Estos señalamientos los hago muy responsablemente, y por la solvencia moral que me da haber luchado a riesgo hasta de mi vida y la de mi familia por este proceso revolucionario.
Soy un venezolano que como millones de compatriotas no poseo vivienda propia y vivo alquilado luego de 6 años de vivir junto a mi familia en mi vivienda actual. En los últimos meses hemos pasado por una pesadilla que pone en tela de juicio el sistema judicial que hemos construido en este proceso revolucionario.
Veo con preocupación, que mientras el comandante Presidente de la Republica Hugo Rafael Chávez Frías, al igual que el respetable dirigente de nuestra Revolución Diputado Diosdado Cabello, hacen esfuerzos desmedidos para dignificar al inquilino en su vivienda familiar, existen parte del poder judicial un desacato a la plena vigencia del DECRETO NRO8.190, CON RANGOY FUERZA DE LEY CONTRA EL DESALOJO Y LA DESOCUPACION ARBITRARIADE VIVIENDAS, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL Nro. 39.668, DE FECHA 06 DE MAYODE 2011 VIGENTE y decretado por el Presidente de la Republica bajo el amparo y las facultades que le confieren la Ley Habilitante.
La intención de este Decreto, precisamente, fue promulgado con el objetivo de erradicar de nuestro sistema jurídico los terribles desalojos arbitrarios de vivienda, a los que estaban acostumbrados algunos grupos privilegiados de propietarios, en perjuicio de las personas de menos recursos. No justificamos, que mientras la mayoría de los jueces de la república, incluyendo la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, promueven como un logro el Decreto vigente, el Estado Falcón es el único lugar de Venezuela en donde dos(2) jueces, los jueces Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial y el Tercero de Municipio de la misma Circunscripción Judicial, se están prestando para desalojarme mediante un fraude judicial junta a mi esposa y con un bebe de apenas dos (2) años de edad, de nuestra vivienda familiar; un inmueble que está a punto de una medida de desalojo que la venimos ocupando desde el año 2006.
Las graves irregularidades a las que hago referencias consisten en que el Juez Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a sabiendas de que existe un decreto que prohíbe el desalojo de VIVENDAS FAMILIARES, se prestó para practicar (supuestamente) una Inspección Judicial por la ventana del inmueble. Dejó constancia de esta viciada inspección, que más bien fue una acto de un “asomado” hecha por la parte exterior de la casa, para después justificar falsamente que el inmueble donde vivo con mi familia desde el año 2.006, NO ES UNA VIVIENDA SINO UN LOCALCOMERCIAL. Una Inspección viciada por una cadena hechos graves y que burla a todas luces del decreto vigente en materia de vivienda.
Ante esta grave situación que intencionalmente hacemos pública y convencidos que tenemos como familia una Vivienda Principal en el inmueble que pretenden desalojar, solicitamos a través de mi esposa una verdadera Inspección Judicial para demostrar lo siguiente:
- Primero que en el inmueble si existe una vivienda.
- Segundo que es imposible visualizar el interior de la casa desde la ventana en que se asomó el Juez Primero de Municipio.
- Tercero proceder a denunciar al referido juez por dejar constancia de circunstancias imposible de visualizar con ese objeto solicita la diligencia judicial la afectada mi señora, inspección que lamentablemente luego de distribuida le toca conocer al mismo Juez al que se pretendía denunciar y este Juez le da entrada a la Inspección y fija un lapso para practicarla, aun cundo su deber fue inhibirse de practicar la Inspección porque en el objeto de la Inspección se señala que la misma era para interponer una denuncia contra el Juez Primero del Municipio Miranda, en virtud de estos irregulares hechos, el Juez fue RECUSADO y le toco el conocimiento del fraude a la Juez Tercero de Municipio de la misma Circunscripción Judicial, tribunal donde la madre que está a punto de ser desalojada de su VIVIENDA FAMILIAR, amén de que dichos desalojos están suspendidos, presenta todos los medio probatorios que de muestran indudablemente que ese inmueble es su VIVIENDA FAMILIAR, la Juez en una sentencia que al parecer se la paso en un phendray el abogado del demandante, a la misma Juez o quizás a una de sus escribiente, decreta que todas la pruebas son insuficientes y la saca del juicio revocándole el sagrado derecho constitucional de hacer valer sus derechos ante el órgano jurisdiccional.
