Acerca del vencimiento del lapso dado por el TSJ para elecciones en la UCLA

El próximo 1ro. De noviembre, es decir, dentro de cuatro días hábiles, vence el lapso perentorio que estableció la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, la cual sentenció en los términos siguientes (remarcados míos):

3.- Se ORDENA al Rector de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado”, que en atención a lo previsto en el artículo 10 del Reglamento Ejecutivo de esa Casa de Estudios, en un lapso perentorio, que no podrá exceder de 30 días hábiles de la Universidad contados a partir de la notificación del presente fallo, realice la respectiva convocatoria del Consejo Universitario, para que ese órgano colegiado, dentro del plazo antes precisado, proceda a reformar el Reglamento para la Elección del Rector, Vicerrectores, Secretario General y Decanos de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado”, aprobado por el Consejo Universitario Extraordinario N° 597 del 17-01-1994, a fin de ajustar su contenido a las disposiciones de la vigente Ley Orgánica de Educación y a las consideraciones emitidas por esta Sala Electoral.            

4.- Se ORDENA que una vez sea reformado el Reglamento para la Elección del Rector, Vicerrectores, Secretario General y Decanos de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado”, se convoque al proceso de elecciones suspendido por esta Sala, en un lapso perentorio, que no podrá exceder de 30 días hábiles de la Universidad contados a partir de la publicación del mencionado Reglamento en los medios oficiales y habituales de la Universidad.

     5.- Se ORDENA a las actuales autoridades de la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado”, permanecer en sus cargos, de manera transitoria, hasta que se convoque a un nuevo proceso electoral, donde sean escogidas las nuevas autoridades, en el marco del Reglamento para la Elección del Rector, Vicerrectores, Secretario General y Decanos de la UCLA, que esta Sala ordena dictar, y sean juramentadas las nuevas autoridades….

Hasta los momentos, el Consejo Universitario de la UCLA no se ha reunido para discutir el Reglamento Electoral, no se ha presentado ninguna propuesta, excepto la que presentó el FIULA, a través de quien suscribe. Solamente, hubo un Consejo Extraordinario,  a finales de septiembre para darle un poder a los abogados Arce, Pernía y Aníbal Rueda para presentar los recursos ante el Tribunal Supremo de Justicia. De resto, Se han realizado consejos extraordinarios y ordinarios y el punto del reglamento electoral no se ha considerado, por lo que denuncio a la comunidad universitaria y a la opinión pública la negligencia con la que este cuerpo colegiado ha asumido un asunto de tan vital importancia para la universidad, por lo que una vez más se coloca en situación de omisión a sus responsabilidades y de desacato a la sentencia definitiva de la Sala Electoral. 

Ahora, a cuatro días de culminar el lapso para la elaboración del reglamento, la Secretaría General de la UCLA (que asume lo que no ha hecho el Consejo Universitario, quien queda responsable de lo que pueda ocurrir en la UCLA) publica un comunicado, en el que se intenta inútilmente explicar las razones de este evidente desacato

Realmente da pena ajena que , desde una universidad, que representa eso que llaman la “educación superior” se expongan argumentos tan pueriles como que no se ha podido elaborar el Reglamento por las dudas existentes y que ante esas dudas se envió una especie de cuestionario a la Sala Electoral para, una vez despejadas hacer lo que se debe hacer. Parecemos unos estudiantes de esos que cuando llega el momento de presentar un examen le dicen al profesor que necesitan más tiempo para estudiar por que no entendió las preguntas. ¿Cómo una institución seria, responsable, sobre la cual recae la formación de profesionales integrales para la patria ante el requerimiento de un tribunal (y no cualquier tribunal, sino el Tribunal Supremo de Justicia) salga ahora con estas explicaciones tan banales?

En el comunicado de marras, expone la Secretaría General que las autoridades de la UCLA han realizado las siguientes actividades:

  1. Acudir  a la Sala Electoral el día 20 de septiembre del presente año, luego del receso judicial, para darse por notificados en nombre de la UCLA.
  2. En la misma fecha 20-09-10, se introdujo solicitud de aclaratoria a la Sala Electoral de los puntos que generan dudas a los fines de tener claridad y precisión de los términos y alcances de la sentencia, de manera que la actuación del Consejo Universitario en la ejecución del mandato jurisdiccional se rija por la más absoluta legalidad y justicia. 
 

Acá  faltó exponer que el rector (transitorio) emitió unas declaraciones a la prensa regional, en fecha 14 de agosto, en las que vilipendió a los magistrados del TSJ y desde ya anunciaba un desacato a la misma. Dicho comunicado, sin embargo, lo que intenta es decir porqué no se hizo lo que se debía hacer y mas adelante expone una serie de interrogantes o dudas que se enviaron a la consideración del máximo Tribunal de la República, que francamente hacen dudar de la capacidad de raciocinio de quienes las redactaron. Un abogado a quien le consulté la situación me expresó que esas preguntas eran una burla a la inteligencia.

 ¿Se imaginan ustedes a un Magistrado del TSJ, ponerse a responderle a la UCLA estas risibles preguntas?

  • ¿Se trata de un nuevo proceso electoral o el proceso que se va a convocar es el que quedó suspendido en la etapa del acto de votación el día 05 de mayo de 2010?
  • ¿Cómo garantizar la participación plena y en igualdad de condiciones de los integrantes de la comunidad universitaria cuando existe una sustancial diferencia en el número de integrantes de los diferentes sectores que, de acuerdo con el artículo 34, numeral 3, de la LOE, conforman la comunidad universitaria?
  • ¿Los trabajadores que al mismo tiempo son docentes y/o estudiantes de pregrado o de posgrado,  acaso votarían más de una vez?
  • ¿Tienen derecho a voto los alumnos que no han alcanzado la mayoría de edad?
  • ¿Los trabajadores suplentes y/o suplidos podrán votar?
  • ¿Los profesores, empleados u obreros contratados por un tiempo determinado podrán votar?
  • ¿Si los egresados a su vez tienen condición de obreros, empleados, docentes o estudiantes de otra carrera o de posgrado, cuántas veces y en qué condición sufragarían?
 

Precisamente, para eso era el Reglamento que el Consejo Universitario debe elaborar. Es obvio que cada miembro de la comunidad universitaria debe votar una sola vez, pues imaginemos el caso (igual hay muchos otros) del Director de Finanzas, Oswaldo Mujica, votando tres veces, es decir, como empleado administrativo jubilado, como profesor activo y como egresado. No, Mujica sólo votará una vez, con su nombre y cédula que lo identifican. Sólo para responder desde acá dos de las preguntas que un magistrado debe responder.

En última instancia, considero que esta no es más que otra táctica dilatoria de las autoridades transitorias en su empeño anti-institucional de permanecer más tiempo en sus cargos, no importándoles realmente ni el presente ni el futuro de la universidad. Total, todos ellos están jubilados desde hace muchos años y de allí su empecinamiento en mantener esta anarquía en la universidad. Ante ello, la comunidad universitaria, debe reaccionar y obligar a que las elecciones se hagan en el marco de la Ley y de la sentencia justiciera del TSJ, o las instituciones del Estado deben actuar para hacer que se cumpla la ley. Las autoridades siguen retando al estado y más que eso, burlándose palmariamente de toda la comunidad universitaria. 

Saludos  Solidarios y Revolucionarios;

Prof. Cécil Gerardo Pérez Torres

Representante del MPPEU ante el Consejo Universitario de la UCLA 

cecilperez@ucla.edu.ve



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Cécil Gerardo Pérez Torres


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