El Acidito

El virus de los millonarios y el toque de queda

El virus del siglo (covid-19), que en principio fue subestimado, porque lo comparaban con enfermedades comunes que tenían un mayor índice de mortalidad, hoy es una catástrofe mundial. Lo cierto es que han fallecido magnates de grandes emporios, multimillonarios, sin que esos recursos le hayan servido para salvar su vida. Se han presentado estos casos, porque con el dinero hacen lo que les dé la gana, violentan cualquier normativa, pueden pagar para ello, y hay quienes al entregarle un verdecito ($), parecieran ver a Dios, entregándoles el paraíso y concediéndole, como un genio salido de su botella, una cantidad infinita de deseos.

Gracias a las medidas implementadas por el gobierno de Nicolás Maduro, Venezuela ha presentado un índice relativamente bajo, de infectados con el coronavirus. En nuestra bella isla de Margarita, nos sentíamos totalmente seguros ante tal pandemia; pero llegaron los verdes y se nos truncó la vida; Nueva Esparta paso a ser el estado número uno en contagios a nivel nacional, y la cifra seguirá creciendo; ¿producto de qué?, de la contratación de uno de nuestros adolescentes por parte de un equipo de beisbol de las grandes ligas, que le dio un bono de 2.5 millones de dólares, para asegurar sus servicios, y allí hicieron fiestas, todos a practicar en la academia ubicada en la población de Pedro Gonzales, con la familia, entrenadores, amigos y por supuesto, algunos funcionarios de distintas instituciones gozando de parte de la boloña que recibían para avalar tal situación. Gracias a que los vecinos reaccionaron y colocaron la denuncia ante las autoridades competentes, se les desmoronó todo en entramado, cuyos dólares no pudieron seguir tapando.

Ahora, pasa Nueva Esparta a encabezar la lista de contagiados, y nos dictan un "toque de queda"; muchos nos han preguntado, ¿en qué parte de la Constitución está eso?, me permito responder: Se denomina toque de queda a la medida que establece un gobierno en situaciones excepcionales para limitar la libre circulación por las calles y la permanencia en los espacios públicos. Dicha decisión se vincula a la intención de resguardar la seguridad y de minimizar posibles disturbios o enfrentamientos; en este caso, contagios del covid-19. Jurídicamente, esta medida está avalada por la crisis de la pandemia del coronavirus, que obligó al Presidente a decretar el pasado 13 de marzo un estado de alarma en todo el país. Este estado de alarma, se trata de medidas extraordinarias y restrictivas, las cuales son dictadas en todo o parte del territorio nacional por el Gobierno, mediante un decreto acordado en Consejo de Ministros, teniendo su sustento legal en los artículos 337, 338 y 339 de la Constitución, y en la Ley Orgánica de los Estados de Excepción.

El estado de alarma decretado, se activa, según el artículo 338, cuando "se produzcan catástrofes, calamidades públicas u otros acontecimientos similares que pongan seriamente en peligro la seguridad de la Nación o de sus ciudadanos y ciudadanas", caso covid-19. Este decreto, le otorga facultades al Ejecutivo, para limitar derechos consagrados en la Carta Magna, con las excepciones que el artículo 337 constitucional establece. Dentro de estas facultades del ejecutivo está la limitación a la circulación por las calles y la permanencia en los espacios públicos, cuya medida conocemos como "toque de queda"; de allí la legitimidad de ésta.



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Reinaldo Silva


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