Chávez está ausente del país, no del gobierno…

En un ejercicio de democracia y en respeto a la soberanía popular Chávez nos acostumbró a participar a través de la radio y la televisión en la gestión de gobierno, así hemos visto, la gran mayoría de los Consejos de Ministros, así lo hemos visto girando instrucciones verbales permanentemente; pero hay que dejar claro que no permitirnos participar pasivamente en los Consejos de Ministros, no participar de los actos en los cuales el Presidente de la República, recibe cuenta de sus Ministros y gira instrucciones, no es una omisión revestida de inconstitucionalidad o ilegalidad, pues ninguna norma obliga al mandatario nacional ni al Ejecutivo a actuar en esa línea.

Mediante el decreto N° 9.315 del 21 de diciembre de 2012, el Presidente reelecto, en posesión del cargo, otorgó delegación de funciones de gobierno al Vicepresidente Ejecutivo Nicolás Maduro, reservándose “ejercerlas cuando lo considere conveniente”; de tal modo, que no se configura en forma alguna, ausencia temporal del Presidente de la República. Chávez puede venir al país cuando su salud se lo permita y continuar ejerciendo el gobierno, sin ningún problema. Sólo si el Presidente previera ausentarse por noventa días o más; o surgiera una situación diferente de las previstas como faltas absolutas en el artículo 233 constitucional, que lo mantuvieran fuera del gobierno por el mismo tiempo, podríamos concluir que está incurso en una falta temporal; en cuyo caso sería procedente la aplicación del artículo 234 constitucional, esto es, el Vicepresidente de la República, asumiría el gobierno, es decir ya asumiría las funciones de Presidente de la República, no por delegación si no por mandato del articulo 234 señalado.

Ayer la Asamblea Nacional, en un ejercicio democrático, dentro de sus facultades, acordó por mayoría, la juramentación del Presidente Chávez ante el Tribunal Supremo de Justicia, lo cual es válido como protocolo político, pero no necesario como requisito jurídico; y ahora el tema se centra en la ilegitimidad del tren ejecutivo. Me voy a permitir ejemplificar lo absurdo de tal argumentación con un grotesco ejemplo: Supongamos que Henrique Capriles, hubiese ganado las elecciones el 7 de octubre, y el día 9 de enero en la madrugada lo internan con una apendicitis; obviamente no podría asumir el gobierno ni el 10, ni el 11 ni dentro de los 15 días siguientes, que es el término de un reposo médico prescrito para estos casos, si no hay complicaciones; ahora que tendría que hacer el tren ejecutivo de Chávez? Abandonar los cargos porque se acabó el periodo constitucional? no señores, tendrían que mantenerse en sus cargos, hasta tanto Henrique Capriles designara sus sustitutos; pero voy mas allá, seguramente todo el tren ministerial de Chávez, lo primero que haría es presentar su renuncia al Presidente Capriles, y creen que por el hecho de presentar la renuncia, ya pueden abandonar los cargos? No señores, hasta que Capriles acepte las renuncias, tienen que mantenerse en los cargos; así está previsto en el artículo 78 de la Ley del Estatuto de la Función Pública; de lo contrario serian objeto de averiguaciones administrativas y determinación de responsabilidades de carácter civil, administrativas y penales.

Si ese caso macabro que utilicé como ejemplo hubiese coincidido con la situación real, convalecencia del Presidente; por mandato de los artículos 83 y 86 de la constitución, Ley del Estatuto de la Función Pública y Ley del Seguro Social, el Presidente se mantendría en reposo, respetándosele todos sus derechos hasta su recuperación.

Estoy segura que la mayoría de los venezolanos(as) habríamos sido más felices y posiblemente no habría habido tantos muertos, si la oposición venezolana hubiese defendido la constitución y la presidencia de Chávez el 12-4-02, con la misma vehemencia con la que lo hace ahora.

Es tan falsa la dirigencia de la oposición venezolana, que ayer William Dávila leyó entre comillas lo dicho por el Presidente en su declaración dada antes de irse a Cuba y mintió, leyó: ”…Si ocurriere algún hecho sobrevenido que me impidiera asumir el poder…”, cuando lo dicho por el presidente fue…”Si ocurriere algún hecho sobrevenido que me inhabilitara para continuar ejerciendo el gobierno…”. No pierden oportunidad para manipular a sus seguidores, porque entre asumir el poder y continuar ejerciéndolo, hay una gran diferencia.

Finalmente, si la dirigencia opositora pretende que la OEA, le resuelva el problema que enfrenta con la aplicación del texto constitucional, debe esperar que la instancia internacional resuelva la situación de Honduras y el golpe que le dieron a Zelaya. Sigan en cola….porque los revolucionarios estamos clarísimos, Chávez está en posesión y ejerciendo el gobierno por delegación y mediante las instrucciones que gira a sus subalternos, en ejercicio de las facultades que se reservara.

La autora es: Abogada Bolivariana

minnorij@yahoo.com


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Minnori Martínez G.


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