Eduardo Samán
El día de hoy 11/06/09 apareció
en la página de Aporrea la siguiente noticia “Indepabis detectó
donaciones de Nestlé para proselitismo político” en la misma se señala
que “Carlos Guía, coordinador regional del Instituto, informó que luego
de procesar denuncias constataron que la empresa Nestlé de Venezuela
S.A., donó, el pasado 12 de mayo, 1.943 cajas de leche Nan para la
Fundación San Diego para los Niños, presidida por la esposa del alcalde
opositor del municipio San Diego.” (www.aporrea.org/contraloria/
La Donación de Leche para Niños y Niñas por parte de la Transnacional Nestlé no sólo tiene graves connotaciones políticas por su utilización en acciones proselitistas, sino que representa un grave peligro para la salud y la vida de nuestras niñas y niños y un atentado contra el primer y mayor acto de Soberanía Alimentaría como lo es la Lactancia Materna.
La donación o distribución a bajos precios de fórmulas lácteas infantiles está PROHIBIDA tanto por nuestra legislación nacional, Ley de Promoción y Protección de la Lactancia Materna[1], como por normativas internacionales suscritas por nuestra república, Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna[2] .
Dichas normativas se han desarrollado como intento de freno a los crímenes que durante un siglo vienen cometiendo las industrias que producen fórmulas lácteas infantiles y dentro de las cuales Nestlé no sólo es pionera sino que es la más grande y cuestionada transnacional. Dicha empresa tiene un prontuario escalofriante en cuando de atentados contra la vida y la salud se refiere:
Su estrategia sutilmente premeditada y aplicada para la imposición de las fórmulas lácteas prácticamente extinguió la lactancia materna en África, y casi todo el planeta y trajo consigo miles de muertes por desnutrición y enfermedades prevenibles.
La estrategia fue la siguiente: lograron penetrar en los establecimientos de salud e hicieron del personal del área (médico y enfermeras) sus agentes (nada encubiertos). Comenzaron a hacerse donaciones de leche a las mujeres embarazadas y se les advertía que podían “complementar” a sus bebes con estas leches. Como la lactancia materna funciona por un mecanismo perfecto de oferta y demanda al cabo de poco tiempo esa mamá que sustituía un algunas tomas de leche materna por el tetero de fórmula, comenzaba a producir menos leche hasta que un día decía “no tengo suficiente leche para mi bebe” en ese momento al volver al centro de salud para que le regalaran su latica de leche le decían, “bueno usted sabe que ahora debe pagarla”. Y allí comienza una larga historia de enfermedades, desnutrición y hasta la muerte de millones de niños y niñas.
La UNICEF dice en su publicación el Estado de la Infancia que anualmente podría salvarse uno y medio millones de niños y niñas si fueran amamantados. Así que podríamos decir que la Industria de las Fórmulas Lácteas mata diariamente 4.109 niños y niñas.
Los mecanismos de imposición de la fórmula sobre la lactancia materna se han hecho más sofisticados y complejos pero siguen teniendo el mismo principio aberrante, motor de toda la lógica del capital que por maximizar las ganancias puede acabar con la vida misma.
Aquí vale la pena citar al propio presidente de la Nestlé quien acuñó el término de Instinto Asesino[3] para ilustrar el accionar de las empresas en la conquista de los mercados, las vidas, la salud, las conciencias… en fin todo lo que (según ellos) pueda convertirse en mercancía.
[1] Prohibición de promoción y publicidad
Artículo 18
Se prohíbe la promoción y publicidad de formulas lácteas adaptadas para niños y niñas, así como de teteros, tetinas, chupones y chuponetes.
Prácticas promocionales y de publicidad prohibidas
Artículo 20
Se prohíbe las siguientes prácticas promocionales y de publicidad de los productos designados, en centros de salud públicos y privados:
1. Tácticas de venta tales corno presentaciones especiales, descuentos promocionales, bonificaciones, rebajas, ventas especiales, artículos de reclamo, ventas vinculadas, concursos, premios u obsequios.
2. Entrega de muestras de productos a cualquier persona.
3. Suministro gratuito o subvencionado de productos a cualquier persona.
4. Las demás que establezca el ministerio con competencia en materia de salud mediante resolución.
[2] 4.3 Los fabricantes o los distribuidores sólo podrán hacer donativos de equipo o de materiales informativos o educativos a petición y con la autorización escrita de la autoridad gubernamental competente o ateniéndose a las orientaciones que los gobiernos hayan dado con esa finalidad. Ese equipo o esos materiales pueden llevar el nombre o el símbolo de la empresa donante, pero no deben referirse a ninguno de los productos comerciales comprendidos en las disposiciones del presente Código y sólo se deben distribuir por conducto del sistema de atención de salud.
5.2 Los fabricantes y los distribuidores no deben facilitar, directa o indirectamente, a las mujeres embarazadas, a las madres o a los miembros de sus familias, muestras de los productos comprendidos en las disposiciones del presente Código.
5.4 Los fabricantes y distribuidores no deben distribuir a las mujeres embarazadas o a las madres de lactantes y niños de corta edad obsequios de artículos o utensilios que puedan fomentar la utilización de sucedáneos de la leche materna o la alimentación con biberón.
[3]
“El concepto instinto asesino ha pasado al lenguaje con el que se
interpretan los ejecutivos a sí mismos orgullosamente. Quien lo acuñó
en 1991 fue Maucher, presidente de la multinacional suiza Nestlé,
cuando dijo que quería ejecutivos con instinto asesino (Killerinstinkt)
y voluntad de lucha (Spieler 2002). Jack Trout, autor de bestsellers,
amplió el concepto y creó el de competencia asesina (Killer-Wettbewerb)
que, según él, es el ideal de la competencia (Ibid.). Franz
Hinkelammert ¿Instinto asesino para el progreso?” Franz Hinkelammert ¿Instinto asesino para el progreso? En: http://www.una.ac.cr/ambi/
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