¨El Acidito¨

Agresión a personas con diversidad funcional

 

A pesar de lo establecido en nuestra Constitución Nacional y la Ley para Personas con Discapacidad, hay quienes violentan el derecho de los más débiles para anteponer los suyos, violentando todo nuestro ordenamiento jurídico, los derechos humanos y la dignidad de las personas.

La pasada semana vivimos, aquí en Margarita, un caso de una persona con discapacidad mental que, presuntamente, por meterse a un patio privado a "agarrar mangos y algunos artículos", fue objeto de una golpiza y puesto a la orden de los organismos de seguridad, para su presentación a tribunales. Intervenimos en favor de los derechos de esta persona con discapacidad, donde debemos agradecer la participación de la nueva Fiscal Superior de Nueva Esparta, en resguardo de los derechos fundamentales de todo ciudadano; cuya situación nos deja un aprendizaje: cada vez que se denuncie a alguna persona, sobre todo personas con alguna discapacidad se deben analizar las circunstancias de tiempo, modo y lugar donde se presentan los hechos o situaciones; porque algunos funcionarios de seguridad prefieren pasar todos los casos a Fiscalía, incrementando las labores de los organismos jurisdiccionales y en algunos casos, ocasionando molestias o daños a los ciudadanos.

Nuestro sistema jurídico protege a toda persona con discapacidad o necesidades especiales, quienes tienen derecho al ejercicio pleno y autónomo de sus capacidades y a su integración familiar y comunitaria, según el artículo 81 de nuestra Carta Magna. Igualmente, garantiza respeto integral a las personas con discapacidad, como también formación, capacitación y acceso al empleo acordes con sus condiciones por parte del Estado.

Por su parte, el artículo 290 de la Ley Orgánica del Trabajo (LOTTT), también brinda protección a las personas con discapacidad, "las disposiciones de esta Ley protegerán a las personas con discapacidad, bien sea esta congénita, sobrevenida o de cualquier otro hecho o circunstancia que afecte su desarrollo físico, intelectual o que le impida realizar actividades personales o laborales en forma idéntica al resto de los trabajadores".

Cabe destacar que, según la LOTTT, es obligatoria la inclusión de las personas con discapacidad en el ámbito laboral y en ninguna circunstancia pueden ser excluidos, y todo patrono está obligado a incorporar a por lo menos el cinco por ciento de su nómina total a trabajadores con discapacidad, en labores cónsonas con sus destrezas y habilidades. Situación por cierto que no se cumple como debe ser, y en este sentido emprenderemos una serie de acciones los próximos días para garantizar el cumplimiento total de esta normativa y el derecho de los más vulnerables; so pena de ser multados y detenidos los patronos tanto públicos como privados que se nieguen a cumplirlas. Y ahora las personas con Discapacidad tienen sus Constituyentes para que den mayor apoyo a sus derechos. Email: reinaldosilva119@gmail.com; Twitter: @ReinaldoAcidito

 



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Reinaldo Silva


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