Actualidad Pedagógica

Ley Orgánica de Educación (II): La repetición del nefasto calendario escolar

El proyecto de Ley Orgánica de Educación tiene entre sus principales modificaciones el aumentar desde 180 hasta 200 días hábiles el calendario escolar, lo cual no solamente resulta necesario sino que éste constituye un elemento primordial en el contexto de la calidad educativa.

Ahora bien, pese a dicha modificación,  no se establecen los meses de inicio y finalización del calendario escolar, lo cual evidencia, además de una debilidad inmensa en el plano pedagógico, una insinuación nefasta de continuar llevando el régimen de estudios en todos los subsistemas (educación inicial, básica y secundaria) desde septiembre hasta julio, lo cual no alteraría significativamente lo que viene ocurriendo hasta el presente en relación con la pérdida reiterada de días de clases (especialmente en los liceos), por “puentes”, “feriados”, “asueto navideño”, “carnaval”, “semana santa”, “fiestas estadales y municipales”, “día del maestro”, sin olvidar las suspensiones propias por razones operativas tales como: “consejos docentes”, “talleres” dictados por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (hasta los niños de educación inicial deben recibir capacitación de impuestos), y otras causas propias de los problemas comunitarios: “no hay agua”, “fue robada la institución”, o la comunidad tiene una “asamblea”.

Es por ello que el actual calendario escolar es retrógrado, en virtud de que promueve una cultura contraria al trabajo al estar diseñado para trabajar el menor tiempo posible. Está orientado a la formación de una cultura de la holgazanería y el excesivo ocio; pero además está constreñido para que existan “vacaciones y asuetos” sobre la base de un número creciente de días feriados, y “adaptado” con las necesidades vacacionales de un pequeño sector de la población; lo cual atenta contra el aprendizaje uniforme y efectivo que deberían recibir nuestros niños y niñas durante todos los meses y no con interrupciones permanentes que afectan el proceso pedagógico.

En tal sentido, habría que revisar que la mayoría de los países de la región tienen los siguientes calendarios: Chile y Ecuador (primer día hábil de marzo hasta el penúltimo día hábil de diciembre), Perú (primer día hábil de abril hasta la segunda quincena de diciembre), Uruguay (segunda quincena de febrero hasta la primera semana de diciembre) Bolivia y Colombia (primer día hábil de Febrero hasta el último día  hábil de noviembre),  siendo éste último, desde mi perspectiva, el calendario que mejor se adapta  con nuestras necesidades pedagógicas.

Si en este proyecto de ley no llega a concretarse la homologación del año escolar con el año fiscal, sino que continuamos con la política educativa de mantener el calendario escolar conforme con lo establecido por las realidades de Norteamérica y Europa,  soy pesimista con respecto a lograr un cambio sustancial en la calidad educativa relacionado con aquellas variables de índole académico y necesarias  para la formación de un(a) nuevo(a) ciudadano(a). En otras palabras, dicho proyecto morirá al nacer.

 


javiervivas_santana@yahoo.com



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Javier Antonio Vivas Santana

Más de 6 millones de lecturas en Aporrea. Autor de la Teoría de la Regeneración del Pensar. Dr. en Educación (UPEL). Maestría en Educación, mención Enseñanza del Castellano (UDO). Lcdo. en Educación en las menciones de Ciencias Sociales y Lengua (UNA). Profesor de pre y postgrado tiene diversas publicaciones y ponencias internacionales acreditadas y arbitradas por editoriales, universidades e instituciones de España, Rusia, Estados Unidos, Alemania, Francia, y naciones de América Latina.

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