El Centro de Estudios Políticos
y Sociales de América Latina (CEPSAL) y el Grupo de Trabajo sobre Asuntos
Indígenas (GTAI) de la Universidad de los Andes, ante los hechos que
atentan contra la Comunidad Yukpa Chaktapa del Municipio Machiques de
Perijá, Estado Zulia.
El Centro de Estudios Políticos y Sociales de América Latina (CEPSAL) adscrito a la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad de los Andes ante el riesgo al que están sometidas las comunidades indígenas ubicadas en el Municipio Machiques de Perijá, Estado Zulia, y en particular a la comunidad indígena Yukpa Chaktapa, como consecuencia de su reclamo histórico para que se produzca el proceso de demarcación de sus hábitats y tierras, hace el siguiente pronunciamiento:
1. Desde que se organizaron en el año 2004, los miembros de la Comunidad Yukpa Chaktapa han sido víctimas de un permanente hostigamiento por parte de los ganaderos de la zona, con el propósito de expulsarlos de sus tierras ancestrales que han venido recuperando.
2. Desde el año 2005, la comunidad reiteradamente ha sufrido desalojos violentos, agresiones físicas y amenazas de muerte por grupos armados presuntamente contratados por propietarios asentados en la hacienda Tizina donde está asentada.
3. Según la denuncia que hicieron los caciques de la Comunidad Chaktapa y Guamo, Sabino Romero Izarra y Olegario Romero el 5 de mayo de 2008 en PROVEA, el 23 de abril de 2008 un grupo armado asaltó la comunidad tratando de eliminar a Sabino Romero Izarra.
4. En los días 13 y 21 de Mayo y 7 de julio ese mismo grupo armado volvió a amenazar y agredir verbal y físicamente a miembros de la comunidad.
5. Como respuesta al acompañamiento y apoyo a la comunidad, en el proceso de denuncia del conflicto, el defensor de derechos humanos Lusbi Portillo, profesor de la Universidad del Zulia y coordinador de la Asociación Civil Sociedad Homo et Natura, ha sufrido repetidas descalificaciones por parte del sector ganadero y de funcionarios del Estado,
6. Considerando que la Universidad de los Andes de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Universidades, “es una Institución al servicio de la Nación y a ella corresponde colaborar en la orientación de la vida del país mediante su contribución doctrinaria en el esclarecimiento de los problemas nacionales”.
7. Considerando que la Universidad de los Andes a través del CEPSAL y del GTAI, viene desarrollando proyectos de investigación conjuntos desde el año 2004, con la Universidad del Zulia (LUZ), la Asociación Civil Sociedad Homo et Natura, así como con las organizaciones indígenas que aglutinan a los pueblos y comunidades indígenas de la Sierra de Perijá.
8. Considerando que la Universidad de los Andes mediante el centro y grupo de investigación antes mencionado, ha participado a través de su personal docente, de investigación y estudiantil y de alianzas con organizaciones no gubernamentales ambientalistas, en los procesos de autodemarcación que en la actualidad llevan a cabo los pueblos y comunidades indígenas de la Sierra de Perijá.
9. Considerando que se ha pretendido homologar en forma tendenciosa lo acontecido en los llamados territorios de la Media Luna en Bolivia con las justas demandas de los pueblos y comunidades indígenas de la Sierra de Perijá, específicamente con las exigencias históricas de la Comunidad Yukpa Chaktapa como si se tratara de lo mismo, desviando la atención con acusaciones de secesionismo hacia los pueblos y comunidades indígenas del país en general y del Zulia en particular, por los procesos de autodemarcación iniciados en el país desde el año 2001.
10. Considerando que en el caso de la Sierra de Perijá, la actividad carbonífera ha sido ajena a los modos de vida que desde tiempos inmemoriales vienen realizando los pueblos y comunidades indígenas de la zona.
11. Considerando que se han hecho amenazas de muerte a dirigentes indígenas, resultando muerto José Manuel Romero, a quienes una matriz de opinión perversa pretende responsabilizarlos de la ocupación pacífica ante el despojo de sus territorios ancestrales por parte de ganaderos de la zona.
12. Considerando
que la actividad carbonífera y ganadería intensiva es una de las principales
amenazas no sólo a la destrucción del ambiente, sino fundamentalmente
a los hábitats y tierras ancestrales de los pueblos y comunidades indígenas
de la Sierra de Perijá.
Declara:
1. La condena a la muerte cometida contra el anciano y líder indígena Yukpa José Manuel Romero, exigiendo el inmediato establecimiento de las responsabilidades y de las sanciones del caso;
2. El rechazo a las amenazas de muerte de las que han sido objeto los indígenas pertenecientes a las organizaciones indígenas de la Sierra de Perijá, específicamente de la comunidad Yukpa Chaktapa, así como al profesor Lusbi Portillo respectivamente;
3. La inmediata restitución de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas del Estado Zulia, específicamente de la Sierra de Perijá y del Municipio Machiques en particular, los cuales se encuentran amenazados y desplazados en la actualidad por las circunstancias propias del momento.
4. La creación inmediata de mesas de diálogos, con el objeto de reconocer de manera definitiva la autodemarcación hecha por los propios pueblos y comunidades indígenas de la Sierra de Perijá, así como para poner en marcha las propuestas de co-manejo de áreas protegidas que desde hace tiempo atrás vienen planteando los pueblos y comunidades indígenas del Estado Zulia.
5. La búsqueda de figuras jurídicas de protección de territorios indígenas en áreas protegidas, tal como está previsto en los artículos 119 y 327 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las cuales deben ser parte de una política pública hacia la región, debiendo contar además con el apoyo de todas las instituciones del Estado, organizaciones no gubernamentales, universidades y entes privados entre otros.
6. La disposición del CEPSAL y del GTAI en seguir participando con su personal docente, de investigación y estudiantil en la búsqueda de propuestas con miras a encontrar soluciones en la gestión pública de los territorios indígenas del Estado Zulia.
7. El continuo
apoyo del CEPSAL y del GTAI a los procesos de autodemarcación de los
pueblos y comunidades indígenas del Estado Zulia en particular y del
país en general, y la necesidad de que la misma se convierta en el
dictamen final del Estado al reconocimiento de la titularidad de los
hábitat y tierras indígenas.
En Mérida a los 22 días del mes de agosto de 2007
Vladimir Aguilar Castro
C.I:8.036.801
Director
del CEPSAL
22 DE AGOSTO DE 2008