La LOTTT y la Transformación Universitaria

La reciente promulgación de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores (LOTTT), mediante Decreto Presidencial N° 8.938 con “Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica”, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.076 Extraordinario, de fecha 07 de mayo de 2012, indudablemente marca un hito en el proceso de transformación histórica que vive el país y que repercutirá en el ámbito internacional de manera significativa, tanto por el proceso participativo seguido en su concepción y diseño, como por el carácter innovador e incluyente desplegado en sus 554 artículos, 7 disposiciones transitorias, dos derogatorias y una Disposición Final.

Es evidente que un acontecimiento jurídico-social de esta magnitud no puede ni debe pasar desapercibido para las y los universitarios, por lo que más allá de nuestra condición de trabajadoras y trabajadores, es decir en el plano legal-reivindicativo, es necesario que escudriñemos el trasfondo ético, moral, económico, político, tecnológico, educativo y definitivamente científico, que incorpora la nueva LOTTT a nuestra realidad concreta, valorándola en sus profundos aportes al proceso de cambios que se vienen produciendo mundialmente, y particularmente en Venezuela, en la construcción y desarrollo de la sociedad del recién comenzado siglo XXI, proceso al que la Universidad tiene mucho que aportarle.

En principio consideramos imperioso reflexionar respecto al tema “Del Derecho al Trabajo y del Deber de Trabajar”, abordado en el Título I, Capítulo III de la Ley, cuyo sólo enunciado nos plantea una concepción de la categoría TRABAJO no sólo como la facultad y libertad para generar nuestra manutención personal y familiar, en tanto derecho humano fundamental, sino además que constituye una “obligación” para las personas con edad, capacidades y aptitudes de proveerse su sustento y tributar a la sociedad.

Obviamente se trata de un concepto diferente al convencional-laboral, por derivarse de una visión humanista-integral bajo la cual se concibe al trabajo como acción transformadora y capacidad exclusiva de los seres humanos, que como tal debe ser desempeñada por la totalidad de las personas, lo que claramente contrasta con la visión capitalista-parcial que asigna tal función a un grupo de éstas mientras que otras son consideradas “empleadores”, como lo refirió cierto candidato presidencial, quien por antonomasia se asume sin la obligación o el deber de ser trabajador…

En consecuencia, y más allá del interés investigativo sobre el alcance y estructura de la LOTTT, propio de las ciencias jurídicas, o de lo exclusivamente conductual de las ciencias psicopedagógicas, el encargo social de la Universidad nos impele a contribuir con el desarrollo integral del país, generando conocimiento y desplegando estrategias formativas que involucren lo ético-moral para orientar la valoración del trabajo productivo como hecho social, lo cual es un tema que atañe a la totalidad de las áreas del conocimiento.

No podríamos siquiera hablar de transformación universitaria mientras sigamos titulando profesionales que se avergüencen de ser trabajadores, que detesten el trabajo y procuren lucrarse con la truculencia y la evasión de responsabilidades; ni profesionales que reclamen derechos sin cumplir sus deberes; o aquellos que cobran en diferentes instituciones sin trabajar productivamente en ninguna, amparados en la viveza criolla y en detrimento del proceso social.

De esta manera, lo concebido en el Artículo 25 de la LOTTT como “Objetivo del proceso social de trabajo”, a cuyo logro debemos tributar todas y todos independientemente de nuestra ocupación, profesión y/o rango de responsabilidad en la estructura laboral, debe constituirse en un eje transversal del currículo universitario, pues nuestros futuros profesionales deben asumir conscientemente la erradicación de “las formas de explotación capitalista” y su consecuente división social del trabajo; internalizar la importancia de su capacidad-acción profesional para producir “bienes y servicios que aseguren nuestra independencia económica”, fortaleciendo el desarrollo endógeno material e intelectualmente, como vía expedita para reducir la importación de productos y tecnologías foráneas que ponen en riesgo nuestra soberanía nacional.

Asimismo, se trata de impulsar la producción en procura de satisfacer “las necesidades humanas mediante la justa distribución de la riqueza”, generando las condiciones objetivas y subjetivas para el buen vivir de la gente, para así “lograr una sociedad justa y amante de la paz”, lo que sólo es posible en tanto y en cuanto se valore éticamente al trabajo como la única fuente de riqueza social e individual, con base en el esfuerzo colectivo y personal, que aseguren en consecuencia “el desarrollo humano integral para una existencia digna y provechosa de la colectividad”.

Mención especial debe hacerse a las contribuciones del proceso social de trabajo como garante fundamental de la “seguridad y soberanía alimentaria sustentable”, habida cuenta de que la alimentación constituye la necesidad humana superior como base de la vida y la capacidad de reproducción sana y saludable de la humanidad, contribución que está estrechamente vinculada a “la protección del ambiente y el uso racional de los recursos naturales”, como garantía de la biodiversidad sostenible en el tiempo para el disfrute de las futuras generaciones.

Evidentemente que lo abordado en esta reflexión es sólo una minúscula muestra del impacto de la LOTTT en la Universidad y el proceso de transformación que ésta requiere. Es indudable que el debate apenas comienza pues sólo hemos esbozado una parte de su esencia teórico-práctica, para que los universitarios conscientes, los intelectuales orgánicos y hasta los academicistas que junto a los sindicaleros de oficio desprecian el trabajo real y productivo, comprendamos todas y todos que la transformación universitaria no es una quimera, y que más allá de un eslogan coyuntural constituye una necesidad estructural con base de aplicación legal…

albanozam@hotmail.com

(*) Economista Agrícola.

Profesor de la UPT “Argelia Laya”



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Albano A. Zambrano

Economista Agrícola. Profesor de la UPT ?Argelia Laya?

 albanozam@hotmail.com

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