El caso del prof. Santiago Guevara, imputado por traición a la Patria e instigación a la rebelión

En estos últimos días, las universidades que controla la oposición venezolana mantienen una campaña denunciando la "injusta, arbitraria e inconstitucional" detención del prof. Santiago Guevara, docente jubilado de la Universidad de Carabobo. Alegan las autoridades de la AVERUO que el profesor "está detenido por emitir opiniones y realizar trabajos académicos". En tal sentido, queremos hacer públicas algunas reflexiones sobre el caso.

Contextualizaxión: La Patria venezolana desde hace 17 años viene siendo acechada, amenazada y con pretensiones de intervención en función de su declarada vocación libre y soberana de cualquier poder fáctico o de derecho del mundo y de poderes económicos nacionales e internacionales: Dichas pretensiones se han traducido en la práctica en saboteos y boicots permanentes, golpes de estado, derrocamiento del Presidente Constitucional, paros criminales e insurreccionales (abril-diciembre de 2002), asesinatos selectivos, introducción de bandas criminales y/o paramilitares, instigaciones a delinquir, terrorismo político, económico y psicológico, guarimbas criminales, guerra no convencional (o de IV generación) expresada en guerras mediáticas, acaparamiento criminal de productos alimenticios, farmacéuticos, del hogar y hasta personales, ataques a la moneda nacional, ataques cibernéticos y amenazas imperiales como el risible, pero a la vez terrible Decreto Obama que califica a la Patria venezolana como una amenaza inusual y extraordinaria para la seguridad del imperio más poderoso, genocida y violador de los derechos humanos que ha conocido la humanidad en toda su historia.

La Revolución Bolivariana, socialista, antimperialista, anticapitalista y profundamente chavista, tiene como principio fundamental el acatamiento a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, impulsada por nuestro amado Comandante Hugo Chávez, donde se establecen los más amplios derechos y libertades que constitución alguna en el mundo tenga. Sólo se ha intervenido, usando los mecanismos constitucionales, cuando los oposicionistas han transgredido flagrantemente las leyes y agredido a la sociedad y al pueblo venezolano como en el sonado caso de las guarimbas que generaron 43 asesinatos y más de 800 lesionados, así como daños a la propiedad pública y privada y el secuestro en viviendas y urbanizaciones de cientos de miles de venezolanos y venezolanas, todo ello instigado por líderes políticos que usaron la violencia como mecanismo para derrocar al gobierno legalmente constituido.

EN EL CASO DEL PROFESOR DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO SANTIAGO GUEVARA, éste no ha sido detenido por opinar ni por sus investigaciones académicas. Tantos pronunciamientos, declaraciones, textos, publicaciones que se han realizado contra el gobierno por todos los medios posibles y no ha habido en Venezuela ningún tipo de persecuciones. Es lamentable la situación de este profesor universitario, pero como lo dijimos en Consejo Universitario de la UCLA, cada quien debe hacerse responsable por sus actos. Se le está juzgando por traición a la Patria y por instigación a rebelión, delitos contemplados en nuestro código penal con todas las garantías existentes en nuestra legislación. OJALÁ Y DEMUESTRE SU INOCENCIA Y ASÍ SE LE RESPETARÁ.

Lo que sí estamos seguros es que con este universitario no se repetirá lo que ocurrió con muchos otros universitarios que durante la IV República, durante la democracia representativa donde los partidos AD y COPEI gobernaron durante cuarenta años, fueron apresados violándoseles sus derechos humanos, asesinados, desaparecidos y torturados. (Se han contabilizado en miles los venezolanos y venezolanas que sufrieron las terribles secuelas de la represión usada como política de estado contra la entonces oposición de izquierda en nuestra Patria. A este respecto leer el texto de Raúl Zurita Daza, titulado "Víctimas de la democracia representativa en Venezuela. Ed. Haciendo Justicia, publicado en 2006). https://www.aporrea.org/actualidad/a37366.html.

