Contra el poder Venezuela es vanguardia en revolución comunicacional

Nunca antes se había debatido tanto en torno a los medios de comunicación en el país. Curiosamente quienes están a favor o en contra del gobierno, se quejan sin el conocimiento suficiente para comprender que en un proceso de cambios estructurales es natural que la estructura jurídica, social y económica en la que se da el ejercicio del periodismo y de la comunicación en general, este modelo se estremezca en sus cimientos para crear uno nuevo. Todo inicia con la constituyente de 1999, la cual consagra por primera vez en la constitución el derecho a la libertad de información. Hasta esa fecha la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) en 1948, punto de partida de la definición universal del derecho a la información, dejaría de ser letra muerta y desencadenaría una serie de medidas polémicas y revolucionarias en materia comunicacional. Los dueños de medios, responsables del oscurantismo comunicacional anterior a la V República, reaccionaron de manera violenta, acelerando la transición de manera más traumática y peligrosa. Hasta el punto de que se involucraron en un golpe de estado y de manera impune justifican cualquier inmoralidad que les permita tumbar el gobierno y detener los cambios.

Sin embargo, nuestras leyes solo han tocado problemas superficiales. Pues el numeral 2 del artículo 19 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos de 1966, otro instrumento jurídico internacional que profundiza la definición de los derechos comunicacionales, advierte que el derecho a la libertad de expresión entraña deberes y responsabilidades especiales. Por consiguiente puede estar sujeto a ciertas restricciones que deben fijarse expresamente en la ley y ser necesarias para asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás. Y añade en el literal B, que es necesaria para la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.

Pues bien, cuando la Fiscal General Luisa Ortega Díaz, propone una Ley de Delitos Mediáticos es porque concibe que si existe una violación al derecho a la información, o un abuso de la libertad de expresión que amenaza la seguridad nacional, la salud pública o la reputación de los demás, pues debe existir un instrumento jurídico que penalice esa violación. La lógica de los especialistas en comunicación de la oposición es que la libertad de expresión no debe regularse porque contradice esa misma libertad. Pero en realidad evade la responsabilidad de avanzar en materia jurídica para garantizar el derecho a la información veraz y oportuna.

Incluso, esa lógica estúpida ha servido para violar la ley. Por ejemplo, el instrumento jurídico por el cual se rige el Ministro Diosdado Cabello para expropiar concesiones del espectro radioeléctrico de algunas emisoras, es una ley adeca, aprobada por el Congreso de la cuarta República, con la mayoría  del partido Acción Democrática. Solo que en aquel entonces los adecos jamás pensaron que perderían el gobierno y hacían lo que se les daba la gana. Es ridículo argumentar que el espectro radioeléctrico puede venderse, heredarse o alquilarse, amparándose en el derecho a la libertad de expresión. Es como si el lector se tragara la luz roja, porque es su forma de expresarse libremente. 

Quedó  tácito para quienes trabajan en la comunicación, que abusar de la libertad de expresión podía tolerarse, porque no significaba un delito grave, salvo un mea culpa por guiñarle un ojo a la ética. Si no hay cadáver, pues no hay delito. Pues sí hay cadáver, está demostrado que la instigación al odio a través de los medios puede causar genocidios, ejemplo Ruanda. La reputación de los funcionarios públicos es mancillada sistemáticamente, mientras que la reputación de los dueños de medios es incuestionable. Y si el dueño del medio es narcotraficante, usurero, golpista, entonces son asuntos de su vida privada que no interesan a nadie. No amigo lector, eso tiene que cambiar, y está cambiando, guste o no


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David Javier Medina


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