España

El futuro de las pensiones públicas: no se puede servir a dos amos

La reforma del sistema público de pensiones está servida. Y ello sobre la base de las recomendaciones presentadas por el Pacto de Toledo para, supuestamente, garantizar su viabilidad. Además de las ya conocidas, como el aumento del número de años (de 15 a 20) para el cálculo de la base de la prestación, y la estimulación de la prolongación de la vida laboral, hay dos propuestas que me llaman la atención.

La primera es la recomendación de que los ciudadanos y las empresas suscriban planes de pensiones privados, individuales y colectivos, para complementar las futuras pensiones públicas. Me produce perplejidad por varios motivos:

1º) Porque el Pacto de Toledo ha estado trabajando sobre un documento de propuestas elaborado, precisamente, por la Asociación de Fondos de Inversión Colectiva y de Pensiones Privados, que son los grandes beneficiados de tal proposición. Estas instituciones, que no son “hermanitas de la caridad”, utilizan el dinero de los clientes para especular en los mercados, quedándose con la mayoría de la ganancia y participando en los ataques financieros a nuestro propio Estado. A ello, hay que añadir que nadie le garantiza al ciudadano que ese Fondo privado no vaya a quebrar o que no pueda tener una rentabilidad negativa en todos los años que debe mantener su dinero en manos ajenas, sin posibilidad de rescate.

2º) Porque se supone que las reformas propuestas garantizarán la perfecta viabilidad del sistema público de pensiones. En tal caso, ¿para qué necesitaremos un plan privado? A no ser que todo sea un engaño, las pensiones públicas no estén en peligro (véase el libro de NAVARRO, TORRES y GARZÓN: ¿Están en peligro las pensiones públicas?, Attac, 2010) y se trate de una estrategia con el objetivo de conseguir un sistema mixto de pensiones, en el que el Estado se hará cargo de una cuantía mínima de subsistencia y el ciudadano tendrá que buscarse sus “habichuelas” con un plan privado.

La segunda recomendación sugiere aumentar los incentivos fiscales a este sector, haciendo que paguen menos impuestos las empresas y los ciudadanos que más inviertan en los planes de pensiones privados. Ello implicaría una pérdida aún mayor de ingresos para el Tesoro Público, que sólo en el año 2010 dejó de recaudar 2.058,36 millones de euros por los privilegiados beneficios fiscales que ya existen para los planes de pensiones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades. ¿Se quiere dejar de ingresar, entonces, 3.000 millones anuales mientras se han congelado las pensiones para ahorrar tan sólo 1.500 millones?

Por otro lado, el régimen fiscal actual no puede calificarse de especialmente justo. No sólo porque se mantiene la deducción del 10% de las aportaciones colectivas para las empresas –que tenía previsto desaparecer en el año 2011-, sino porque beneficia a las rentas más altas en el Impuesto sobre la Renta, las cuales, además de poder aportar más dinero a estos planes privados, se aplican una reducción muy superior a la de las rentas bajas. Por poner un ejemplo, por cada 1.000 € invertidos en estos planes, una persona que gane 100.000 € deja de pagar a Hacienda unos 440 €, mientras que otra que cobre 7.000 €, quizás no se ahorre nada.

Conviene aclarar, también, que todo el sistema de ventajas fiscales se centra en el momento de la aportación (que es el que le importa a los bancos para captar los clientes) pero no en el del cobro de la prestación, en forma de renta única o periódica. En ese instante, el ciudadano deberá tributar al tipo general en el Impuesto sobre la Renta, sin ningún beneficio. Si no fuera por sus enormes beneficios fiscales iniciales, estos productos carecerían de atractivo alguno para la ciudadanía.

Llegados a este punto, parece claro que la solución al problema de las pensiones públicas (si es que realmente existe alguno), no debe venir por el aumento de los beneficios fiscales a los planes de pensiones privados, sino todo lo contrario, por su desaparición y la transferencia de la mayor recaudación al sistema público. Ningún precepto constitucional impide esta opción que permitiría disponer de más de 50.000 millones de euros adicionales hasta el 2027, con lo que no habría que retrasar la edad de jubilación a partir de esa fecha, como propone el Gobierno, ni recortar las futuras prestaciones. Además, si se quiere ofrecer algún complemento al sistema público actual, ¿por qué no se incentiva la adquisición de deuda pública a largo plazo (obligaciones del Estado), canalizando esa inversión privada a manos públicas, con la posibilidad de su rescate anticipado en cualquier momento y la garantía constitucional de su cobro.

La solución es factible, pero no se puede servir a dos amos. El Gobierno y el Parlamento deben escoger: o beneficiar a la ciudadanía o favorecer a los bancos y los ricos. Desgraciadamente, parece que sus señorías ya han elegido, aunque siguiendo la tradición farisaica, es decir, “cargando pesados fardos sobre la espalda a la gente, mientras ellos se niegan a moverlos con un dedo”, manteniendo blindadas sus pensiones doradas. Piénsese que mientras pretenden subir la edad de jubilación a los 67 años, ellos lo pueden hacer a los 60 y que cuando proponen 37 años de cotización para el cobro del cien por cien de la base, ellos lo consiguen con tan sólo 11 años y un día.

Miguel Ángel Luque Mateo es Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Almería y miembro de Attac Andalucía


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