Sin embargo, nuestras leyes solo han tocado problemas superficiales. Pues el numeral 2 del artículo 19 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos de 1966, otro instrumento jurídico internacional que profundiza la definición de los derechos comunicacionales, advierte que el derecho a la libertad de expresión entraña deberes y responsabilidades especiales. Por consiguiente puede estar sujeto a ciertas restricciones que deben fijarse expresamente en la ley y ser necesarias para asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás. Y añade en el literal B, que es necesaria para la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.
Pues bien, cuando la Fiscal General Luisa Ortega Díaz, propone una Ley de Delitos Mediáticos es porque concibe que si existe una violación al derecho a la información, o un abuso de la libertad de expresión que amenaza la seguridad nacional, la salud pública o la reputación de los demás, pues debe existir un instrumento jurídico que penalice esa violación. La lógica de los especialistas en comunicación de la oposición es que la libertad de expresión no debe regularse porque contradice esa misma libertad. Pero en realidad evade la responsabilidad de avanzar en materia jurídica para garantizar el derecho a la información veraz y oportuna.
Incluso, esa lógica estúpida ha servido para violar la ley. Por ejemplo, el instrumento jurídico por el cual se rige el Ministro Diosdado Cabello para expropiar concesiones del espectro radioeléctrico de algunas emisoras, es una ley adeca, aprobada por el Congreso de la cuarta República, con la mayoría del partido Acción Democrática. Solo que en aquel entonces los adecos jamás pensaron que perderían el gobierno y hacían lo que se les daba la gana. Es ridículo argumentar que el espectro radioeléctrico puede venderse, heredarse o alquilarse, amparándose en el derecho a la libertad de expresión. Es como si el lector se tragara la luz roja, porque es su forma de expresarse libremente.
Quedó tácito para quienes trabajan en la comunicación, que abusar de la libertad de expresión podía tolerarse, porque no significaba un delito grave, salvo un mea culpa por guiñarle un ojo a la ética. Si no hay cadáver, pues no hay delito. Pues sí hay cadáver, está demostrado que la instigación al odio a través de los medios puede causar genocidios, ejemplo Ruanda. La reputación de los funcionarios públicos es mancillada sistemáticamente, mientras que la reputación de los dueños de medios es incuestionable. Y si el dueño del medio es narcotraficante, usurero, golpista, entonces son asuntos de su vida privada que no interesan a nadie. No amigo lector, eso tiene que cambiar, y está cambiando, guste o no