Los Colegios de Profesionales, con sus agremiados obligados a inscribirse en ellos, resultan del cielo a la tierra comparables con las llamadas Asociaciones de Profesionales, éstas eran unas muy dignas agrupaciones en donde predominaba lo humano. La mayoría de sus edificaciones, por no decir en su totalidad, son lugares para hacer negocios y no levantar sospechas de quien vea reunidos en sus sedes, por ejm., a querellantes en un litigio común en algún Tribunal de la República, al defensor, acusador y hasta al mismísimo juez de la causa. Ahora, ¿Qué se hace en los Colegios con el Código de Ética Profesional respectivo y la Ley específica a cada especialidad profesional? Es público y notorio que en la actualidad esos instrumentos solo sirven para consumar represalias políticas contra colegas que no están de acuerdo con las ejecutorias de las directivas de turno, siendo así como esas tales directivas levantan amañados expedientes al disidente que luego pasan a sus propios y sumisos Tribunales Disciplinarios, para que sean ellos los que le condenen e impidan ejercer su profesión.
Veamos el caso de la justicia privada aberrante. El Colegio Médico del Estado Carabobo, Venezuela, a través de su Tribunal Disciplinario actúa como si fuera un Supra Organismo de Justicia, manejando y aplicando la Ley del Ejercicio de la Medicina con un desparpajo inaudito, dicta sentencias y condenas que luego son ratificadas por el Tribunal Disciplinario de la Federación Médica Venezolana, tal como si fuera éste una instancia superior que simula otro Tribunal Supremo de Justicia de la República; y aquel confirma la sentencia. Todo ésto es una burda distorsión de la Justicia, es una parodia, es una mofa, por lo que es necesario que se opere un cambio. He aquí la narración de dos casos manejados con groseros procedimientos por el Colegio de Médicos del Estado Carabobo. Hace unos años sucedió que un joven médico fue condenado con la privación de sus derechos profesionales por dos (2) años, motivado a la no aceptación de una línea política que le fue impartida por un funcionario médico activista del partido político venezolano PROVE. También, hace menos años, fue una profesional que por no aceptar las proposiciones indecorosas de un superior jerárquico en una institución de salud, le montan el expediente identificado como TDFMV Nº 113, por el cual le condenan privándole de sus derechos profesionales por un lapso de dos (2) años, esta condena se hizo pública a través de diario de la ciudad de Valencia, Venezuela, el domingo 12 de Agosto de 2.007, por orden del COLEGIO DE MEDICOS DEL EDO. CARABOBO. TRIBUNAL DISCIPLINARIO. No, no, esto es una in justicia, esto es una vil retaliación, Venezuela no se merece tener unas instituciones gremiales que patrocinen y acepten la decadencia de los valores morales, por lo que el Estado Venezolano debe intervenir en su auxilio; el Estado tiene la obligación de velar por el engrandecimiento integral de la patria y de sus ciudadanos.
Evidentemente que estos dos profesionales de la medicina fueron sometidos al desprecio público por asuntos meramente políticos; y personales. Claro, los directivos del Colegio solo hicieron referencia en cada expediente de alguna posible falta o delito cometido en el ejercicio de la profesión de aquellos dos afiliados. Además de esta licencia concedida por los gobiernos de la Cuarta República a entes del sector privado, COLEGIOS PROFESIONALES, para que ellos por su cuenta administren justicia tal como si fueran Tribunales pertenecientes al Poder Judicial Venezolano, también existe, sobre todo con el Colegio de Abogados, una concesión sorprendente. Está institución no gubernamental, COLEGIO DE ABOGADOS, fue y todavía está autorizado para cobrar impuestos y que esa recaudación, integra, se entere a sus propias y particulares arcas gremiales. Véase como el ciudadano al introducir un documento en una Notaría o Registro Público del país, es obligado a bajarse de la mula y pagar dos impuestos, uno al sector privado, Colegio de Abogados, y el otro al sector público, Gobierno Nacional. Ya basta de favoritismos y claudicaciones del Estado Venezolano ante los Colegios Profesionales y aunque seguro existan otros procedimientos legales para derogar la obligación de los Egresados Universitarios a inscribirse en sus respectivos Colegios Profesionales para que puedan trabajar en sus profesiones. (Aquí no vale para nada el que las autoridades universitarias, por autoridad de la ley y en nombre de la República, certifiquen en un título que aquella persona está capacitada para prestar sus servicios con eficiencia) Y el cobro injusto de impuesto a terceros con el fin de que ellos sean los que en realidad sostengan el funcionamiento de esas instituciones privadas. En la Constituyente se puede lograr blindar el impedimento de que unos vivos, directivos de los Colegios Profesionales, abusen de sus colegas y, por consiguiente estar seguro el ciudadano egresado universitario, que más adelante no se pueda, bajo ninguna componenda con legisladores nacionales, volver a sus andadas.