Los sistemas de justicia indígena no son atentatorios contra los derechos humanos

El Foro Estado Plurinacional e Intercultural: Sistema de Justicia de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades, culminó con éxito este miércoles 15 de septiembre, en el Salón del Ex Senado de la Asamblea Nacional, que contó  con la participación de alrededor de 150 personas.

El foro fue organizado por la Comunidad de Saberes (un colectivo de mujeres y hombres profesionales, investigadores, artistas y jóvenes indígenas), con el patrocinio del Bloque Pachakutik de la Asamblea Nacional, la Escuela de Gobierno y Políticas Públicas y la CONAIE.

Las tres mesas temáticas:

1.- Elementos filosóficos y jurídicos de los sistemas de justicia indígena,

2.- Administración de la justicia indígena en diversos pueblos y el papel de las mujeres,

3.- Concepciones y mitos sobre la justicia indígena, contó con reconocidos especialistas y autoridades indígenas de los pueblos y nacionalidades indígenas del país, quienes desarrollaron en cada panel las particularidades culturales, filosóficas y espirituales de sus pueblos al momento de la resolución de casos que rompen con la armonía de sus comunidades.

En la apertura del evento Mirian Masaquiza, Coordinadora del foro; Gerónimo Yantalema, Asambleísta de la Provincia de Chimborazo; Luis Maldonado, Presidente de la Escuela de Gobierno y Políticas Públicas y Marlon Santi, Presidente de la CONAIE y Luis Contento, Vicepresidente de la ECUARUNARI, coincidieron en que un verdadero estado plurinacional e intercultural se construye con el reconocimiento de la diversidad, asumida no solo desde los pueblos indígenas sino también desde la sociedad no indígena.

Los especialistas indígenas así como autoridades indígenas como Nina Pacari (Jueza de la Corte Constitucional), Carlos Pérez (Doctor en Jurisprudencia), Raúl Ilaquiche (Ex Diputado), Carmen Jerez (Gobernadora del Pueblo Salasaka), Raúl Llasag (Docente de la Universidad Andina Simón Bolívar), Cecilia Baltazar, Alvino Antuash (Asistente Constitucional de la Jueza de la Segunda Sala de la Corte Constitucional), entre otros, manifestaron que sus prácticas no son atentatorias contra los derechos humanos, explicando cómo en cada caso se resuelven los mismos con un debido proceso, por lo cual subrayaron que un linchamiento no puede ser confundido con justicia indígena.Además coincidieron que las prácticas de justicia indígena son reconocidas en artículos de la Constitución, el Código Orgánico de la Función Judicial, Código de Procedimiento Penal, así como en los instrumentos internacionales como el Convenio No. 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

Al concluir el evento, Luis Maldonado dio lectura a las conclusiones y recomendaciones del evento.

1.        La constitución reconoce dos sistemas de justicia Estatal ó Ordinaria e Indígena.

2.        Se reconoce la jurisdicción indígena sin limitación en sus competencias por lo tanto, la constitución simplemente reconoce lo que existe desde hace miles de años.

3.        Las autoridades estatales no son competentes para ejercer la administración de justicia indígena, igualmente las autoridades indígenas no tienen competencia sobre la justicia ordinaria.

4.        La administración de justicia indígena es eficiente y pertinente a las culturas que han generado, mientras la justicia ordinaria es excéntrica y impositiva

5.        La justicia indígena tiene el carácter fundamentalmente en lo colectivo, el sujeto jurídico es la comunidad La infracción rompe el equilibrio social y el objetico del procedimiento es restablecer la armonía social y espiritual

6.        Descolonizar el colonialismo interno mediante procesos de formación y capacitación para combatir la relación colonial, superior e inferior imperante en el sistema legal.

7.        Poner énfasis en promover el rol de las mujeres en el proceso de la administración de justicia

8.        Sistematizar, socializar la sabiduría y sus símbolos de la identidad de los pueblos y nacionalidades para que la otra sociedad tenga el conocimiento y el respeto a nuestro sistema.

9.        Fortalecer el sistema de justicia indígena ejerciendo, viviendo y aplicando en nuestros territorios.

10.     Establecer algunos criterios sobre la interpretación de los derechos humanos, porque cada cultura tiene la diversidad de visiones de los Derechos Humanos.

11.     Rechazar la represión por las fuerzas públicas a los hermanos que luchan por defender la Pachamama en contra la minería en la Provincia de Zamora, saldo que deja cuatros heridos en los primeros enfrentamientos. Denunciamos que estas acciones represión se enmarca en la política extractivista y represiva del gobierno nacional.

12.     Promover la interpretación intercultural de los sistemas de justicia que convive en el país.

Por lo tanto, el sistema de justicia indígena no puede ser analizados desde la categoría jurídicas occidentales, el derecho indígena y la administración justicia son anteriores al estado y se fundamenta en los principios diferentes como el poder de las autoridades indígena que proviene del ejercicio de poder autonómico de la comunidad y es garantizado por la constitución y los derechos internacionales.

Comisión de Prensa de Comunidad de Saberes: M. M/ J.P.Y.  

Mirian Masaquiza

Miércoles, 15 de septiembre de 2010 

homoetnatura@gmail.com



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Lusbi Portillo


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