Las tres acepciones de hecho social trabajo

Por lo general los académicos cuando nos hablan del hecho social trabajo, lo encasillamos en la relación de explotación del trabajo humano o el trabajo remunerado, lo que se entiende por derecho del trabajo o derecho laboral; esa es la acepción menos importante en un proceso revolucionario como el que esta viviendo Venezuela. El hecho social trabajo, por lo menos, tiene tres sentidos, significados o acepciones; la primera que es la mas importante, la contenida en el articulo 3 de nuestra carta magna, relativo a los fines supremos del estado, que lo define como proceso fundamental, conjuntamente con la educación, para lograr esos fines del estado; en esta acepción el hecho social trabajo debe ser obligatorio u obligante para todo ciudadano y ciudadana de la Republica Bolivariana de Venezuela; el estado conjuntamente con la sociedad esta en la obligación de realizar dentro los planes de la nación, los objetivos o metas a lograr y dentro de ello la mano de obra o los trabajadores que impulsaran esos planes con sus respectivas compensaciones o remuneraciones; en este tipo de trabajo que busca obtener los fines sagrados del estado en donde están el desarrollo de la persona y la dignidad, el bienestar común, las garantías de la constitución y que esta muy ligado (Debe estar) a la educación; y para ser mas grafico serian la construcción de carretera, viviendas, cloacas, electrificaciones, edificaciones industriales o publicas como escuelas, liceos, ministerios, hospitales, casas comunales, cultivos y cosechas de productos agrícolas, etc., en otras palabras construcciones, productos, bienes y servicios que redundan en beneficio del colectivo; repito, este tipo de trabajo debería estar exento de las leyes del trabajo que son para proteger al trabajo explotado, de explotación del hombre por el hombre. Este tipo de trabajo es fundamentalmente para la persona que ha sido excluido del proceso productivo por parte del capitalismo, en otras palabras, los trabajadores desempleados, a quienes se le debe dar una remuneración de sobrevivencia (Recuérdese que son la gran mayoría de la sociedad) y pagos en especies; son verdaderos trabajos sociales y su remuneración seria un salario social, no sujeto a la relación obrero-patronal clásica o a la ley del trabajo burguesa. En este tipo de trabajo se mezcla mucho el trabajo voluntario, aunque este tipo de trabajo seria la tercera acepción del hecho social trabajo.

La otra acepción del trabajo, es lo que todo el mundo entiende por “relación de trabajo” o relaciones obrero-patronales y están regidas por la ley del trabajo y mas concretamente es el único tipo de trabajo que reconoce el imperialismo por intermedio de su organismo la OIT o ILO, organización internacional del trabajo. Para muchos “marxistas ortodoxos”, esta “ciencia” laboral esta intrínsicamente ligada al marxismo, es mas dicen que es el marxismo, por aquello que dijo Carlos Marx de que la clase obrera era la vanguardia de la revolución socialista y los sepultureros del capitalismo; no se ubican estos supuestos marxistas, que les gusta autodenominarse ortodoxos, que los trabajadores son revolucionarios en la medida que sean clase “para si” y “no en si”, al ser clase en si, son una masa amorfa y en algunos casos hasta desclasada, al estilo del proletariado y el sindicalismo norte-americano de posguerra; en cambio al ser clase “para si”, los trabajadores y trabajadoras tienen conciencia de clase, al decir de Chávez, es masa en movimiento acelerado; en esa medida la clase obrera es revolucionaria y es sepulturera del capitalismo, si non, non. A este grupo de supuestos marxistas laboristas, llamaremos los sindicaleros, puesto que su lucha de clase o su revolución proletaria se limitan a sacarle unas cuantas lochas al patrón, conservando el sistema.

En conclusión, podemos decir, con respecto a esta segunda acepción del hecho social trabajo que denominaremos “trabajo explotado” o relación de trabajo bajo explotación, es la que mas debe ser regulada y protegida puesto que aquí existe la explotación del hombre por el hombre, aquí hay esclavitud que con el tiempo, en la medida que se vayan desarrollando las fuerzas productivas y la sociedad tienda hacia el auto sostenimiento, ese tipo de trabajo debe prohibirse, penalizarse. A este tipo de trabajo explotado debe tomarse en cuenta la capacidad económica del patrón, no es lo mismo una millonaria empresa transnacional a una pequeña o mediana empresa privada; por ejemplo las ganancia de la banca privada son abusivas y groseras y no obstante el trabajador bancario cobra una miseria y esta súper explotado, los bancos han venido precarizando mas el trabajo en sus agencias; pero los sindicaleros, por lo general agentes del gran capital, jamás le han parado a esta diferencia de patronos grandes y chicos que es real y lógica, cuando hay aumento, el aumento es rasero sin diferenciar al gran capitalista del pequeño capitalista, ese rasero favorece al gran capital en detrimento de la pequeña y mediana empresa.