No pasará con el prof. Santiago Guevara lo ocurrido con el PROF. ALBERTO LOVERA, quien en un aciago día del 18-10 de 1965 (gobierno del adeco Raul Leoni) fue detenido en Caracas, desparecido y asesinado brutalmente. Su cuerpo apareció nueve días después, el 27 de octubre, en una playa de Lecherías, estado Anzoátegui, flotando, a pesar que le habían lanzado al mar con una cadena y un pico enterrado en el pecho.

O con los ESTUDIANTES RAFAEL GUERRA Y CÉSAR MILLÁN DEL LICEO ANDRÉS BELLO, asesinados durante la masacre ocurrida en ese centro de estudios en Maturín, el 4 de mayo de 1962 (gobierno del adeco Rómulo Betancourt).

O con FABRICIO OJEDA, PERIODISTA, EDUCADOR, y quien había sido Presidente de la Junta patriótica asesinado el 21 de junio de 1966 en los calabozos del entonces SIFA, donde estaba detenido.

Y qué decir del terrible asesinato de JORGE RODRÍGUEZ (padre) asesinado durante la primera presidencia de Carlos Andrés Pérez, el 25 de julio de 1976. JORGE RODRÍGUEZ FUE PRESIDENTE DE LA FEDERACIÓN DE CENTROS UNIVERSITARIOS DE LA UCV, y habiendo sido detenido fue salvajemente torturado hasta causarle la muerte por desprendimiento de sus órganos internos por la golpiza a la que fue sometido.

Otro universitario, caído el 23 de septiembre de 1993 fue asesinado EL JOVEN ESTUDIANTE Y OBRERO DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA (UCV), SERGIO RODRÍGUEZ, víctima de la represión de la Cuarta República. El hecho ocurrió en la esquina El Chorro de la avenida Universidad cuando el joven de 27 años, quien cursaba estudios de historia en la UCV y trabajaba como vigilante en el recinto académico participaba en una manifestación estudiantil.

La UCLA tampoco escapa a esta realidad, debido a que este es el contexto en el que cae asesinado el 27 de noviembre de 1987 (gobierno de Jaime Lusinchi) en Barquisimeto MANUEL VERA, ESTUDIANTE DE LA UCLA, quien manifestaba contra el alza del pasaje. Igualmente el 28 de Noviembre de 1991 (2do, gobierno de Carlos Andrés Pérez), en Tarabana- Cabudare del Estado Lara cae asesinado EL ESTUDIANTE HÉCTOR GUZMÁN DEL DECANATO DE AGRONOMÍA DE LA UCLA en la lucha por el comedor universitario. Esta es una muestra del carácter represivo de la democracia puntofijista y de la continuidad de la nefasta política represiva de los gobiernos cuarto republicanos.

VOLVIENDO AL CASO DEL PROF. GUEVARA, los argumentos de las autoridades, emitidos en diversos comunicados se refieren a que: "La detención del Profesor Guevara García, es un acto arbitrario del gobierno nacional, que sumamos a la gran cantidad presos políticos que existen hoy en Venezuela. Profesionales, Estudiantes, Empleados y Obreros, han sido encarcelados igualmente, por "delitos de opinión".

Sin embargo, esa detención está relacionada a lo que se ha publicado en diversos medios, donde entre otras cosas, se le vincula con planes de militares oposicionistas para derrocar al gobierno revolucionario, pero que a la vez se ha manifestado que se le ha tratado como un ser humano privado de su libertad, pero atendido respetándole sus derechos y condición humana. Veamos las siguientes reseñas para tener una visión más amplia del asunto:

1.- "Seis (6) oficiales de la 42 Brigada de Infantería Paracaidista fueron detenidos este miércoles 25 de enero, según fuentes extraoficiales. Estarían recluidos en ese centro de unidades tácticas fundamentales y aisladas del Ejército Bolivariano en Maracay, estado Aragua, precisó El Nuevo País". https://www.el-carabobeno.com/seis-efectivos-militares-fueron-detenidos-este-miercoles-la-42-brigada-paracaidistas-maracay/

2.- "Nueve militares están siendo procesados porque presuntamente planeaban un golpe de Estado contra el presidente Nicolás Maduro. Los investigados fueron presentados ante el Tribunal Militar 1º de Control de Caracas a cargo de la mayor Claudia Carolina Pérez, según el expediente CJPM-TM1C-002-17. Ocho de los nueve militares quedaron privados de libertad y les fijaron como sitios de reclusión la Dirección General de Contrainteligencia Militar y Ramo Verde. Les imputaron traición a la patria e instigación a la rebelión.

