Hay dos visiones del mundo contrapuestas que salen a flote cuando se trata cualquier tema en el mundo actual, en el cual el capital ha alcanzado el cenit de su poder:
Por un lado, la visión de quienes ostentan el poder económico, basada en La Propiedad (así, con mayúsculas, que es su dios), punto de vista claramente expresado en el refrán “cuánto tienes, tanto vales”. Según este punto de vista, todo es comercializable y todos los aspectos de la vida, sus alegrías y tristezas, sus triunfos y fracasos, lo hermoso y lo terrible, son oportunidades de negocios, es decir, pueden convertirse en mercancías, en fuentes de dinero.
El otro punto de vista es el de la humanidad, que se resiste a ser empaquetada e identificada con un código de barras; la humanidad creadora, la que sufre, siente, ríe, la que está evolucionando en este mundo capitalista que ha hecho que para los pueblos la vida sea “como atravesar un callejón con numerosísimas ventanas, y desde cada una de ellas un francotirador está disparando a matar”.
Esta es la contraposición de valores que subyace en la discusión actual sobre la llamada “propiedad intelectual”.
Por un lado el gobierno del Presidente Chávez busca reformar la Constitución para dar mayor poder al pueblo, que es la mejor manera de acabar con la miseria. En ese contexto se incluye la reforma del artículo 98 relacionada, más que con la propiedad intelectual, con la soberanía cultural, con la libertad de todas las personas de tener acceso a la cultura sin menoscabo, por supuesto, del derecho que tienen autoras, autores y artistas a una justa remuneración porque, como es muy bien sabido, los poetas, los artistas y los programadores también comen.
Los detalles de este derecho que con toda seguridad quedará consagrado (esta vez sin piquete al revés) cuando se apruebe La Reforma el dos de diciembre, deberán ser establecidos en una ley ordinaria.
Es en una ley especial, que deberá consagrar también los derechos de usuarios y usuarias, en donde se deberá especificar cada libertad, cada derecho; donde deberá normarse cada acción; garantizando por supuesto que autores, autoras y artistas reciban lo que les corresponde, no sólo cuando se comercialice las obras sino en todo caso, ya que el gobierno bolivariano no concebirá jamás que cuando el autor o la autora trabaje para el Estado deba pasar necesidades económicas. La experiencia de estos ocho años nos dice que la tendencia de esta Revolución es dar la mayor suma de felicidad posible, y eso puede interpretarse como una satisfacción plena de las necesidades materiales y espirituales. El derecho a crear y el derecho a vivir bien.
No deberá olvidarse en esta ley tampoco a los programadores, a quienes realizan el “software”, así sea libre. Las cuatro libertades que se plantean en el movimiento de Software libre pueden en Venezuela convertirse en ley, y las licencias comerciales pueden ser un instrumento para ser utilizado cuando los creadores decidan obtener beneficios por su trabajo, negociando con empresas que lo comercialicen.
La cultura libre deberá también estar expresada en la ley socialista que se apruebe, garantizando el acceso de toda la gente a las obras artísticas, literarias y científicas, así como el derecho de los creadores y las creadoras de dichas obras a tener un nivel de vida digno, a ser respetados y a que ninguna otra persona, natural ni jurídica, las explote.
Para que esto sea realidad, debe quedar bien claro en la nueva ley que artículos como el 59 de la Ley Sobre el Derecho de Autor, todavía por desgracia vigente; que dice: “Se presume, salvo pacto expreso en contrario, que los autores de las obras creadas bajo relación de trabajo o por encargo, han cedido al patrono o al comitente, según los casos, en forma ilimitada y por toda su duración, el derecho exclusivo de explotación definido en el artículo 23 y contenido en el Título II de esta Ley (…)”. Esa misma disposición ya se había expresado en el artículo 15 sobre las obras audiovisuales, el 16 sobre las obras radiofónicas; y se repite varias veces, para dejar bien claro que los derechos sobre todo tipo de obra deben ser cedidos a las empresas. En cuanto al derecho moral, según está en el artículo 16 y se repite constantemente con respecto a las distintas obras, “el productor de la obra radiofónica puede, salvo estipulación en contrario, ejercer los derechos morales sobre la obra, en la medida en que ello sea necesario para la explotación de la misma”. Allí queda bien claro que ni los derechos morales se salvan cuando se trata de proteger los intereses de las empresas.
La legislación capitalista protege las obras y los derechos son papeles negociables que terminan en manos de las empresas. La nueva legislación debe proteger los derechos de los autores y las autoras, que no deben ser cedidos nunca. Entre esos derechos está el comerciar con sus obras y licenciar a terceros para que lo hagan pero eso sí, con la correspondiente remuneración que debe ser acordada por medio de contrato supervisado por el Estado, para que las grandes empresas no apabullen a los creadores, las creadoras ni a los artistas, con su poder económico.
Con la redacción actual del artículo 98 de la Constitución esto no es posible, porque se privilegia las inversiones, y se sujeta a los convenios internacionales bajo una normativa elaborada con la exclusiva finalidad de explotarlos, en tanto que hipócritamente se habla de los autores cuando en verdad lo que los explotadores quieren proteger son los intereses de las corporaciones.
Es esto lo que está en juego. Es eso lo que tanto molesta a las empresas que, por medio de sus voceros, expande campañas de mentiras para que algunos autores y artistas se asusten y rechacen la reforma de la Constitución.
NOTA: La Reforma de la Constitución, toda, profundiza el proceso revolucionario que nos está llevando, de ser el paraíso de la corrupción montado sobre las esqueléticas costillas de un pueblo hambriento y analfabeta, a ser una potencia económica, cultural y social, una luz de bengala que señala al mundo que una manera digna y próspera de vivir, Sí es posible.
andrea.coa@sencamer.gob.ve