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Con
orgullo, con satisfacción, con renovada fe en el futuro de Venezuela
leemos el Comunicado del Ministerio del Poder Popular para Relaciones
Exteriores de 25 de enero de 2012 donde se denuncia de manera
irrevocable ante el Banco Mundial el “Convenio sobre Arreglo de
Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros
Estados”. Durante años Fermín Toro Jiménez y quien suscribe sostuvimos
que caímos en el Ciadi por presión de las transnacionales y violando la
inmunidad de jurisdicción que consagran nuestras constituciones,
específicamente el artículo 151 de la vigente. El Ministerio proclama
que “Venezuela se adhirió a este Convenio en 1993, por decisión de un
gobierno provisional débil y desprovisto de legitimidad popular,
presionado por sectores económicos transnacionales que participaban del
desmantelamiento de la soberanía nacional venezolana”. Añade el
Ministerio que “La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
de 1999 invalida, en su espíritu y en su letra, las disposiciones del
mencionado Convenio, cuando reza en su Artículo 151 que ‘en los
contratos de interés público, si no fuere improcedente de acuerdo con la
naturaleza de los mismos, se considerará incorporada, aun cuando no
estuviere expresa, una cláusula según la cual las dudas y controversias
que puedan suscitarse sobre dichos contratos y que no llegaren a ser
resueltas amigablemente por las partes contratantes, serán decididas por
los tribunales competentes de la República, de conformidad con sus
leyes, sin que por ningún motivo ni causa puedan dar origen a
reclamaciones extranjeras”. Cuando acudimos ante el Tribunal Supremo de
Justicia para solicitar la aplicación de dicho artículo 151, en
sentencia del 17 de diciembre de 2008 éste consideró que los ciudadanos
no teníamos capacidad ni interés para defender la soberanía de
Venezuela, y que la inmunidad de jurisdicción que consagra el artículo 1
de nuestra Carta Fundamental no vale porque que para nuestro país
“resulta imposible sostener una teoría de la inmunidad absoluta” pues
“se acogió al sistema de inmunidad relativa”. Pero el 28 de enero de
2011 el Presidente declara que “No hay ni podrá haber ni habrá ninguna
instrucción de ningún centro económico político por encima de la
Constitución”. Relativos eran los jueces que pretendieron derogar la
Constitución de un plumazo. Ellos sí que no tenían capacidad ni interés.
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El
Comunicado confirma, por otro lado, que existe la democracia
participativa. Cuando ciudadanos sin cargo oficial ni militancia
partidista ni dominio sobre los medios asumimos la misión aparentemente
imposible de ejercer las acciones y el llamamiento a la opinión pública
que nuestra conciencia nos exigen, terminamos por obtener resultados. En
2006 denunciamos una Ley Orgánica de Hacienda Estadal que permitía
privatizar ríos, lagos y lagunas, establecer contratos para inmunizar a
los ricos contra las alzas de impuestos y en general desintegrar el
país, y el ciudadano Presidente de la República la vetó en uso de la
potestad que le confiere la Constitución. Cuando la Exxon intentó
embargar las reservas internacionales de nuestro país, aportamos a todas
las autoridades competentes las normas en virtud de las cuales dichas
reservas eran inembargables, y dicho criterio prevaleció. Todavía más,
vemos con satisfacción que Venezuela repatria sus reservas en oro y
metales preciosos, inmunizándolas contra medidas de saqueo como las que
recayeron contra los depósitos en el exterior de Libia. El camino de la
participación está erizado de retardos, aparentes reveses,
postergaciones, e incluso de amenazas por parte de los enemigos de la
soberanía. Pero basta tener tesón y razón para que una causa válida
triunfe.
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Justamente
los enemigos de la soberanía han saludado la restauración de ésta con
profecías apocalípticas. Que si nadie contratará con Venezuela. Que si
nos perderemos la ventaja de ser arrastrados ante un tribunal de
linchamiento que en 234 sentencias sólo ha favorecido a los países
demandados en dos casos. Bolivia y Ecuador se retiraron del Ciadi, y
nada les ha pasado. Brasil no pertenece al Ciadi, es potencia emergente,
la sexta economía del planeta, y todo el mundo contrata con él. Que si
de todos modos quedan contra Venezuela una veintena de demandas ante
árbitros internacionales.
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Los
enemigos de la soberanía no sólo no conocen la Constitución que
pretenden derogar: tampoco las normas extranjeras con las que pretenden
sustituirla. En la Ley Modelo de la Comisión de Naciones Unidas para el
Derecho Mercantil Internacional sobre Arbitraje Comercial Internacional,
el artículo 34 dispone que el laudo arbitral es nulo cuando “ i) según
la ley de este Estado, el objeto de la controversia no es susceptible de
arbitraje; o ii) el laudo es contrario al orden público de este
Estado”. Según vimos, de acuerdo con el artículo 151 de la Constitución
las controversias sobre contratos de interés público “serán decididas
por los tribunales competentes de la República, de conformidad con sus
leyes” y no por árbitros extranjeros, y además dichos contratos son
materia de orden público, que como sabe cualquier jurista digno de tal
nombre, no puede ser negociada ni transada por acuerdos arbitrales, ni
en términos de nuestras leyes ni de las extranjeras.
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Por
otra parte, es oportuno informar que ante demanda de la British Gas
contra Argentina, el Tribunal de Apelaciones de Washington decidió que
“de acuerdo con el tratado bilateral de inversiones argentino-británico,
las disputas entre inversores deben ventilarse, en una primera
instancia, en los tribunales del país demandado y esperar, luego, 18
meses antes de llevar el caso a una Corte arbitral”. Añade el
comentarista de Página 12 que “El fallo puede convertirse en un
antecedente para las causas que se tramitan en el Ciadi, el tribunal que
depende del Banco Mundial, donde hasta el momento se ha ignorado la
jurisdicción nacional” (Página 12, 19-1-2012). Ni en una sola de las
demandas contra Venezuela se ha agotado la jurisdicción nacional: lo que
buscan los enemigos de la soberanía y las transnacionales es
aniquilarla a favor de la extranjera.
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No
concluye aquí la labor de la recuperación de la soberanía ante cortes
foráneas. Contra Venezuela avanza una granizada de denuncias ante la
Comisión Interamericana de los Derechos Humanos en Washington y la Corte
Interamericana de los Derechos Humanos, órganos de la OEA que
prejuiciadamente fallan casi siempre contra nuestro país. Hace poco
pretendieron habilitar para participar en elecciones a un corrupto
inhabilitado por las autoridades venezolanas. Por ese camino,
pretenderán decidir quién no puede participar en ellas, y quién las
ganó. Para invadir Libia se utilizaron como pretexto supuestas
violaciones de los Derechos Humanos que no pasaron de ser un fraude
informativo. Los infames Tratados contra la Doble Tributación pretenden
someternos también a árbitros extranjeros. De esas trampas jurídicas
debemos salirnos para recuperar plenamente nuestra soberanía. Para ello
basta con cumplir con la Constitución.
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Rajatabla: www.monteavila.gob.ve
Dictadura mediática en Venezuela: www.minci.gob.ve