Este hecho sumamente grave ya que la Juez cómplice del fraude debió aperturar una articulación probatoria prevista en el Código de Procedimiento Civil antes dictar tal aberración, es de mencionar que entre las pruebas que se presentaron se destacan:
1) Contrato de afiliación del Servicio deTelefonía Movilnet Nro 36417777 de fecha 28 de julio de 2006, demostrativa dela dirección de FRANSCICO GARCIA, para la referida fecha, y se lee Calle Ampies entre Democracia y Sol de Coro, demostrativa de que el año 2006 tengo constituida mi vivienda familiar con mi concubina, marcada “A”
2) Factura del teléfono celular de Francisco García, de la empresa MOVILNET, de fecha 18 de noviembre de2008, en la cual se lee la dirección de nuestra vivienda familiar, marcada “B”
3) Orden de Trabajo Nro 0857337, de la empresa Galaxy Entertainment de Venezuela, adscrita a la empresa de televisiónpor cable DIRECT, de fecha 21 de septiembre de 2009, del contrato que tenemos de televisión por cable desde el año 2009 en el inmueble donde tenemos nuestra vivienda familiar. marcada “C”
4) Estado de Cuenta emitido por la Institución Bancaria Banesco en el mes de noviembre de 2010, donde se lee la dirección de mi vivienda calle ampies entre sol y democracia. Marcada “D”
5) Acta de Nacimiento de mi menor hijo en la cual reza la dirección de mi vivienda en el año 2009, marcada “E”
6) Carta Aval de Residencia del Consejo Comunal “San Antonio” rif J-30985861-0, emitida en fecha 13 de julio de 2.011. marcada “F”
7) Constancia de Solvencia emitida por la Unidad Educativa San Jose ubicada en la Calle Ampies entre democracia y sol frente a mi casa demostrativa de que mi menor hijo cursa estudio frente a su vivienda. Marcada “G”
8) Factura Nro. 0641 emitida por la Unidad Educativa San José ubicada en la Calle Ampies entre democracia y sol frente a mi casa, donde se lee la dirección de mi vivienda familiar. . Marcada “H”.
9) Inspección Judicial evacuada por el Juzgado Segundo del Municipio Miranda del Estado Falcón de fecha 28 de septiembre de 2011, demostrativa de que en el inmueble que se pretende desalojar tengo constituida mi vivienda familiar. . Marcada “I”.
10) Justificativo de Testigo evacuado por el Juzgado Tercero del Municipio Miranda del Estado Falcón.03 de agosto de 2011, demostrativo de que en el referido inmueble tengo constituida mi vivienda familiar. Marcada “J”.
No cabe duda de que la Juez influenciada por supuesto por el Juez primero de municipio cometió una grave injusticia que de seguro estoy tendrá que responder, esto hecho abominables del derecho indudablemente opacan la confianza que la población debe tener en el sistema judicial venezolano, pues su conducta se encuadra a todas luces, en una conducta mediocre corrupta, parcializada deshonesta no idónea con la conducta de los Jueces que indudablemente violan las disposiciones prevista en el artículo 33 ordinales 12, 13,14,19,20,23 del Código de Ética del Juez Venezolano y la jueza Venezolana.
Por lo antes expuesto hago un llamado a la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela Dra. Luisa Estela Morales, para que no permita que los jueces de esta naturaleza, que son contumaces con los lineamientos de nuestra revolución, continúen en el Poder Judicial, asimismo hago un llamado a la Juez Rectora del Estado Falcón, para que no se preste para esta vagabundería.
Cómo es posible que ante los argumentos presentados, ella decretó sin lugar la recusación contra el Juez Primero de Municipio, y aunque ya se interpuso denuncia en fecha 25 de octubre de 2.011, en relación a estos irregulares hechos, la juez rectora quien es la responsable de tramitarlas denuncia se hace cómplice de quienes abiertamente se burlan del decreto presidencial.
Por ultimo reitero el llamado a la presidencia del Tribunal Supremo de Justicia para que inicie una averiguación de lo que estoy denunciando y si es necesario destituya a la Juez Rectora por tan irregular situación.
Justicia que solicito en Santa Ana de Coro; 28 de Octubre de 2011
Francisco GarciaC.I 6.265.215
Telef 041651140