Ellos son el general de brigada (r-GNB) Ramón Antonio Lozada Saavedra; el sargento mayor de 2ª (r) Noel Ricardo Romero Lugo y los sargentos activos del Ejército Jairon Ely Villegas Moreno, Javier Rafael Peña, Feydi Rafael Montero, Juan Francisco Díaz Castillo, Yecson Enrique Lozada Matute y Rubén Augusto Bermúdez Oviedo. El teniente coronel Carlos Enrique Viana Sosa es procesado en libertad. Los fiscales militares Yusnagry Pérez y Jean Carlos Latozefsky sostuvieron ante el citado Tribunal que el grupo de detenidos "se ha estado organizando en un movimiento encaminado al alzamiento o rebelión en contra del Poder Ejecutivo".

Para materializar dicho plan, sostuvieron una reunión el 26 de diciembre de 2016 en el óvalo adyacente a la comandancia general de Poliaragua, situada en Maracay. Allí presuntamente se planeó asaltar la Compañía 4209 de Francotiradores Capitán Fernando Crespo para apoderarse de 52 fusiles Dargunov, 312 cargadores del mencionado fusil, 3.200 cartuchos calibre 7.62X54 mm y 20 pistolas 9 mm con sus 2 mil municiones. El movimiento contaba con apoyo y poder de fuego en Caracas, Bolívar, Carabobo y Zulia. Los sargentos fueron convocados para ser incluidos "en un anillo de seguridad con la finalidad de proteger al ‘papa’, alias referido al general en jefe (r) Raúl Isaías Baduel". http://www.ultimasnoticias.com.ve/noticias/politica/procesan-9-militares-intento-golpe/

EL PROFESOR NO HA ESTADO DESASISTIDO:

3.- La fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, sostuvo una reunión este martes con la rectora y el vicerrector administrativo de la Universidad de Carabobo, Jessy Divo y José Ángel Ferreira, respectivamente; y la rectora de la Universidad Central de Venezuela, Cecilia García Arocha, en la que se expuso el caso del profesor Santiago Guevara y se designó un fiscal para investigar su detención. http://lanacionweb.com/nacional/designaron-fiscal-para-investigar-detencion-del-profesor-santiago-guevara/

El miércoles, la presidente de Averu, Cecilia García Arocha; la rectora de la UC, Jessy Divo, y el vicerrector de la UC, José Ángel Ferreira, se reunieron con la fiscal general Luisa Ortega Díaz para solicitarle una revisión urgente del caso del profesor. "La fiscal se comprometió a asignar un fiscal especial dentro de la jurisdicción civil, para evaluar si mudan el caso ante estos tribunales; y a garantizar el derecho de salud de Guevara", informó Ferreira.

Las autoridades universitarias entregaron a la fiscal general documentos que explican su situación de salud: padece hipertensión, colon irritable y tiene tendencia a que sus articulaciones se endurezcan con facilidad por estrés. A PESAR DE QUE TIENE ACCESO A SUS MEDICINAS, durante la primera semana en prisión tuvo dos recaídas por su condición del colon. http://www.el-nacional.com/noticias/presos-politicos/profesor-guevara-delito-amistad_84904.

4.- El 24 de febrero, el Consejo Universitario de la Universidad de Carabobo (UC) denunció la detención de Santiago Guevara, investigador y profesor jubilado de Economía de esa casa de estudios. Según el comunicado de la UC, Guevara sería procesado por "traición a la Patria e instigación a la rebelión", aunque los motivos por los cuales se le ha privado de libertad no están claros aún para la comunidad académica.

