2. Con la presentación y aprobación en primera discusión en la Asamblea Nacional de esta propuesta de Nueva Ley de Universidades, se cierra un ciclo histórico que se inicia, desde nuestro punto de vista, en 2001. En aquel año, trabajadoras/trabajadores administrativos, obreros y estudiantes, fundamentalmente, arriaron las banderas de la Transformación Universitaria, exigiendo Constituyente Universitaria para refundar la Universidad; esa incipiente batalla conllevaría a la histórica Asamblea Universitaria Constituyente del 28 de marzo 2001, en el Aula Magna de la UCV, repleta hasta sus balcones; finalizada la misma, un pequeño grupo de estudiantes creyó conveniente informar al Consejo Universitario de tan notable acontecimiento y se dirigió al Salón de Sesiones a solicitar un derecho de palabra, allá otros acontecimientos derivarían en lo que se conocería como la “toma del salón de sesiones del CU”. Este acontecimiento que adquiriría connotación nacional, fraccionó en dos posturas radicalmente opuestas al Gobierno Revolucionario de aquellos primeros años; por un lado los reformistas, encabezados por Luis Fuenmayor, desde Opsu, quienes se plegaron a la defensa de la universidad cuarta republicana, y por el otro, los revolucionarios/revolucionarias, quienes en cabeza de la Vice Presidencia de la República, la camarada Adina Bastidas, quienes propugnaban avanzar en ese entonces por los caminos de la Revolución y la Transformación de la vieja universidad. Trabajadoras/trabajadores administrativos, obreros y estudiantes, inician así un periplo de luchas, que conllevaría a una primera derrota del movimiento pro constituyente universitaria, tras la cual, el Consejo Universitario de la UCV y la dupla Giannetto-Fuenmayor, actúan implacablemente contra los líderes del proceso, a los estudiantes se les expulsa y al dirigente de la Asociación de Empleados Administrativos (AEA-UCV), el camarada Eduardo Sánchez, quien en ese entonces era estudiante y empleado, se le expulsa y despide laboralmente, doble sanción que evidencia el odio que sintió la cúpula profesoral por el hecho de que las trabajadoras/trabajadores administrativos y obreros se sumaran a la causa de los estudiantes que, en el fondo, venía a ser también su causa. Como corolario de estos acontecimientos, en el devenir histórico, surgirían el M-28 y el SinatraUCV, ambos colectivos que se han mantenido en el combate por la Transformación de nuestras universidades, uno en el ámbito estudiantil y el otro, en el de la defensa intransigente de los derechos laborales, tan asediados por las autoridades universitarias que se implantaron desde entonces. Mientras los estudiantes expulsados pudieron reintegrarse a sus estudios, una vez cumplida su pena, el camarada Eduardo Sánchez aún continúa sin poder ser reenganchado a su puesto de trabajo, convirtiéndose en una deuda que tenemos todas/todos los revolucionarios por resarcir, de allí nuestro llamado a los camaradas Elías Jaua y María Cristina Iglesias para que intervengan en la búsqueda de soluciones a este problema, que si bien es individual, adquiere connotación colectiva, ya que el camarada Eduardo Sánchez actuó como conciencia colectiva de las trabajadoras/trabajadores administrativos y obreros, apoyando la causa de la Transformación Universitaria, siguiendo órdenes de la Asamblea General.
3. La propuesta de nueva Ley es perfectamente Constitucional, en otras palabras ajustada a derecho, y profundamente DEMOCRÁTICA. Es perfectamente Constitucional, ya que se ajusta a lo ordenado en el 6º constitucional: “El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables…”, premisas todas establecidas en las nuevas instituciones de gobierno universitario previstas en la propuesta de nueva Ley de Universidades. Se desmonta el omnímodo y plenipotenciario Consejo Universitario, estructura de poder que concentró en su seno las atribuciones de legislar, ejecutar, sancionar, perdonar, hacer justicia, en fin, toda la vida universitaria dependía de lo que decidiera ese cuerpo colegiado en que el sector profesoral era mayoría plena. La propuesta desmonta esa estructura de dominio autoritario y dictatorial, estableciendo nuevos poderes e instancias de decisión de la vida universitaria, nuevos órganos de Gobierno Universitario se establecen: la Asamblea Universitaria, el órgano ejecutivo, el Consejo Disciplinario, el Consejo de Apelaciones, el Consejo Contralor, el órgano electoral y la Defensoría Universitaria (artículo 82), siete (7) nuevos podres darán a luz con la aprobación de esta propuesta de Ley, diseminando funciones y atribuciones, DEMOCRATIZANDO LA TOMA DE DECISIONES.
En todos y cada
uno de esos nuevos poderes, la participación de la comunidad de estudiantes,
trabajadoras/trabajadores docentes, administrativos y obreros, tendrán
garantizada su participación en igualdad de condiciones. Asimismo,
en la elección de las autoridades de las universidades: “En las
universidades, todos los sectores de la comunidad universitaria ejercerán
en igualdad de condiciones el derecho político a la participación
para elegir a las autoridades, voceros y voceras ante los
órganos colegiados. La comunidad universitaria la integran: los y las
estudiantes inscritos en la institución, de cualquier nivel y programa
de formación; y las trabajadoras y trabajadores académicos, independientemente
de su condición y categoría; las trabajadoras y trabajadores administrativos
y obreros que conformen la nómina universitaria respectiva. La igualdad
de condiciones en la participación electoral de la comunidad universitaria
implicará, la cuantificación de un voto por cada votante para la determinación
de los resultados electorales…” (Artículo 79).
No solo se democratiza
la toma de decisiones y la elección de las autoridades universitarias,
sino que este proyecto de Ley de Universidades avanza mucho más en
la DEMOCRATIZACIÓN de la vida universitaria, garantizando el acceso
de los/las estudiantes: “Democratización del ingreso a las instituciones
de educación universitaria: todo egresado y egresada del nivel de educación
media tiene derecho a ingresar a cualquier institución de educación
universitaria, de acuerdo a lo establecido por el Estado Docente. En
consecuencia, ninguna institución universitaria podrá
imponer otros requisitos o mecanismos que violen este principio…”
(Artículo 4, Numeral 5); se da al traste, con esta nueva Ley,
a ese mecanismo de corrupción y brutalmente excluyente que fueron las
pruebas de admisión. Se acabó ese negocio.
henryesc@yahoo.es