanto, tanto el presidente Nicolás Maduro como cualquier ciudadano que considere cercenado sus derechos o que vea algún trámite o proceso no acorde con el reglamento para activar el revocatorio esta en todo su derecho de solicitar las revisiones a que haya lugar o impugnar el proceso en cualquier instancia o grado que se encuentre.
La Constitución Nacional establece en su artículo 27 el derecho que tiene todo ciudadano de ser amparado por los tribunales en defensa del goce y ejercicio de sus derechos y garantías; además el artículo 49 constitucional establece el debido proceso, en cuanto a que la defensa y la asistencia jurídica son derechos inviolables y que por tanto debe ser atendida en este caso cualquier Amparo que formule cada uno de los ciudadanos si ven cercenados sus derechos, en caso de que pretendan activar el revocatorio en una forma que vulnere las leyes o sus derechos.