SEGÚN DECLARACIONES DE LA RECTORA DE LA UC ESTE 1 DE MARZO, EL INVESTIGADOR NO HA SIDO MALTRATADO DESDE SU DETENCIÓN pero no ha recibido la atención adecuada. José Ángel Ferreira, vicerrector académico de la Universidad de Carabobo, dijo a El Carabobeño que la salud de su colega estaría comprometida. http://prodavinci.com/2017/03/01/actualidad/que-se-sabe-sobre-el-caso-del-profesor-santiago-guevara-monitorprodavinci/

5.- El Tribunal Militar 1º de Control, con sede en Caracas, acordó una privativa de libertad contra el general en jefe en condición de reserva activa Raúl Isaías Baduel, porque presuntamente planeaba junto a otros militares un golpe de Estado para desplazar el gobierno del presidente Nicolás Maduro, según se lee en la sentencia CJPM-TM1C-002-17. Baduel fue imputado el 2 de marzo por la presunta comisión de los delitos de instigación a la rebelión (de cinco a diez años de prisión) y traición a la patria… A ESE ENCUENTRO ASISTIERON SANTIAGO JOSÉ GUEVARA GARCÍA, EL CORONEL (R) EMILIO MÉNDEZ MARTÍNEZ Y UN GENERAL AÚN POR IDENTIFICAR. ALLÍ SE HABLÓ DE QUE SE ESTABAN DANDO PASOS PARA ARMAR UN MOVIMIENTO CÍVICO-MILITAR CON EL FIN DE ACTIVAR EL ARTÍCULO 350 DE LA CONSTITUCIÓN

http://www.ultimasnoticias.com.ve/noticias/politica/baduel-se-expone-27-anos-planear-golpe/.

Otro de los cuestionamientos que se han realizado en torno a la detención del prof. Guevara, es que siendo civil, debería ser juzgado por sus jueces naturales. Veamos lo que dice nuestro ordenamiento jurídico en tormo a casos específicos como éste:

CRBV: ART. 49. —El debido proceso se aplicará a todas las actuaciones judiciales y administrativas; en consecuencia:

4. Toda persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces naturales en las jurisdicciones ordinarias o especiales, con las garantías establecidas en esta Constitución y en la ley. Ninguna persona podrá ser sometida a juicio sin conocer la identidad de quien la juzga, ni podrá ser procesada por tribunales de excepción o por comisiones creadas para tal efecto. http://derechovenezolano.wordpress.com/2013/06/27/principios-generales-del-proceso-penal-venezolano/

 

CODIGO ORGANICO DE JUSTICIA MILITAR

 

Artículo 123. La jurisdicción penal militar comprende:

Ordinal 2. Las infracciones militares cometidas por militares o civiles, conjunta o separadamente;

3. Los delitos comunes cometidos por militares en unidades, cuarteles, guarniciones, institutos educativos, establecimientos militares o en instalaciones de entes descentralizados de las Fuerzas Armadas, en funciones militares, en actos de servicio, en comisiones o con ocasión de ellas.

CAPITULO II

De la Competencia de los Tribunales Militares

"Artículo 128. En los caso a que se refiere el ordinal 3º del artículo 123, si el delito común ha sido cometido por militares y por civiles, como autores principales o cómplices, todos los complicados serán sometidos a la jurisdicción militar."

Artículo 486. La rebelión es un delito militar aún para los no militares, si concurren alguna de las circunstancias siguientes:

1. QUE LOS REBELDES ESTÉN MANDADOS POR MILITARES, O QUE EL MOVIMIENTO SE INICIE, SOSTENGA O AUXILIE POR FUERZAS NACIONALES.

2. Que formen partidas militarmente organizadas y compuestas por diez o más individuos.

3. Que aún formando partidas en menor número de diez, existan en otros puntos de la República partidas o fuerzas que se propongan el mismo fin.

4. Que hostilicen en cualquier forma a las fuerzas nacionales.

Así que el prof. Guevara está siendo investigado por delitos supuestamente cometidos por militares en complicidad con él, por lo que le corresponde ser investigado en dicha causa. De todas formas, en las leyes están previstas las situaciones en que se puede impugnar esas decisiones para determinar la competencia de los tribunales militares en casos como este. Ello lo determina el Tribunal Supremo de Justicia si ante ese órgano se plantea el CONFLICTO DE COMPETENCIA entre un tribunal penal o un tribunal militar.


 



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Cécil Gerardo Pérez


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