Visto el panorama, donde la constituyente ha tomada fuerzas, la MUD se lanzó a la calle, según ellos de manera permanente, y este lunes generaron un caos en varias partes del país, entre ellas nuestra Isla de Margarita, donde incluso se dieron el lujo de quemar un camión de la Guardia Nacional.
En todas las redes sociales los chavistas en masa piden salir a la calle a enfrentar a esos fascistas, pero la línea política ha sido aguantar; nos preguntamos ¿aguantar hasta cuándo?; ¿si en esa unidad de la Guardia hubiesen estado los efectivos castrenses también se debería esperar?. La gente pareciera tener memoria corta, similar situación se presentó cuando la serie del Caribe en Margarita, donde opositores secuestraron a las delegaciones que se encontraban alojadas en el hotel Venetur, hasta que un grupo decidimos ir a apoyar a nuestros invitados internacionales y voluntariamente se fue sumando el pueblo chavista de manera pacífica; al ver la guardia nacional que tenia de su lado la mayoría del pueblo, desalojaron de inmediato a los manifestantes y los cabecillas fueron detenidos y enviados a la cárcel de Puente Ayala, donde por cierto, fui comisionado para acompañar a los familiares a que observaran que a los detenidos se les estaban garantizando sus derechos humanos; pero estos no pensaron sobre los derechos humanos de las personas a las que secuestraron y estaban vilipendiando.
Estos ciudadanos que esta semana continúan sus actos terroristas violan no solo el derecho a la vida consagrado en el artículo 43 constitucional, sino muchos otros Derechos Constitucionales, entre ellos el derecho al libre tránsito establecidos en el artículo 50 de la Carta Magna; así mismo nuestro Código Penal en su artículo 357 establece que "quien ponga obstáculos en una vía de circulación de cualquier medio de transporte, abra o cierre las comunicaciones de esas vías, haga falsas señales o realice cualquier otro acto con el objeto de preparar el peligro de un siniestro, será castigado con pena de prisión de cuatro años a ocho años"; considerando solo ese delito; además, quienes resulten implicados en estos casos no tendrán derecho a gozar de los beneficios procesales de ley ni a la aplicación de medidas alternativas del cumplimiento de la pena; o sea, quedan presos.
Además estos niños de pecho no serán sometidos a la Justicia Civil, sino a la Militar; de acuerdo a lo estipulado en el artículo 261 Constitucional, que establece que la competencia de los tribunales militares se limita a los delitos de naturaleza militar, considerando en estos casos la agresión a los funcionarios castrenses como tal, según lo estipulado en el Código Militar, que prevé entre 14 y 20 años de presidio para quienes agredan a un policía o ataquen a un centinela.
Además de todo lo señalado les traigo a colación un artículo que escribí en marzo del 2014, donde hago referencia a que el TSJ mediante amparo indicó, que son los Alcaldes, como primera instancia, los que deben, dentro de su jurisdicción evitar que se coloquen obstáculos en la vía pública que impidan el libre tránsito de las personas y vehículos (por supuesto aquellos que cuentan con Policía Municipal), por cuya medida fueron destituidos varios Alcaldes; en aquella misma época nuestro amigo Hermán Escarrá, manifiesto que presentará un proyecto de ley para la defensa de la democracia, indicando que la misma buscará permitir una actuación más rápida y eficaz ante las guarimbas; esperamos sea incluida esta dentro del proceso constituyente.
Dentro de ese mismo marco Constituyente aprovecho realizar una propuesta: Que todos los jubilados de la Administración Pública cuenten con una jubilación entre el 80 y 100%, al igual que los Educadores; buscando en este caso la igualdad ante la Ley.