Y por ultimo, la tercera acepción del trabajo, es el trabajo voluntario; para una sociedad lograr el auto sostenimiento o el ser autosuficiente que seria la mayor suma de felicidad social, se requieren unas cuantas millones de horas hombre, que todo el dinero del estado es imposible cubrir si lo estimamos en dinero; esas horas hombres, para cubrir esa parte se requiere el trabajo voluntario el “trabajo comunista”, lo que los soviéticos llamaron los “sábados rojos” y nosotros pudiéramos llamar las “horas rojas” (Horas extras voluntarias) y los “fines de semana rojos”. Ahora debe quedar bien claro, no puede existir trabajo voluntario a un patrón privado. El trabajo voluntario se presta al estado y en determinada condiciones pero fundamentalmente a las comunidades. El trabajo voluntario debe regularse y sobretodo debe emularse; por ejemplo, el trabajo voluntario debe registrarse, una persona que tenga mil horas de trabajo voluntario, es una persona que debe premiarse, se le deben dar cierto tipo de privilegios. En el trabajo voluntario lo que no se cobra es el salario, pero este tipo de trabajo, aparte que debe organizarse y sistematizarse también, por ejemplo al trabajador voluntario debe dotársele de transporte y alimentación, aparte que las horas voluntarias trabajadas se le acumulan para premiarlas moralmente.; premio moral, que debe tener alguna ventaja material.

Tanto el trabajo social como el trabajo voluntario no deben estar regulados por la ley del trabajo burguesa sino por una ley del trabajo socialista porque su fin no es enriquecer a un particular sino aumentar la riqueza y el capital del colectivo social.

 

CONCLUSION

 

Aunque disertaremos más sobre este punto, podemos concluir, que el hecho social (Económico-político) trabajo, tiene tres acepciones o sentidos; y no uno solo como lo interpretan burgueses y sindicaleros: Esta el hecho trabajo, contemplado en el articulo 3 de nuestra carta magna que lo coloca conjuntamente con la educación como los procedimientos para lograr los fines superiores del estado; a este tipo de trabajo lo llamaremos “social” y debe tener un salario social; y debe estar exento de la legislación del trabajo, cuya reforma muy a regañadientes se esta discutiendo en la asamblea nacional, en donde predomina el genero sindicalero. Este tipo de trabajo debe estar ligado a los planes de la nación y a las comunas.

El segundo tipo de trabajo, es el más, o casi único conocido, es el trabajo regulado por la legislación laboral, cuya reforma se discute en la asamblea nacional, y la cual debe separar a los trabajadores del estado, quienes no deben estar sujeto a la rigidez de la ley del trabajo, ya que el estado no es el clásico capitalista explotador generador de plusvalía como si lo es el capital privado; y dentro de los trabajadores que laboran para patrones privados debe diferenciar al gran capital del mediano y pequeño empresario, muchas veces estos últimos sujetos a subsidios estatales para sostenerse; a estos últimos la rigurosidad laboral debe ser menor; y para los patrones privado debe regresar el sistema de antigüedad acumulada que Caldera-Congreso-CTV-FEDECAMARAS, les robaron a los obreros en 1997; al gobierno no, porque se descapitaliza y necesita esos reales para desarrollar la infraestructura del país y crear las fabricas y haciendas que nos convertirán en nación industrializada.

Y por ultimo esta el tercer tipo de trabajo, que es el trabajo voluntario, el cual debe regularse, primero para facilitarlo, dotándolo de transporte y alimentación (Viáticos que pueden ser en especie), y en algunos casos de equipos y vestimenta adecuada; y sobretodo debe registrarse, con el fin de que las personas mientras mas horas acumuladas de trabajo voluntario posean, serán mejores ciudadanos, mejor ciudadanía que tiene que manifestarse (Aparte de las condecoraciones), en ciertos privilegios concretos como, preferencia para optar a becas, vivienda, vehículos, créditos, etc.

 

franciscosierracorrales@yahoo.com.ar



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Francisco Sierra Corrales


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